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Decreto Local 010 de 2018 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
20/12/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/01/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6472 del 14 de enero de 2019
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

DECRETO 010 DE 2018

 

(Diciembre 20)

 

Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo De Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019.

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2018EE214392 del día 31 de octubre de 2018, comunicó la cuota de asignación por un monto de $12.079.877.000 para la vigencia 2019.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS- en sesión No 18 del 27 de Noviembre de 2018, emitió concepto favorable al proyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, el cual asciende a la suma de Veintiocho Mil Doscientos Cincuenta y Un Millones Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Pesos Moneda Corriente ($ 28.251.472.000) para la vigencia 2019. 

 

Que el Alcalde Local presentó oportunamente el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL cumpliendo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010.

 

Que la Junta Administradora Local radicó el oficio N° 2018-671-006984-2 el día 14 de diciembre de 2018, informando al Alcalde Local que fue negado el proyecto de acuerdo presentado para la vigencia fiscal 2019.

 

Que ante la negativa de la Junta Administradora Local de la Candelaria al proyecto de presupuesto presentado por la administración local, el Alcalde Local expidió el Decreto Local No 09 del 19 de diciembre de 2018 por medio del cual se expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2019.

 

Que de conformidad con el Decreto 372 de 2010, se dio cumplimiento a los procedimientos establecidos en el mismo, para los efectos de aprobación del presupuesto.

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local debe liquidar El Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos a Nivel de Programas y Proyectos, teniendo en cuenta el Plan de Cuentas Presupuestal establecido por la Secretaría Distrital Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Fijar el Presupuesto Anual de INGRESOS del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, por la suma de Veintiocho Mil Doscientos Cincuenta y Un Millones Cuatrocientos Setenta y Dos Mil Pesos Moneda Corriente ($28.251.472.000), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO

INICIAL

1-1

DIPONIBLIDAD INICIAL

16.171.595.000

1-2-1

INGRESOS CORRIENTES

           127.000.000

1-2-1-02

NO TRIBUTARIOS

       127.000.000

1-2-1-02-04

Multas, sanciones e intereses moratorios

       125.000.000

1-2-1-02-04-01

Multas

       125.000.000

1-2-1-02-04-01-05

Urbanísticas

       125.000.000

1-2-1-02-05

Venta de bienes y servicios

                   2.000.000

1-2-1-02-05-01

Servicios para la comunidad, sociales y personas

                   2.000.000

1-2-1-02-05-01-01

Servicios de la administración pública y otros servicios prestados a la comunidad en general

                   2.000.000

1-2-1-02-05-01-01-01

Servicios administrativos del Gobierno

                   2.000.000

1-2-1-02-05-01-01-01-01

Servicios ejecutivos de la Administración Pública

                   2.000.000

1-2-4

RECURSOS DE CAPITAL

                 20.000.000

1-2-4-05

RENDIMIENTOS FINANCIEROS

                   5.000.000

1-2-4-05-02

Depósitos

                 15.000.000

1-2-4-05-02-04

Recursos propios de libre destinación

                15.000.000

1-2-4-09

REINTEGROS

                 15.000.000

1-2-5

TRANSFERENCIAS  ADMINISTRACIÓN CENTRAL

        11.932.877.000

1-2-5-01

Aporte Ordinario

11.932.877.000

1-2-5-01-01

Vigencia

11.932.877.000

 

TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL

         28.251.472.000

 

ARTÍCULO 2°: Fijar el Presupuesto Anual de GASTOS E INVERSIÓN del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de Diciembre de 2019, por la suma de Veintiocho Mil Doscientos Cincuenta y Un Millones Cuatrocientos Setenta y  Dos Mil Pesos Moneda Corriente ($ 28.251.472.000), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

3

GASTOS

28.251.472.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.750.739.000

3.1.1

Gastos de Personal

601.546.000

3.1.1.04

Otros Servidores de Categoría Especial

601.546.000

3.1.1.04.01

Honorarios

601.546.000

 

3.1.1.04.01.02

Honorarios Ediles

601.546.000

 

