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Decreto Local 014 de 2017 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
22/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6229 del 4 de enero de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014 de 2017

(Diciembre 22)

Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldia Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local aprobó el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2018 mediante Acuerdo N° 21 de 15 de diciembre de 2017, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1: Fijar el Presupuesto Anual de INGRESOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE INGRESOS

CÓDIGO

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

12.850.122.000

2

INGRESOS

12.438.333.000

2-1

INGRESOS CORRIENTES

116.400.000

2-1-2

NO TRIBUTARIOS

116.400.000

2-1-2-03

Multas

114.400.000

2-1-2-99

Otros Ingresos No Tributarios

2.000.000

2-2

TRANSFERENCIAS

12.301.133.000

2-2-4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

12.301.133.000

2-2-4-05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

12.301.133.000

2-2-4-05-01

Vigencia

12.301.133.000

2-4

RECURSOS DE CAPITAL

20.800.000

2-4-3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

20.800.000

2-4-3-02

Rendimientos Provenientes de Recursos de libre destinación

20.800.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

25.288.455.000

 

Artículo 2: Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018 por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE GASTOS

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO INICIAL _2018

3

GASTOS

25.288.455.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.341.506.000

3-1-2

GASTOS GENERALES

1.447.000.000

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

97.000.000

3-1-2-01-02

Gastos de Computador

40.000.000

3-1-2-01-03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

12.000.000

3-1-2-01-04

Materiales y Suministros

30.000.000

3-1-2-01-05

Compra de Equipo

15.000.000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

1.342.500.000

3-1-2-02-01

Arrendamientos

20.000.000

3-1-2-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

2.000.000

3-1-2-02-04

Impresos y Publicaciones

10.000.000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

1.027.500.000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

1.027.500.000

3-1-2-02-06

Seguros

124.500.000

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

45.000.000

3-1-2-02-06-04

Seguro de Vida Ediles

8.000.000

3-1-2-02-06-05

Seguro de Salud Ediles

71.500.000

3-1-2-02-08

Servicios Públicos

91.500.000

3-1-2-02-08-01

Energía

33.000.000

3-1-2-02-08-02

Acueducto y Alcantarillado

23.000.000

3-1-2-02-08-03

Aseo

11.000.000

3-1-2-02-08-04

Teléfono

20.000.000

3-1-2-02-08-05

Gas

4.500.000

3-1-2-02-11

Promoción Institucional

36.000.000

3-1-2-02-17

Información

18.000.000

3-1-2-02-18

Publicidad

13.000.000

3-1-2-03

Otros Gastos Generales

7.500.000

3-1-2-03-02

Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas

7.500.000

3-1-8

OBLIGACIONES POR PAGAR

894.506.000

3-1-8-02

GASTOS GENERALES

894.506.00

3-1-8-02-01

Adquisición de Bienes

105.317.000

3-1-8-02-01-02

Gastos de Computador

40.000.000

3-1-8-02-01-03

Combustibles Lubricantes y Llantas

14.369.000

3-1-8-02-01-04

Materiales y Suministros

25.948.000

3-1-8-02-01-05

Compra de Equipo

25.000.000

3-1-8-02-02

Adquisición de Servicios

779.106.000

3-1-8-02-02-01

Arrendamientos

8.400.000

3-1-8-02-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

16.500.000

3-1-8-02-02-04

Impresos y Publicaciones

40.900.000

3-1-8-02-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

575.626.000

3-1-8-02-02-05-0001

Mantenimiento Entidad

575.626.000

3-1-8-02-02-06

Seguros

42.881.000

3-1-8-02-02-06-0001

Seguros Entidad

26.972.000

3-1-8-02-02-06-0005

Seguros de Salud Ediles

15.909.000

3-1-8-02-02-11

Promoción Institucional

34.000.000

3-1-8-02-02-17

Información

44.799.000

3-1-8-02-02-18

Publicidad

16.000.000

3-1-8-02-03

Otros Gastos Generales

10.083.000

3-1-8-02-03-02

Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas

10.083.000

3-3

INVERSIÓN

22.946.949.000

3-3-1

Directa

10.991.333.000

3-3-1-15

"Bogotá Mejor para todos"

10.991.333.000

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

1.751.000.000

3-3-1-15-01-02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

99.000.000

3-3-1-15-01-02-1385

Atención integral para una infancia feliz

99.000.000

3-3-1-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

872.000.000

3-3-1-15-01-03-1386

Subsidio bono tipo C

762.000.000

3-3-1-15-01-03-1387

Banco de ayudas técnicas

110.000.000

3-3-1-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

780.000.000

3-3-1-15-01-11-1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

780.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

4.600.000.000

3-3-1-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

1.099.000.000

3-3-1-15-02-17-1390

Parques mejores para todos

1.099.000.000

3-3-1-15-02-18

Mejor movilidad para todos

3.501.000.000

3-3-1-15-02-18-1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

3.501.000.000

3-3-1-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

650.000.000

3-3-1-15-03-19

Seguridad y convivencia para todos

650.000.000

3-3-1-15-03-19-1392

Candelaria más segura para todos

650.000.000

3-3-1-15-05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

220.000.000

3-3-1-15-05-37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

220.000.000

3-3-1-15-05-37-1394

Candelaria turística mejor para todos

220.000.000

3-3-1-15-06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

220.000.000

3-3-1-15-06-38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

220.000.000

3-3-1-15-06-38-1393

Candelaria ambiental mejor para todos

220.000.000

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

3.550.333.000

3-3-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

3.550.333.000

3-3-1-15-07-45-1395

Gobierno local legítimo

3.330.333.000

3-3-1-15-07-45-1396

Candelaria más participativa

220.000.000

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

11.955.616.000

3-3-6-15

"Bogotá Mejor para todos"

7.874.818.000

3-3-6-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

1.100.000.000

3-3-6-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

250.000.000

3-3-6-15-01-03-1386

Subsidio bono tipo C

150.000.000

3-3-6-15-01-03-1387

Banco de ayudas técnicas

100.000.000

3-3-6-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

850.000.000

3-3-6-15-01-11-1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

850.000.000

3-3-6-15-02

Pilar Democracia urbana

4.774.000.000

3-3-6-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

350.000.000

3-3-6-15-02-17-1390

Parques mejores para todos

350.000.000

3-3-6-15-02-18

Mejor movilidad para todos

4.424.000.000

3-3-6-15-02-18-1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

4.424.000.000

3-3-6-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

500.000.000

3-3-6-15-03-19

Seguridad y convivencia para todos

500.000.000

3-3-6-15-03-19-1392

Candelaria más segura para todos

500.000.000

3-3-6-15-05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

250.000.000

3-3-6-15-05-37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

250.000.000

3-3-6-15-05-37-1394

Candelaria turística mejor para todos

250.000.000

3-3-6-15-06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

170.000.000

3-3-6-15-06-38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

170.000.000

3-3-6-15-06-38-1393

Candelaria ambiental mejor para todos

170.000.000

3-3-6-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

1.080.818.000

3-3-6-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

1.080.818.000

3-3-6-15-07-45-1395

Gobierno local legítimo

900.000.000

3-3-6-15-07-45-1396

Candelaria más participativa

180.818.000

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

4.080.798.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

25.288.455.000

 

Artículo 3: El presente Decreto rige a partir del primero (1º) de enero de 2018

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 (sic) días del mes de diciembre del año 2017.

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

Alcalde Local