RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Concepto 220172516 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
06/03/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

2310460

 

Bogotá D.C., 

 

Doctora

 

ADRIANA LUCÍA JIMÉNEZ RODRÍGUEZ

 

Directora Jurídica

 

Secretaría Distrital de Gobierno

 

Calle 11 Nº 8 - 17  

 

Ciudad

 

Asunto: Vigencia del Acuerdo Distrital 4 de 1995, “Por el cual se conforman el Comité Distrital de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y la Unidad Coordinadora de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.”. Radicado 1-2017-2395.

 

Respetada Doctora Jiménez:

 

Esta Dirección recibió la comunicación del asunto, mediante la cual solicita concepto sobre la vigencia del Acuerdo Distrital 4 de 1995.

 

De igual forma, manifiesta que “Como se puede observar las funciones de la Unidad Coordinadora de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital, no son las mismas que se le han asignado al Sistema Distrital de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; creado por el Artículo 94. del Acuerdo 645 de 2016.”

 

Al respecto, se considera pertinente señalar que el literal B) del artículo 118 del Acuerdo Distrital 645 de 2016[1] facultó al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. para fusionar o reorganizar las instancias de coordinación, que no estén cumpliendo la función para la cual fueron creadas o que conlleven duplicidad de funciones con otras instancias.

 

En este orden de ideas, el Alcalde Mayor expidió el Decreto Distrital 547 de 2016[2] señalando en el numeral 6.6 del artículo 6° que el Comité Distrital de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá creado por el Acuerdo Distrital 4 de 1995, se mantiene vigente en el Distrito Capital.

 

Por lo anterior, el Acuerdo Distrital 4 de 1995 está vigente, tal como también se concluye por parte de su Despacho.

 

Ahora bien, teniendo en cuenta que la Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno solicita asesoría para el cumplimiento de sus funciones, se sugiere que se adelanten los estudios y análisis jurídicos necesarios, con el fin de formular los diagnósticos y recomendaciones que sean del caso, de conformidad con la competencia prevista para la Dirección Jurídica en el literal j) del artículo 11 del Decreto Distrital 411 de 2016.

 

De igual forma, la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como líder y coordinadora de la implementación del Sistema de Coordinación Distrital, de conformidad con las Circulares 26 de 2009 y 19 de 2010 de la Secretaría General, puede orientarlos sobre las instancias de coordinación distritales.

 

Atentamente,

 

ANA LUCY CASTRO CASTRO

 

Directora Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

 

C.C. Dra. María Adelaida Palacio Puerta. Directora de Derechos Humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno. Calle 11 Nº 8- 17

 

Dr. Cesar Ocampo Caro. Director Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Carrera 8 Nº 10 - 65

 

Anexos: N/A

 

Proyectó: Elvira Liliana Hernández Libreros

 

Revisó: Ana Lucy Castro Castro

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA



[1]Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 “Bogotá Mejor para Todos”.

 

[2] “Por medio del cual se fusionan y reorganizan las Instancias de Coordinación con fundamento en las facultades extraordinarias otorgadas al Alcalde Mayor de Bogotá por el artículo 118 del Acuerdo 645 de 2016, y se dictan otras disposiciones”