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CIRCULAR 047 DE 2017 (Diciembre 07) PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES
(AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y
DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS
ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DEECONOMÍA
MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SUB
REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, ALCALDES (AS) LOCALES, RECTOR DEL ENTE
UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, VEEDOR (A) DE BOGOTA D.C., DE: SECRETARIO GENERAL ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA
D.C. ASUNTO: CONTRAVENCIONES
DE TRANSITO - PARQUE AUTOMOTOR VEHÍCULOS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL. RADICADO:
2-2017-27036. La
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., como un organismo del
Sector Central con autonomía administrativa y financiera tiene por objeto
orientar y liderar Como es de su
conocimiento, para el desarrollo de sus funciones las entidades públicas que
integran la Administración Distrital emplean como única identificación el Nit. 899.999.206-1. Situación que, en algunas
oportunidades, ha originado controversias técnicas, económicas, jurídicas y
procedimentales al interior del organigrama Por lo
anterior, es necesario implementar medidas que faciliten la identificación
plena de De otro lado,
de acuerdo con lo estipulado en la Directiva 011 de 2013, los organismos Sumado a lo
anterior, la Secretaria Distrital de Movilidad, debe implementar una base de Igualmente, se
recuerda la importancia de establecer en los manuales y procedimientos La Secretaría
Distrital de Movilidad junto con las demás entidades centralizadas y descentralizadas
del Distrito Capital debe coordinar cursos, talleres y seminarios encaminados a
sensibilizar a los conductores de los vehículos oficiales del Distrito Capital Para el
cumplimiento de lo solicitado en la presente Circular, las Dependencias Aunado a lo
anterior, y al ser una obligación de inmediato cumplimiento, las entidades
públicas que integran la Administración Distrital deberán encontrarse a paz y
salvo por concepto de órdenes de comparendo, a más tardar el 14 de diciembre de
la presente vigencia, so pena de incurrir en posibles faltas disciplinarias. Cordialmente,
Proyectó: Andrés Camilo Pardo Jiménez -
Dirección Administrativa y Financiera Revisó: Vanessa Barreneche
Samur - Subsecretaría Corporativa Revisó: Margarita Hernández Valderrama -
Despacho Secretaria General Aprobó Juan Carlos Sánchez Mera - Subsecretario
Corporativo (E) |