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Resolución 2 de 1990 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Fecha de Expedición:
19/03/1990
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/03/1990
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN 002 DE 1990

(Marzo 29)

Declarada nula por Sentencia del Consejo de Estado 16204 de 2000

"Por medio de la cual se establece la forma de vinculación del personal que presta sus servicios en la Orquesta Filarmónica de Bogotá".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ,

en uso de sus atribuciones legales,

RESUELVE:

ARTICULO 1. Todas las personas que se hallen vinculadas a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en el Area Administrativa, son empleados públicos.

PARAGRAFO. Se exceptúan las personas que desempeñan cargos de Vigilancia, Aseo y Cafetería, quienes tendrán el carácter de Trabajadores Oficiales.

ARTICULO 2. Las personas que presten sus servicios en el Area Musical-Artística, son trabajadores oficiales; con excepción del Director Ejecutivo, quien tendrá el carácter de Empleado Público.

ARTICULO 3. Las personas que desempeñan los cargos de Director Musical o Titular, Concertino Principal, Concertino Jefe de Grupo y los que ejerzan funciones de Jefes de Grupo, Asistente de Jefes de Grupo, Asistente del Director y Asistentes de Concertinos se deberán vincular a la Orquesta Filarmónica de Bogotá mediante contrato de trabajo a término fijo.

ARTICULO 4. Las personas que actualmente prestan sus servicios en cargos clasificados como Empleados Públicos, no requieren posesión y serán incorporados por nómina.

ARTICULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

El Presidente, (firma ilegible)

El Secretario, (firma ilegible)