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Decreto 66 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2833 de marzo 14 de 2003.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 066 DE 2003

(Marzo 14)

Derogado por el art. 20, Decreto Distrital 203 de 2005

"Por el cual se adiciona el Decreto 854 de 2001"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 38, 39, 40, y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 9º de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor de Bogotá es el representante legal, judicial y extrajudicial del Distrito Capital;

Que el artículo 15 del Decreto 854 de 2001 delegó en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos la representación judicial y extrajudicial del Distrito Capital, en los procesos que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que aquellos organismos expidan, realicen o en que incurran o participen a partir del 1º de enero de 2002;

Que así mismo, el parágrafo tercero de esa disposición señala que la representación judicial y extrajudicial del Distrito Capital respecto de los procesos derivados de las modificaciones de planta de personal de los organismos de nivel central llevados a cabo en la vigencia 2001, corresponde al Director de la Oficina de Asuntos Judiciales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.;

Que el artículo 39 de la Ley 712 de 2001, modificatorio del artículo 77 del Código de Procedimiento Laboral establece que las partes deberán concurrir a las audiencias de conciliación que fijen los Despachos dentro de los procesos laborales, personalmente o a través de sus representantes legales;

Que por lo anterior y en la medida que para el curso de estas diligencias se requiere la comparecencia del representante legal de la entidad pública que es parte en estos procesos judiciales, lo que no es posible, teniendo en cuenta las múltiples funciones del Alcalde Mayor de Bogotá y de la Secretaria General, se hace necesario delegar la representación legal del Distrito Capital, para estos efectos, en funcionarios del nivel Directivo y Asesor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá;

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO  PRIMERO. El parágrafo tercero del artículo 15 del Decreto 854 de 2001, quedará así:

PARÁGRAFO TERCERO. La delegación a que se refiere este artículo no comprende la facultad de representación judicial y extrajudicial del Distrito Capital, respecto a los procesos derivados de las modificaciones de planta de personal de los organismos del nivel central llevados a cabo en la vigencia 2001, la cual será ejercida por el Director de la Oficina de Asuntos Judiciales de la Secretaría General.

La representación legal del Distrito Capital, en estos procesos, con la facultad de conciliar en las audiencias obligatorias de conciliación que se realicen en los procesos laborales de que trata el artículo 39 de la Ley 712 de 2001, estará delegada en el Director de Asuntos Judiciales de la Secretaría General, Director de la Oficina de Estudios y Conceptos de la Secretaría General y en los Asesores Código 105, Grado 05, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá que a continuación se relacionan:

-Luis Carlos Vergel Hernández, cédula de ciudadanía número 79.507.353.

-Luis Eduardo Sandoval Isdith, cédula de ciudadanía número 10.547.586

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C. a los 14 días de Marzo de 2003.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor.