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Decreto Local 020 de 2017 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
15/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6221 del 21 de diciembre de 2017
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 020 DE 2017

(Diciembre 15)

Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 86 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispone el numeral del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde al Alcalde Local cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas Nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 del Decreto Distrital 372 de 2010 el Acalde Local mediante comunicación No. 20176520120061 radicada el 1 de diciembre de 2017 presentó a consideración de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño el Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local para la vigencia 2018.

Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2018 mediante Acuerdo Local No. 02 del 14 de diciembre de 2017, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, al Alcalde Local le corresponde expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2018 a nivel de programas y proyectos.

Que, en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Antonio Nariño,

DECRETA:

Artículo Primero: Corregido por el art. 1, Decreto Local 01 de 2018. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS MICTE. ($40.458.537.000), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE INGRESOS

 

CÓDIGO

 

NOMBRE

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

23.522.074.000

2

INGRESOS

16.936.463.000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

196.298.000

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

37.266.000

2.1.2.03

Multas

37.266.000

2.1.2.04

Rentas Contractuales

0

2.1.2.04.02

Arrendamientos

0

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

159.032.000

2.2

TRANFERENCIAS

16.724.061.000

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

16.724.061.000

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

16.724.061.000

2.2.4.05.01

Vigencia

16.724.061.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

16.104.000

2.4.3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

16.104.000

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de recursos de libre destinación

16.104.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

40.458.537.000

 

Artículo Segundo: Corregido por el art. 3, Decreto Local 01 de 2018. Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos, para la vigencia fiscal de enero 1 a diciembre 31 de 2018, por la suma de CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS MICTE. ($40.458.537.000), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE GASTOS

 

CODIGO

 

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

40.458.537.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1.186.495.000

3.1.2

GASTOS GENERALES

963.000.000

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

137.159.000

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

52.738.000

3.1.2.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

33.752.000

3.1.2.01.04

Materiales Suministros

50.669.000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

825.841.000

3.12.02.01

Arrendamientos

13.690.000

3.1.2.02.01

Gastos de Transporte y Comunicación

13.811.000

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

517.263.000

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

517.263.000

3.1.2.02.06

Seguros

161.841.000

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

79.107.000

3.1.2.02.06.04

Seguros de Vida Ediles

13.163.000

3.1.2.02.06.05

Seguros de Salud Ediles

69.571.000

3.1.2.02.08

Servicios Públicos

119.236.000

3.1 .2.02.08.01

Energía

51.916.000

3.1 2.02.08.02

Acueducto Alcantarillado

20.490.000

3. 1 2.02.08.04

Teléfono

46.830.000

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

223.495.000

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

223.495.000

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

39.568.000

3.1 8.02.01.02

Gastos de computador

5.000.000

3.1 8.02.01.03

Combustibles Lubricantes Llantas

2.000.000

3.1.8.02.01.04

Materiales Suministros

32.568.000

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

183.927.000

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

3.250.000

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

5.380.000

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento Reparaciones

111.549.000

3.1 8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

111.549.000

3.1 .8.02.02.06

Seguros

19.543.000

3.1 8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

12.471.000

3.1 8.02.02.06.0004

seguros de vida ediles

2.087.000

3.1.8.02.02.06.0005

Seguros de salud Ediles

4.985.000

3.1.8.02.02.08

Servicios Públicos

44.205.000

3.1.8.02.02.08.0001

Energía

11.022.000

3.1.8.02.02.08.0002

Acueducto y alcantarillado

10.827.000

3.1.8.02.02.08.0004

Teléfono

22.356.000

3.3

INVERSION

39.272.042.000

3.3.1

DIRECTA

15.973.463.000

3.3.1.15

Bogotá Mejor para Todos

15.973.463.000

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

3.191.025.000

3.3.1.15.01.02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

134.593.000

3.3.1.15.01.02.1287

Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia

134.593.000

3.3.1.15.01.03

Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente

1.167.025.000

3.3.1.15.01 03.1429

Apoyo económico para persona mayor con subsidio C

1.037.025.000

3.3.1.15.01.03.1431

Suministro de ayudas técnicas para personas con discapacidad

130.000.000

3.3.1 .15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

36.519.000

3.3.1 15.01.04.1432

Acciones para la prevención de riesgos

36.51 9.000

3.3.1.15.01.07

Inclusión Educativa para la Equidad

40.000.000

3.3.1 .15.01.07.1433

Dotación IEDs de la localidad

40.000.000

3.3.1.15.01.11

Mejores Oportunidades para el Desarrollo a través de la Cultura, la Recreación y el Deporte

1.812.888.000

3.3.1.15.01.1 1.1434

Realizar acciones de promoción a la cultura en la localidad

1.812.888.000

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

7.561 .188.000

3.3.1 .15.02.17

Espacio Público, derecho de Todos

7.561.188.000

3.3.1 15.02.17.1437

Transformación de los parques de la localidad

1.923.188.000

3.3.15.02.17.1438

Mejoramiento de la malla vial y el espacio público local

5.638.000.000

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

786.776.000

3.3.1 .15.03.19

Seguridad y Convivencia para Todos

786.776.000

3.3.1.15.03.19.1439

Acciones de mejoramiento de la seguridad en la localidad

786.776.000

3.3.1 .15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

234.666.000

3.3.1 .15.06.38

Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal

234.666.000

3.3.1.15.06.38.1440

Acciones de intervención y transformación de la estructura ecológica ambiental de la localidad

234.666.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local eficiencia

4.199.808.000

3.3.1 .15.07.45

Gobernanza e Influencia local, regional e internacional

4.199.808.000

3.3.1.5.07.45.1441

Acciones de fortalecimiento institucional

3.468.456.000

3.3.1.15.07.45.1442

Acciones para el mejoramiento de la participación en la localidad

731.352.000

.3.3.6(sic)

OBLIGACIONES POR PAGAR

23.298.579.000

3.3.6.15

Bogotá Mejor para Todos

12.656.240.000

3.3.6.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

1.173.222.000

3.3.6.15.01.02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

88.921.000

3.3.6.15.01.02.1287

Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia

88.921 .000

3.3.6.15.01.03

Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente

106.887.000

3.3.6.15.01.03.1429

Apoyo económico para persona mayor con subsidio C

38.000.000

3.3.6.15.01.03.1431

Suministro de ayudas técnicas para personas con discapacidad

68.887.000

3.3.6.15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

6.314.000

3.3.6. 15.01 .04.1432

Acciones para la prevención de riesgos

6.314.000

3.3.6.15.01.07

Inclusión Educativa para la Equidad

55.100.000

3.3.6.15.01.07.1433

Dotación IEDs de la localidad

55.100.000

3.3.6.15.01.11

Mejores Oportunidades para el Desarrollo a través de la Cultura, la Recreación y el Deporte

916.000.000

3.3.6.15.01.11.1434

Realizar acciones de promoción a la cultura en la localidad

916.000.000

3.3.6.15.02

Pilar Democracia urbana

7.300.481.000

3.3.6.15.02.17

Espacio Público, derecho de Todos

7.300.481.000

3.3.6.15.02.17.1437

Transformación de los parques de la localidad

2.500.481.000

3.3.6.15.02.17.1438

Mejoramiento de la malla vial y el espacio público local

4.800.000.000

3.3.6.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

760.000.000

3.3.6.15.03.19

Seguridad y Convivencia para Todos

760.000.000

3.3.6.15.03.19.1439

Acciones de mejoramiento de la seguridad en la localidad

760.000.000

3.3.6.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

408.000.000

3.3.6.15.06.38

Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal

408.000.000

3.3.6.15.06.38.1440

Acciones de intervención y transformación de la estructura ecológica ambiental de la localidad

408.000.000

3.3.6.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

3.774.537.000

3.3.6.15.07.45

Gobernanza e Influencia local, regional e internacional

3.774.537.000

3.3.6.15.07.45.1441

Acciones de fortalecimiento institucional

2.304.537.000

3.3.6.15.07.45.1442

Acciones para el mejoramiento de la participación en la localidad

1.470.000.000

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS

ANTERIORES

10.642.339.000

 

Artículo Tercero: El presente Decreto rige a partir de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2018.

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de Diciembre de 2017

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

Alcalde Local de Antonio Nariño