3.1.2

Adquisición de bienes y Servicios

1.512.000.000

 

3.1.2.01

Adquisición de activos no financieros

20.000.000

 

3.1.2.01.01

Activos fijos

20.000.000

 

3.1.2.01.01.01

Maquinaria y equipo

20.000.000

 

3.1.2.01.01.01.0002

Equipos de información, computación y telecomunicaciones TIC

20.000.000

 

3.1.2.02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

1.492.000.000

 

3.1.2.02.01

Materiales y Suministros

37.000.000

 

3.1.2.02.01.02

Otros Bienes Transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

37.000.000

 

3.1.2.02.01.02.0002

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados

24.000.000

 

3.1.2.02.01.02.0003

Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible

13.000.000

 

3.1.2.02.02

Adquisición de servicios

1.455.000.000

 

3.1.2.02.02.01

Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

2.000.000

 

3.1.2.02.02.01.0006

Servicios postales y de mensajería

2.000.000

 

3.1.2.02.02.01.0006.0001

Servicios de mensajería

2.000.000

 

3.1.2.02.02.02

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

132.643.000

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

 

3.1.02.02.02.02.003

Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario

8.000.000

 

3.1.02.02.02.02.003.005

Derechos de uso de productos de propiedad intelectual y otros productos similares

8.000.000

 

3.1.02.02.02.02.00001

Servicios financieros y servicios conexos

124.643.000

 

3.1.02.02.02.02.00001.0005

Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles

6.568.000

 

3.1.02.02.02.02.00001.0006

Servicios de seguros de Salud ediles

75.075.000

 

3.1.02.02.02.02.00001.0007

Servicios de seguros de vehículos automotores

8.000.000

 

3.1.02.02.02.02.00001.0010

Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)

5.000.000

 

3.1.02.02.02.02.00001.0012

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.

30.000.000

 

3.1.02.02.02.03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

1.247.357.000

 

 

3.1.02.02.02.03.00003

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos

14.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00003.0010

Servicios de publicidad y el suministro de espacio o tiempo publicitarios

14.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00004

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

87.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00004.0001

Servicios de telefonía fija

25.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00004.0004

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

25.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00004.0008

Servicios de transmisión de datos

37.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00005

Servicios de soporte

1.093.357.000

 

3.1.02.02.02.03.00005.0001

Servicios de protección (guardas de seguridad)

843.357.000

 

3.1.02.02.02.03.00005.0002

Servicios de limpieza general

250.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

42.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00006.0003

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico

42.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00007

Otros servicios de fabricación; servicios de edición, impresión y reproducción; servicios de recuperación de materiales

11.000.000

 

3.1.02.02.02.03.00007.0003.0010

Servicios relacionados con la impresión

11.000.000

 

3.1.02.02.02.04

Servicios administrativos del Gobierno

73.000.000

 

3.1.02.02.02.04.00001

Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p.

73.000.000

 

3.1.02.02.02.04.00001.0001

Energía

36.000.000

 

3.1.02.02.02.04.00001.0002

Acueducto y Alcantarillado

25.000.000

 

3.1.02.02.02.04.00001.0003

Aseo

12.000.000

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

 

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

637.193.000

 

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

637.193.000

 

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

116.531.557

 

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

             108.214.156

 

3.1.8.02.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

                6.590.116

 

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

              1.727.285

 

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

520.661.443

 

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

                          .

 

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

              3.105.424

 

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

420.818.138

 

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

         420.818.138

 

3.1.8.02.02.06

Seguros

31.627.745

 

3.1.8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

           14.694.145

 

3.1.8.02.02.06.0004

Seguros de Vida Ediles

           16.933.600

 

3.1.8.02.02.11.0000.00

Promoción Institucional

            17.000.000

 

3.1.8.02.02.17.0000.00

Información

               22.171.274

 

3.1.8.02.02.18.0000.00

Publicidad

               25.938.862

 

3.3

INVERSIÓN

      25.500.733.000

 

