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Circular 017 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
19/06/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/06/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 017 DE 2018

 

(Junio 19)

 

Para: PRESIDENTES DE COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES SIN Y CON PERSONERÍA JURÍDICA, ENTIDADES DESCENTRALIZADAS INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS (ETB, EAAB, EEB), ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL, PERSONERÍA, CONTRALORÍA DISTRITAL Y CONCEJO DE BOGOTÁ

 

De: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

Asunto: APLICACIÓN DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y ASUNTOS RELATIVOS AL COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LAS ENTIDADES DISTRITALES


Radicado: 2-2018-8249


Ver Circular 062 de 2022 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital

 

La Secretaría Jurídica Distrital, en ejercicio de las competencias conferidas en el artículo y 3° numerales 2, 4, 9 y 12 del Decreto Distrital 323 de 2016, se encuentra adelantando la elaboración de un diagnóstico relacionado con la actualización normativa y funcionamiento de los Comités de Conciliación en el Distrito Capital.

 

En tal sentido, se solicita allegar un informe en el cual se reporten y/o actualicen los siguientes aspectos:

 

1. Número, identificación y descripción de las políticas en materia de defensa judicial o estrategias y/o mecanismos de prevención del Daño Antijurídico, generadas o establecidas por el Comité de Conciliación de la respectiva entidad, desde el año 2016 a la fecha.

 

2. Reportar la Cantidad de los procesos Conciliados extrajudicial o judicialmente por parte de la entidad, indicando la identificación por proceso (Radicado, ID SIPROJ), y el valor objeto de conciliación, desde el año 2016 a la fecha.

 

3. Reportar la Cantidad de los procesos sobre los cuales se haya determinado la procedencia de la acción de repetición desde el año 2016 a la fecha, indicando la identificación por proceso (Radicado, ID SIPROJ), así como la estimación económica de las acciones iniciadas y/o terminadas favorable o desfavorablemente.

 

4. Reportar la Cantidad de los procesos sobre los cuales se haya determinado la procedencia del Llamamiento en Garantía desde el año 2016 a la fecha, indicando la identificación por proceso (Radicado, ID SIPROJ), así como la estimación económica de las acciones iniciadas y/o terminadas favorable o desfavorablemente.

 

5. Remitir el acto administrativo vigente en el cual se encuentre la conformación de los miembros del Comité de Conciliación de su entidad, indicando los nombres y cargos de todos sus integrantes.


Finalmente se solicita allegar toda la información en medio magnético editable, así como remitir copia del reglamento del Comité de Conciliación de la Entidad.

 

Este informe debe ser allegada a más tardar el día lunes 2 de julio de 2018.

 

Cordialmente,

 

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

 

Subsecretario Jurídico Distrital

 

Proyectó: Alvaro Camilo Bernate, Profesional Especializado, Dirección Distrital de Defensa Judicial

Revisó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo — Directora Distrital de Defesa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Aprobó: William Antonio Burgos Durango — Subsecretario Juridico