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CIRCULAR 010 DE 2019 (Abril 11) Derogada por la Circular 020 de 2020. Secretaría Jurídica Distrital.
PARA: SUBSECRETARIOS JURÍDICOS, DIRECTORES JURÍDICOS Y JEFES OFICINAS JURÍDICAS DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, VEEDURÍA DISTRITAL, CONTRALORÍA DISTRITAL, PERSONERÍA DE BOGOTÁ, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, JEFES DE CONTROL INTERNO, RESPONSABLES DE LAS ÁREAS FINANCIEROS, CONTABLES Y/0 ADMINISTRATIVAS.
DE: SUBSECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
ASUNTO: CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 30 RESOLUCIÓN 104 DE 2018
RADICADO: 2-2019-4151
La Secretaría Jurídica Distrital se constituye "como ente rector en todos los asuntos jurídicos del Distrito y tiene por objeto formular, orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital: la definición, adopción, coordinación y ejecución de políticas en materia de contratación estatal, gestión judicial, representación judicial y extrajudicial, gestión disciplinaria Distrital, prevención del daño antijurídico, gestión de la información jurídica e inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro'.
De conformidad con la Resolución 104 de 2018, el SIPROJ-WEB concentra la información procesal, gerencial y financiera de la totalidad de los procesos judiciales y actuaciones extrajudiciales adelantados ante los respectivos despachos públicos. por lo que debe ser actualizado por las entidades de nivel central, descentralizado y acogido por los organismos de control distritales.
En virtud de lo anterior, se recuerda dar cumplimiento a las obligaciones señaladas en el artículo 30 de la norma ibídem, el cual disponen lo siguiente:
1. INFORME DE GESTIÓN JUDICIAL SIPROJ-WEB
Todos los organismos del sector central y descentralizado deberán remitir a la Dirección de Defensa Judicial y prevención del Daño antijurídico, dentro de la primera semana de enero y julio de cada año. el informe semestral de gestión judicial SIPROJ-WEB, el cual deberá contar con la aprobación de los jefes de las oficinas jurídicas y revisión por parte de las oficinas de control interno.
En ese orden de ideas, es necesario que cada oficina jurídica diligencie el instructivo expedido por esta Dirección Distrital y que para tales efectos se encuentra anexo a la presente circular, garantizando la actualización y depuración oportuna de la información registrada en el sistema, con el fin de establecer los procesos que se consideren de alta relevancia para el Distrito Capital, ya sea por razones de importancia jurídica, económica, social, de seguridad, cultural entre otros; así como los estudios realizados respecto de la procedencia de acciones de repetición y las políticas de prevención del daño antijurídico.
2. CERTIFICACIÓN MÓDULO DE PAGO DE SENTENCIAS
El artículo 32.3 de la norma ibídem, establece que, el módulo contable y de cumplimiento de sentencias, es el instrumento idóneo para registrar la información de lo pagado por el Distrito Capital como consecuencia de fallos adversos y pagos de costas judiciales, así como el control y seguimiento del procedimiento y pago de sentencias a cargo de cada entidad, órgano u organismos distrital.
En este mismo sentido, el literal segundo del mismo artículo 30. señala que: "anualmente. dentro de la primera semana de enero, el jefe de las áreas administrativas, financieras, contables o quien haga sus veces, deberán remitir a esta misma Dirección Distrital, una certificación de actualización, del módulo de pago de sentencias respecto de la vigencia fiscal inmediatamente, anterior"
Así las cosas, teniendo en cuenta que, a la fecha, más del 90% de las entidades, órganos y organismos distritales no han dado cumplimiento a dicha obligación, se solicita que sea enviada en un término no superior al 30 de abril de 2019, con el fin de dar cumplimiento a los intereses establecidos en la Resolución 104 de 2018.
Cordialmente,
GLORIA EDITH MARTÍNEZ SIERRA
Subsecretaria Jurídica Distrital
Proyectó: Sonia Teresa Roa Silva, José Oswaldo Gómez Leal Revisó: María Pilar Escobar Remicio Aprobó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo
INFORME DE GESTIÓN JUDICIAL SEMESTRAL
Fecha de Corte: Enero ( ) Julio ( )
1. PROCESOS ACTIVOS EN CONTRA
NOTA- SE DEBEN INCLUIR JUDICIALES. PENAL, TUTELAS, MASC Y CONCURSALES, DEL PERIODO REPORTADO.
LOS PROCESOS DEBEN ESTAR INCLUIDOS EN EL SIPROJ WEB. ALIGUAL QUE LOS PDF DE LAS ACTUACIONES DE CONFORMIDAD CON LAS ETAPAS PROCESALES QUE SE SURTAN DENTRO DEL MISMO.
2.PROCESOS ACTIVOS INICIADOS
NOTA: SE DEBEN INCLUIR JUDICIALES. PENAL, TUTELAS, MASC Y CONCURSALES, DEL PERIODO REPORTADO.
LOS PROCESOS DEBEN ESTAR INCLUIDOS EN EL SIPROJ WEB, AL IGUAL QUE LOS PDF DE LAS ACTUACIONES DE CONFORMIDAD CON LAS ETAPAS PROCESALES QUE SE SURTAN DENTRO DEL MISMO.
3. FALLOS DE PROCESOS ACTIVOS
NOTA: SE DEBEN INCLUIR LOS FALLOS JUDICIALES, ASI COMO LOS PDF DE CADA UNA DE LAS PROVIDENCIAS
4.PROCESOS ACTIVOS DE MAYOR IMPACTO POR PRETENSIÓN PARA EL DISTRITO CAPITAL
5. PROCESOS ACTIVOS DE MAYOR IMPACTO POR TEMA PARA EL DISTRITO CAPITAL
6. TIPO DE RECLAMACIONES REITERADAS
7. PROCESOS TERMINADOS EN CONTRA
NOTA: SE DEBEN INCLUIR JUDICIALES, PENAL, TUTELAS, DEL PERIODO REPORTADO. LOS FALLOS DEBEN ESTAR INCLUIDOS EN EL SIPROJ WEB, AL IGUAL QUE LOS PDF Y LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES.
8. CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DESFAVORABLES CON EROGACIÓN ECONÓMICA
9. CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DESFAVORABLES CON OBLIGACIÓN DE HACER
10. PROCESOS FAVORABLES TERMINADOS QUE HAYAN SIDO INICIADOS POR LA ENTIDAD
NOTA: SE DEBEN INCLUIR JUDICIALES, PENAL, TUTELAS Y CONCURSALES DEL PERIODO REPORTADO. LOS FALLOS DEBEN ESTAR INCLUIDOS EN EL SIPROJ WEB, AL IGUAL QUE LOS PDF Y LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES.
11. DESACATO DE TUTELAS
NOTA: LAS ACCIONES DE TUTELA QUE TENGAN FALLO DE PRIMERA O SEGUNDA INSTANCIA Y SE ENCUENTREN EJECUTORIADOS, DEBEN APARECER EN EL SIPROJ WB CON EL ESTADO "TERMINADO", DE PRESENTARSE SELECCIÓN DE REVISIÓN POR PARTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, SE VOLVERÁ A ACTIVAR PREVIA SOLICITUD AL ADMINISTRADOR DEL SISTEMA.
12. MÓDULO DE CONCILIACIÓN
13. POLÍTICAS ADOPTADAS POR EL COMITÉ DE CONCILIACIÓN
14. ACCIONES DE REPETICIÓN
Elaboró: Profesional designado
Revisó: Control Interno
Aprobó: Jefe de oficina |