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Decreto 272 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/05/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/05/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6556 del 16 de mayo de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 272 DE 2019

 

 (Mayo 16)

 

Por medio del cual se realiza el aplazamiento de la ejecución de las apropiaciones del proyecto “Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043 del Sistema General de Regalías

 

 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 122 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.3.1.3.3 del Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 y,


Ver Decreto Distrital 384 de 2019.

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo No. 005 de 2012 y el Acuerdo No. 15 de 2013, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión de la Región Centro Oriente viabilizó, priorizó, aprobó y designó, como ejecutor a Bogotá, D.C., del proyecto denominado: “Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región”, por un valor de $8.170.715.700 y $ 15.242.081.400 respectivamente, para un total de $23.412.797.100 correspondiente a los recursos del Fondo de Desarrollo Regional del Sistema General de Regalías.

                                                   

Que mediante el Decreto Distrital 345 de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., delegó en la Secretaría Distrital de Planeación la ejecución del proyecto “Sistema de análisis y administración de información socioeconómica y espacial de Bogotá y la región” identificado con BPIN 2012000050043, aprobado por el OCAD Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías.

 

Que en el artículo 2 del Decreto Distrital 196 de 2019 “Por medio del cual se complementa el Decreto Distrital 012 de 2019 “Por medio del cual se realiza el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías del Bienio 2017-2018, y se incorporan los saldos no ejecutados y un ajuste a los recursos asignados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del Bienio 2019 – 2020.”, se realiza el Cierre Presupuestal definitivo del Sistema General de Regalías del Bienio 2017-2018 y se realiza una incorporación de recursos”, se incorporó al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 del Fondo de Desarrollo Regional (código 8-2-1) un valor de MIL CIENTO CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.104.782.555).

 

Que en el artículo 3 ídem se incorporó al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación la suma de MIL CIENTO CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.104.782.555).

 

Que la información señalada en el artículo correspondiente al proyecto de inversión “Diseño Sistema de análisis y administración de información socioeconómica y espacial de Bogotá y la región” es la siguiente:


120 Secretaría Distrital de Planeación

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

9

Gastos

$1.104.782.555

9-1

Inversión  

$1.104.782.555

9-2

Apropiación por comprometer

$440.062.783

9-2-1

Directa

$440.062.783

9-2-1-15

Bogotá Mejor para Todos

$440.062.783

9-2-1-15-04

Programa: Eje Transversal Nuevo Ordenamiento Territorial

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26

 

Subprograma: Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26-01

Fondo de Desarrollo Regional

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región

$440.062.783

 

 

9-3

Compromisos por Pagar

$664.719.772

9-3-1

Directa

$664.719.772

9-3-1-14

Bogotá Humana

$664.719.772

9-3-1-14-02

 

Programa: Un Territorio que Enfrenta el Cambio Climático y se Ordena Alrededor del Agua

$664.719.772

9-3-1-14-02-23

Subprograma: Bogotá, Territorio en la Región

$664.719.772

9-3-1-14-02-23-01

Fondo de Desarrollo Regional

$664.719.772

9-3-1-14-02-23-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región

$664.719.772

 

Que de conformidad con la certificación de fecha 16 de mayo de 2019 expedida por la Dirección de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Planeación, en el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 que fueron incorporados al proyecto de inversión “Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043, con corte a 9 de mayo de 2019 se han realizado pagos desde el cierre de la vigencia por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($253.600.000), generándose compromisos por pagar por el valor de CUATROCIENTOS ONCE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS M/CTE ($411.119.772).

 

Que la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, dentro de la actuación administrativa preventiva PAP 039-19, profirió la Resolución 1001 del 24 de abril 2019 “Por la cual se declara probada una irregularidad y se ordena la imposición de la medida de suspensión preventiva de giros a un (1) proyecto de inversión ejecutado por el Distrito Capital de Bogotá, dentro del procedimiento preventivo PAP 039-19”, la cual en su artículo 2 impuso medida de suspensión preventiva de giros al Distrito Capital de Bogotá de los recursos provenientes del Sistema General de Regalías destinados a la financiación del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043.

