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Acuerdo 730 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/12/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6462 del 27 de diciembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No

ACUERDO 730 DE 2018

 

(Diciembre 27)

 

Por el cual se rinde homenaje a la vida, obra y memoria de Javier de Nicoló y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales y, en especial de las que le confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyecto de Acuerdo 424 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- La Administración Distrital, de conformidad con el procedimiento establecido en la normatividad vigente sobre la materia, adelantará las gestiones para instalar una escultura de Javier de Nicoló en el Parque Tercer Milenio alegórica a su obra, con una placa con la siguiente inscripción: "En memoria del Padre Javier de Nicoló, SDB, protector de la niñez y la juventud desamparada de Bogotá D.C. 28 de abril de 1928 - marzo 22 de 2016".  Lo anterior de conformidad con el procedimiento establecido en la normatividad vigente sobre la materia.

 

PARÁGRAFO 1. Lo dispuesto en el presente artículo será ejecutado por el IDIPRON, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal, con el acompañamiento de las entidades pertenecientes a los sectores Integración Social y Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO 2.- Créase la Orden Civil al Mérito JAVIER DE NICOLÓ, en el Grado Cruz de Oro, como un reconocimiento a las personas jurídicas o naturales que se hayan distinguido por sus actividades y servicios prestados a la ciudad para mejorar las condiciones de vida de niños, niñas y jóvenes en situación de alta vulnerabilidad social, económica y familiar, y que por sus méritos sean merecedoras de este reconocimiento público.

 

La Orden Civil al mérito JAVIER DE NICOLÓ en el Grado Cruz de Oro constará de los siguientes elementos: medalla, estuche y carpeta.

 

La Orden Civil al Mérito JAVIER DE NICOLÓ en el grado Cruz de Oro, se otorgará todos los años y será conferida por la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, en sesión el 22 de marzo de cada año, o del siguiente día hábil, fecha en que se conmemora el fallecimiento de Javier De Nicoló.

 

Para el otorgamiento de la Orden Civil al Mérito JAVIER DE NICOLÓ en el Grado Cruz de Oro, la Mesa Directiva del Concejo integrará un jurado con concejales miembros de la Comisión de Acreditación, de conformidad con la reglamentación que expida para tal efecto.

 

Los gastos que se ocasionen por la imposición de esta Orden Civil al Mérito JAVIER DE NICOLÓ en el grado Cruz de Oro estarán a cargo del presupuesto del Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá.

 

ARTÍCULO 3.- La Calle 7 entre la Carrera 3 Este hasta la Carrera 18, de la nomenclatura del Distrito Capital, en adelante se denominará Avenida Javier de Nicoló.

 

La Unidad Administrativa Especial de Catastro hará las anotaciones y registros correspondientes en la cartografía de la ciudad.

 

ARTÍCULO 4.- En el Concejo de Bogotá se instalará por parte del IDIPRON un mosaico en piedras de colores en homenaje a Javier de Nicoló en la pared del costado norte de la plazoleta Jorge Eliecer Gaitán del Concejo de Bogotá, previa la respectiva autorización y aprobación del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

 

ARTÍCULO 5.-  El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá a los 27 días del mes de diciembre del año 2018.

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.