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Resolución 167 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
03/11/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/11/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6193 del 9 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 167 DE 2017

 

(Noviembre 3)


Derogada por el art. 4, Resolución 162 de 2019.

 

“Por la cual se constituye el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017-2019”

 

LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades consagradas en la Ley 1010 de 2006, los Decretos Distritales 515 de 2006, 437 de 2012 y 044 de 2015, las Resoluciones 652 y 1356 de 2012 expedidas por el Ministerio del Trabajo, el Acuerdo Distrital 638 de 2016, el Decreto Distrital 323 de 2016, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1010 de 2006, estableció medidas preventivas y correctivas de situaciones de acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de la relación de trabajo.

 

Que mediante la Resolución 652 de 2012 del Ministerio de Trabajo, modificada por la Resolución 1356 del mismo año, se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y privadas, como una medida preventiva de acoso laboral que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afecten la salud en los lugares de trabajo.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución 652 de 2012, modificado por el artículo 1 de la Resolución 1356 de 2012, expedidas por el Ministerio del Trabajo, “El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes. Los integrantes del Comité preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos”.

 

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 437 de 2012, “Por medio del cual se establecen las funciones del Comité de Convivencia Laboral y se modifica parcialmente el Decreto Distrital 515 de 2006”, modifica el artículo 6 del Decreto Distrital 515 de 2006, en el sentido de conformar independientemente de la comisión de personal, el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que éste asuma la resolución de  los conflictos  de  acoso laboral de que trata la Ley 1010 de 2006.

 

Que la Secretaria Jurídica Distrital en su calidad de empleador, designó sus representantes al Comité de Convivencia Laboral así:

 

PRINCIPALES

CARGO

DEPENDENCIA

Director Técnico

Dirección de Gestión Corporativa

 

Asesor

 

Despacho Secretaría Jurídica Distrital

 

Director Técnico

Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de Lucro

SUPLENTES

CARGO

DEPENDENCIA

 

Asesor

Despacho Secretaría

Jurídica Distrital

 

Director Técnico

Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

 

Asesor

Despacho Secretaría

Jurídica Distrital

 

Que mediante Resolución 038 del 21 de marzo de 2017 de la Secretaría Jurídica Distrital se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la entidad, se establecieron sus funciones y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante memorando radicado bajo el No. 3-2017-2867 del 22 de agosto de 2017, la Dirección de Gestión Corporativa convocó a la elección de los Representantes de los trabajadores y sus suplentes en el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Que la votación para la elección de los representantes de los empleados de la Secretaría Jurídica Distrital y sus suplentes en el Comité de Convivencia Laboral, efectuada el 11 de septiembre de 2017, arrojó los siguientes resultados:

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Conformar el Comité de Convivencia Laboral CCL-  de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017-2019, así:

 

REPRESENTANTES DE LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL:


 

PRINCIPALES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

Ethel Vásquez Rojas Pedro  

39.546.837

Director Técnico

Dirección de Gestión Corporativa

Andrés Cuellar Trujillo 


Modificado art. 1, Resolución 036 de 2019 - Sec. Jurídica Distrital.


80040965

Asesor

Despacho Secretaría Jurídica

Distrital

Andrea Robayo Alfonso

39.742.375

Director Técnico

Dirección Distrital de

Inspección, Vigilancia y

Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de Lucro

 

SUPLENT

ES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

José Ignacio Córdoba Delgado

79.317.479

Asesor

Despacho Secretaría Jurídica

Distrital

Ana Lucy Castro Castro

51.743.499

Director Técnico

Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

Alejandra Tobón Díaz

52.394.165

Asesor

Despacho Secretaría Jurídica

Distrital

 

REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS:

 

 

PRINCIPA

LES

 

NOMBRE

CÉDULA

CARGO

DEPENDENCIA

Wilmar Darío Pérez Vesga

91.437.535

Profesional Especializado

Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios

 

ARTÍCULO 2-: Comunicar a los servidores relacionados en el artículo 1 de la presente Resolución y a los demás servidores de la Secretaría Jurídica Distrital el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3-:  La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los tres 3 días del mes de noviembre de 2017.

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria Jurídica Distrital