 

Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 111 de la Ley 1530 de 2012, la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio 20194460256841 del 30 de abril de 2019, radicado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. el día 9 de mayo de 2019 bajo el número 1-2019-11440, informó al señor Alcalde Mayor la medida de suspensión preventiva de giros del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043.

 

Que el artículo 122 ídem establece que cuando se suspenda el giro de los recursos del Sistema General de Regalías, el representante legal de la entidad beneficiaria debe proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones financiadas con esta fuente y los saldos en cuenta relacionados con este. Asimismo, dispone que la medida preventiva debe adoptarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la medida de suspensión y se mantendrá hasta que la misma sea levantada.

 

Que en correspondencia con lo anterior, el Decreto Nacional 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional” en su artículo 2.2.3.1.3.3. determina que:

 

“Cuando se suspenda el giro de las Regalías, el representante legal de las entidades beneficiarias de los recursos de regalías y compensaciones, deberá proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones financiadas con los recursos cuyo giro fue suspendido, medida que deberá adoptarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la suspensión. Se levantará el aplazamiento de las apropiaciones afectadas, una vez se subsane la causal que generó la aplicación de la medida preventiva o correctiva. La omisión del aplazamiento de las apropiaciones generará las consecuencias fiscales, disciplinarias, penales y civiles previstas en las normas vigentes. Igualmente no se podrán adelantar procesos contractuales con recursos de regalías hasta que sea levantada la medida de suspensión de giros; (…)”.


Que el artículo 2.2.4.2.2.4.5 ídem estable que la medida de suspensión preventiva de giros surtirá efectos sobre aquellas apropiaciones presupuestales o recursos en cuenta que respalden compromisos adquiridos, incluyendo las vigencias futuras debidamente perfeccionadas en caso de existir, cuando estos correspondan a la causal que dio origen a la suspensión.


Que dando cumplimiento a lo prescrito en la Resolución No. 1001 del 24 de abril 2019 expedida por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, la Secretaría Distrital de Planeación en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región”, suspenderá todos los pagos pendientes asociados al citado proyecto de inversión.

 

Que como consecuencia de lo anterior, la Secretaría Distrital de Planeación en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043, deberá adelantar todas las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tenga un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.

 

Que en cumplimiento de las normas citadas y en ejecución de lo dispuesto en la Resolución 1001 del 24 de abril 2019 expedida por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, dentro de la actuación administrativa preventiva PAP 039-19, es necesario proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Aplazar la ejecución de las apropiaciones no comprometidas del proyecto Diseño Sistema de Análisis y Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región” identificado con el BPIN 2012000050043, de acuerdo al siguiente detalle:

120 Secretaría Distrital de Planeación

      

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

9

Gastos

$851.182.555

9-1

Inversión  

$851.182.555

9-2

Apropiación por comprometer

$440.062.783

9-2-1

Directa

$440.062.783

9-2-1-15

Bogotá Mejor para Todos

$440.062.783

9-2-1-15-04

Programa: Eje Transversal Nuevo Ordenamiento Territorial

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26

 

Subprograma: Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26-01

Fondo de Desarrollo Regional

        $440.062.783

9-2-1-15-04-26-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región

$440.062.783

 

 

9-3

Compromisos por Pagar

$411.119.772

9-3-1

Directa

$411.119.772

9-3-1-14

Bogotá Humana

$411.119.772

9-3-1-14-02

 

Programa: Un Territorio que Enfrenta el Cambio Climático y se Ordena Alrededor del Agua

$411.119.772

9-3-1-14-02-23

Subprograma: Bogotá, Territorio en la Región

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01

Fondo de Desarrollo Regional

$411.119.772

9-3-1-14-02-23-01-2012-0000-50043

Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región

$411.119.772

 

Artículo 2. Ordenar a la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043, suspender de forma inmediata todos los pagos pendientes por efectuar asociados al citado proyecto de inversión.

 

Artículo 3. Ordenar a la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial de Bogotá y la Región” identificado con BPIN 2012000050043, adelantar las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tenga un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.

 

Artículo 4. El aplazamiento surtirá efectos hasta que sea levantada la medida de suspensión impuesta por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación.

 

Artículo 5. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, a la Secretaría de Hacienda Distrital y a la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 6. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

           

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de mayo del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ

 

Secretario Distrital de Planeación