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Decreto 384 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/06/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6584 del 27 de junio de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 384 DE 2019

 

(Junio 27)

 

Por medio del cual se desaplazan las apropiaciones del proyecto de inversiones "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043 del Sistema General de Regalías

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 123 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.3.1.3.2. del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional 1082 de 2015 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 16 de mayo de 2019 se expidió el Decreto Distrital 272 de 2019 "Por medio del cual se realiza el aplazamiento de la ejecución de las apropiaciones del proyecto "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043 del Sistema General de Regalías", mediante el cual se aplazó la ejecución de las apropiaciones no comprometidas del proyecto, se ordenó a la Secretaría Distrital de Planeación suspender de forma inmediata todos los pagos pendientes por efectuar asociados al citado proyecto de inversión y adelantar las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tiene un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.


Que de conformidad con la certificación de fecha 16 de mayo de 2019 expedida por la Dirección de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Planeación, en el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 fueron incorporados al proyecto de inversión "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043, compromisos por pagar por el valor de CUATROCIENTOS ONCE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE ($411.119.772), conforme al siguiente detalle:

 

GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020 ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

120 Secretaría Distrital de Planeación


CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

9

gastos

$851.182.555

9-1

Inversión

$851.182.555

9-2

Apropiación para comprometer

$851.182.555

9-2-1

Directa

$440.062.783

9-2-1-15

Bogotá Mejor para Todos

$440.062.783

9-2-1-15-04

Programa: Eje Transversal Nuevo Ordenamiento Territorial

$440.062.783

9-2-1-15-04-26

Subprograma: Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial

$440.062.783

9-2-1-15-04-26-01

Fondo de Desarrollo Regional

$440.062.783

9-2-1-15-04-26-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región

$440.062.783

9-3

Compromisos por Pagar

$411.119.772

9-3-1

Directa

$411.119.772

9-3-1-14

Bogotá Humana

$411.119.772

9-3-1-14-02

Programa: Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

$411.119.772

9-3-1-14-02-23

Subprograma: Bogotá, Territorio en la Región

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01

Fondo de Desarrollo Regional

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región

$411.119.772

Fuente: Decreto Distrital 272 de! 16 de mayo de 2019

 

Que de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Distrital 272 de 2019, el aplazamiento surtirá efectos hasta que sea levantada la medida de suspensión impuesta por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación- DNP.

 

Que la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del DNP, al verificar conforme lo prescribe el artículo 123 de la Ley 1530 de 2012, que los fundamentos fácticos que dieron lugar a la imposición de la medida de suspensión preventiva de giros al mencionado proyecto de inversión fueron superados, remitió al correo electrónico notificacionesjudicialessecretariajuridica.gov.co, el 18 de junio de 2019, el formato de notificación electrónica de la Resolución 1570 de fecha 14 de junio de 2019 expedida dentro del Procedimiento Preventivo PAP -039-19, informando al señor Alcalde Mayor sobre el levantamiento de la citada medida de suspensión preventiva de giros del proyecto de inversión "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043.

 

Que en cumplimiento de las normas citadas y en ejecución de lo dispuesto en la Resolución 1570 del 14 de junio 2019 "Por la cual se ordena el levantamiento de la medida de suspensión preventiva de giros de un (1) proyecto de inversión ejecutado por el Distrito capital de Bogotá, dentro del Procedimiento Preventivo PAP-039-19"expedida por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, se procede a desaplazar la ejecución de las apropiaciones del

 

proyecto de inversión denominado "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Desaplazar la ejecución de las apropiaciones no comprometidas del proyecto "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con el BPIIN 2012000050043, de acuerdo al siguiente detalle:

 

120 Secretaria Distrital de Planeación


CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

9

Gastos

$851.182.555

9-1

Inversión

$851.182.555

9-2

Apropiación para comprometer

$851.182.555

9-2-1

Directa

$440.062.783

9-2-1-15

Bogotá Mejor para Todos

$440.062.783

9-2-1-15-04

Programa: Eje Transversal Nuevo Ordenamiento Territorial

$440.062.783

9-2-1-15-04-26

Subprograma: Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial

$440.062.783

9-2-1-15-04-26-01

Fondo de Desarrollo Regional

$440.062.783

9-2-1-15-04-26-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región

$440.062.783

9-3

Compromisos por Pagar

$411.119.772

9-3-1

Directa

$411.119.772

9-3-1-14

Bogotá Humana

$411.119.772

9-3-1-14-02

Programa: Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

$411.119.772

9-3-1-14-02-23

Subprograma: Bogotá, Territorio en la Región

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01

Fondo de Desarrollo Regional

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región

$411.119.772

Fuente: Decreto Distrital 272 del 16 de mayo de 2019

 

Artículo 2. Ordenar a la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 20 12000050043, reanudar de forma inmediata todos los pagos pendientes por efectuar asociados al citado proyecto de inversión.

 

Artículo 3. Ordenar a la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión "Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región" identificado con BPIN 2012000050043, adelantar las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tenga un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.

 

Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, a la Secretaría Distrital de Hacienda y a la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de junio del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONOÑO

 

Alcalde Mayor

 

ANDRES ORTIZ GOMEZ

 

Secretario Distrital de Planeación