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Decreto Local 001 de 2018 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
03/01/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/01/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6238 del 19 de enero de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 01 DE 2018


(Enero 03)

 

Por el cual se corrigen errores simplemente formales contenidos en el Decreto Local No. 20 del 15 de Diciembre de 2017, mediante el cual se liquidó el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 2018

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 86 del Decreto 1421 de 1993, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 19 del Decreto 372 de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Local de Antonio Nariño expidió el Decreto Local No. 20 del 15 de Diciembre de 2017, por el cual se liquidó el Presupuesto De Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2018.

 

Que durante el proceso de revisión del Decreto Local No. 20 de 2017 efectuada por la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, fueron detectados algunos yerros de digitación en su tenor literal, que a juicio de esta entidad deben ser corregidos mediante acto administrativo.

 

Que la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda identificó y detalló los siguientes yerros en el contenido del Decreto No. 20 de 2017 así: Que en el artículo primero “Distribución de Ingresos”, por error de transcripción en el valor de NO TRIBUTARIOS se incluyó $37.266.000 siendo correcto $196.298.000, sin que este dé lugar a cambios en los montos aprobados.

 

Que en el artículo segundo “Distribución de Gastos”, por error se incluyó el rubro presupuestal 3.3.6.15.03.19.1439 Acciones de mejoramiento de la seguridad en la localidad con un monto de $760.000.000, siendo correcto $0.00, sin que este dé lugar a cambios en los montos aprobados.

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, señala: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. 

 

Que en el mismo sentido, el parágrafo del artículo 19 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L”, dispone: “Cuando en el decreto de Liquidación del Presupuesto se presenten errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación, el Alcalde Local, de oficio podrá mediante Decreto enmendar tales errores”.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

           

Artículo Primero: Corregir la parte pertinente del tenor literal del artículo primero del Decreto Local No. 20 de 2017, el cual quedará, así:

 

ARTÍCULO SEGUNDO" (sic): Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2018, por la suma de Cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos treinta y siete mil pesos M/cte. ($40.458.537.000), conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCION DE INGRESOS

 

CODIGO

NOMBRE

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

  23.522.074.000

2

INGRESOS

  16.936.463.000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

       196.298.000

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

       196.298.000

2.1.2.03

Multas

         37.266.000

2.1.2.04

Rentas Contractuales

0

2.1.2.04.02

Arrendamientos

0

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

       159.032.000

2.2

TRANSFERENCIAS

  16.724.061.000

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

  16.724.061.000

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

  16.724.061.000

2.2.4.05.01

Vigencia

  16.724.061.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

         16.104.000

2.4.3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

         16.104.000

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de recursos de libre destinación

         16.104.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

  40.458.537.000

 

Artículo Tercero: (sic) Corregir la parte pertinente del tenor literal del artículo segundo del Decreto Local No. 20 de 2017, el cual quedará, así: 

 

ARTÍCULO CUARTO: (sic) Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos, para la vigencia fiscal de enero 1 a diciembre 31 de 2018, por la suma de Cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos treinta y siete mil pesos M/cte. ($40.458.537.000), conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCION DE GASTOS

 

CODIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

    40.458.537.000

.3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

      1.186.495.000

.3.1.2

GASTOS GENERALES

         963.000.000

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

         137.159.000

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

           52.738.000

3.1.2.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

           33.752.000

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

           50.669.000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

         825.841.000

3.1.2.02.01

Arrendamientos

           13.690.000

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

           13.811.000

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

         517.263.000

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

         517.263.000

3.1.2.02.06

Seguros

         161.841.000

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

           79.107.000

3.1.2.02.06.04

Seguros de Vida Ediles

           13.163.000

3.1.2.02.06.05

Seguros de Salud Ediles

           69.571.000

3.1.2.02.08

Servicios Públicos

         119.236.000

3.1.2.02.08.01

Energía

           51.916.000

3.1.2.02.08.02

Acueducto y Alcantarillado

           20.490.000

3.1.2.02.08.04

Teléfono

           46.830.000

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

         223.495.000

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

         223.495.000

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

           39.568.000

3.1.8.02.01.02

Gastos de computador

             5.000.000

3.1.8.02.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

             2.000.000

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

           32.568.000

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

         183.927.000

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

             3.250.000

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

             5.380.000

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

         111.549.000

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

         111.549.000

3.1.8.02.02.06

Seguros

           19.543.000

3.1.8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

           12.471.000

3.1.8.02.02.06.0004

seguros de vida ediles

             2.087.000

3.1.8.02.02.06.0005

Seguros de salud Ediles

             4.985.000

3.1.8.02.02.08

Servicios Públicos

           44.205.000

3.1.8.02.02.08.0001

Energía

           11.022.000

3.1.8.02.02.08.0002

Acueducto y alcantarillado

           10.827.000

3.1.8.02.02.08.0004

Teléfono

           22.356.000

.3.3

INVERSION

    39.272.042.000

.3.3.1

DIRECTA

    15.973.463.000

3.3.1.15

Bogotá Mejor para Todos

    15.973.463.000

3.3.1.15.01

Pilar  Igualdad de calidad de vida

      3.191.025.000

3.3.1.15.01.02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

         134.593.000

3.3.1.15.01.02.1287

Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia

         134.593.000

3.3.1.15.01.03

Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente

      1.167.025.000

3.3.1.15.01.03.1429

Apoyo económico para persona mayor con subsidio C

      1.037.025.000

3.3.1.15.01.03.1431

Suministro de ayudas técnicas para personas con discapacidad

         130.000.000

3.3.1.15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

           36.519.000

3.3.1.15.01.04.1432

Acciones para la prevención de riesgos

           36.519.000

3.3.1.15.01.07

Inclusión Educativa para la Equidad

           40.000.000

3.3.1.15.01.07.1433

Dotación IEDs de la localidad

           40.000.000

3.3.1.15.01.11

Mejores Oportunidades para el Desarrollo a través de la Cultura, la Recreación y el Deporte

      1.812.888.000

3.3.1.15.01.11.1434

Realizar acciones de promoción a la cultura en la localidad

      1.812.888.000

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

      7.561.188.000

3.3.1.15.02.17

Espacio Público, derecho de Todos

      7.561.188.000

3.3.1.15.02.17.1437

Transformación de los parques de la localidad

      1.923.188.000

3.3.1.15.02.17.1438

Mejoramiento de la malla vial y el espacio público local

      5.638.000.000

3.3.1.15.03

Pilar  Construcción de comunidad y cultura ciudadana

         786.776.000

3.3.1.15.03.19

Seguridad y Convivencia para Todos

         786.776.000

3.3.1.15.03.19.1439

Acciones de mejoramiento de la seguridad en la localidad

         786.776.000

3.3.1.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

         234.666.000

3.3.1.15.06.38

Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal

         234.666.000

3.3.1.15.06.38.1440

Acciones de intervención y transformación de la estructura ecológica ambiental de la localidad

         234.666.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

      4.199.808.000

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e Influencia local, regional e internacional

      4.199.808.000

3.3.1.15.07.45.1441

Acciones de fortalecimiento institucional

      3.468.456.000

3.3.1.15.07.45.1442

Acciones para el mejoramiento de la participación en la localidad

         731.352.000

.3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

    23.298.579.000

.3.3.6.15

Bogotá Mejor para Todos

    12.656.240.000

3.3.6.15.01

Pilar  Igualdad de calidad de vida

      1.173.222.000

3.3.6.15.01.02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

           88.921.000

3.3.6.15.01.02.1287

Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia

           88.921.000

3.3.6.15.01.03

Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente

         106.887.000

3.3.6.15.01.03.1429

Apoyo económico para persona mayor con subsidio C

           38.000.000

3.3.6.15.01.03.1431

Suministro de ayudas técnicas para personas con discapacidad

           68.887.000

3.3.6.15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

             6.314.000

3.3.6.15.01.04.1432

Acciones para la prevención de riesgos

             6.314.000

3.3.6.15.01.07

Inclusión Educativa para la Equidad

           55.100.000

3.3.6.15.01.07.1433

Dotación IEDs de la localidad

           55.100.000

3.3.6.15.01.11

Mejores Oportunidades para el Desarrollo a través de la Cultura, la Recreación y el Deporte

         916.000.000

3.3.6.15.01.11.1434

Realizar acciones de promoción a la cultura en la localidad

         916.000.000

3.3.6.15.02

Pilar Democracia urbana

      7.300.481.000

3.3.6.15.02.17

Espacio Público, derecho de Todos

      7.300.481.000

3.3.6.15.02.17.1437

Transformación de los parques de la localidad

      2.500.481.000

3.3.6.15.02.17.1438

Mejoramiento de la malla vial y el espacio público local

      4.800.000.000

3.3.6.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

         408.000.000

3.3.6.15.06.38

Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal

         408.000.000

3.3.6.15.06.38.1440

Acciones de intervención y transformación de la estructura ecológica ambiental de la localidad

         408.000.000

3.3.6.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

      3.774.537.000

3.3.6.15.07.45

Gobernanza e Influencia local, regional e internacional

      3.774.537.000

3.3.6.15.07.45.1441

Acciones de fortalecimiento institucional

      2.304.537.000

3.3.6.15.07.45.1442

Acciones para el mejoramiento de la participación en la localidad

      1.470.000.000

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

    10.642.339.000

 

Artículo Quinto: (sic) El presente Decreto rige a partir de su expedición y publicación.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de enero de dos mil dieciocho (2018)

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

Alcalde Local  de Antonio Nariño