3.3.1

DIRECTA

        9.966.331.000

 

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

        9.966.331.000

 

3.3.1

Inversión directa

        9.966.331.000

 

3.3.1.15

Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos"

        9.966.331.000

 

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

        1.693.000.000

 

3.3.1.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

          843.000.000

 

3.3.1.15.01.03.1386

Subsidio bono tipo C

          763.000.000

 

3.3.1.15.01.03.1387

Banco de ayudas técnicas

            80.000.000

 

3.3.1.15.01.07

Inclusión educativa para la equidad

            70.000.000

 

3.3.1.15.01.07.1388

Dotación pedagógica a IED

            70.000.000

 

3.3.1.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

          780.000.000

 

3.3.1.15.01.11.1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

          780.000.000

 

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

       4.679.331.000

 

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

       1.178.331.000

 

3.3.1.15.02.17.1390

Parques mejores para todos

        1.178.331.000

 

3.3.1.15.02.18

Mejor movilidad para todos

        3.501.000.000

 

3.3.1.15.02.18.1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

        3.501.000.000

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

 

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

          500.000.000

 

3.3.1.15.03.19

Seguridad y convivencia para todos

          500.000.000

 

3.3.1.15.03.19.1392

Candelaria más segura para todos

          500.000.000

 

3.3.1.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

          100.000.000

 

3.3.1.15.05.37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

          100.000.000

 

3.3.1.15.05.37.1394

Candelaria turística mejor para todos

          100.000.000

 

3.3.1.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

          150.000.000

 

3.3.1.15.06.38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

          150.000.000

 

3.3.1.15.06.38.1393

Candelaria ambiental mejor para todos

          150.000.000

 

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

       2.844.000.000

 

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

        2.844.000.000

 

3.3.1.15.07.45.1395

Gobierno local legítimo

        2.744.000.000

 

3.3.1.15.07.45.1396

Candelaria más participativa

          100.000.000

 

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

     15.534.402.000

 

3.3.6.15

Bogotá Mejor para todos

     11.002.369.000

 

3.3.6.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

          1.225.708.535

 

3.3.6.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

             354.874.733

 

3.3.6.15.01.03.1385

Atención integral para una infancia feliz

                60.750.390

 

3.3.6.15.01.03.1386

Subsidio bono tipo C

             186.424.343

 

3.3.6.15.01.03.1387

Banco de ayudas técnicas

             107.700.000

 

3.3.6.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

             870.833.802

 

3.3.6.15.01.11.1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

             870.833.802

 

3.3.6.15.02

Pilar Democracia urbana

          5.273.162.635

 

3.3.6.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

            72.222.787

 

3.3.6.15.02.17.1390

Parques mejores para todos

                72.222.787

 

3.3.6.15.02.18

Mejor movilidad para todos

        5.200.939.848

 

3.3.6.15.02.18.1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

          5.200.939.848

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

PRESUPUESTO INICIAL

 

3.3.6.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

             612.900.000

 

3.3.6.15.03.19

Seguridad y convivencia para todos

             612.900.000

 

3.3.6.15.03.19.1392

Candelaria más segura para todos

             612.900.000

 

3.3.6.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

          2.601.832.984

 

3.3.6.15.05.37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

          2.601.832.984

 

3.3.6.15.05.37.1394

Candelaria turística mejor para todos

          2.601.832.984

 

3.3.6.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

             207.873.900

 

3.3.6.15.06.38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

             207.873.900

 

3.3.6.15.06.38.1393

Candelaria ambiental mejor para todos

             207.873.900

 

3.3.6.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

          1.080.890.946

 

3.3.6.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

          1.080.890.946

 

3.3.6.15.07.45.1395

Gobierno local legítimo

             846.617.120

 

3.3.6.15.07.45.1396

Candelaria más participativa

             234.273.826

 

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR  VIGENCIAS ANTERIORES

        4.532.033.000

 

4

DISPONIBILIDAD FINAL

                               .

 

 

 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

     28.251.472.000



 ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2019: 

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2018.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

 

ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA