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DECRETO 856 DE 2019
(diciembre 31)
Por medio del cual se concede la Orden al Mérito “Ciudad de Bogotá” a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá. D.C., en reconocimiento a su dedicación y apoyo a la labor del Alcalde Mayor Durante su Mandato
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 555 de 2016 se estableció “(…) la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones. (…)" y se derogaron expresamente los Decretos Distritales 693 de 1971, 625 de 1972, 626 de 1974, 480 de 1991, 393 de 2004, 241 y 349 de 2008 y las Resoluciones Distritales 615 de 2001 y 19 de 2011.
Que el artículo 2 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.
Que el artículo 4 ídem señala que la Medalla “Ciudad de Bogotá” se concederá al Oficial, Sub-Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, que por sus méritos y servicios especiales al Distrito Capital y la Policía Nacional en el año inmediatamente anterior, se haga acreedor a ella por actos de valor, distinción en el cumplimiento del deber y buena conducta.
Que el artículo 12 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” tiene los siguientes grados: a) Gran Cruz Extraordinaria. b) Gran Cruz. c) Gran Oficial. d) Comendador. e) Cruz de Caballero, f) adicionado por el artículo 1 del Decreto Distrital 087 de 2019, Medalla Policarpa Salavarrieta.
Que el articulo 15 ibídem señala que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá” podrá concederse en el grado de Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o a la ciudad.
Que el artículo 16 del Decreto Distrital 555 de 2016, dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” podrá concederse en el grado de Comendador tanto a colombianos como a extranjeros que por sus servicios importantes a la ciudad se hagan acreedores a dicha distinción.
Que el artículo 17 ídem señala que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá" podrá concederse en el grado de Cruz de Caballero, a funcionarios del Distrito Capital, de Gobiernos Territoriales, y Gobierno Nacional o de Gobiernos Extranjeros, que a juicio del Consejo los hagan merecedores de esta distinción.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones decidió, según consta en acta de sesión extraordinaria No 15 del 26 de diciembre de 2019, otorgar la Orden Civil a Mérito "Ciudad de Bogotá" en los distintos grados, así como la medalla “Ciudad de Bogotá”, a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá.
Que el personal de la Policía Metropolitana de Bogotá. D.C., propuesto, ha prestado apoyo al Señor Alcalde Mayor, asegurando que existan las condiciones óptimas en dichos actos para la protección de la integridad física no solo de los funcionarios de la administración distrital sino de los ciudadanos que también participan en ellos.
Que la Jefe de la Oficina de Protocolo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, revisó los certificados de antecedentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Policía Nacional, la Oficina de Atención al Ciudadano MEBOG y el Grupo de Seguimiento y Control Disciplinario de MEBOG (sistema de información disciplinaria SIJUR), señalando que el referido personal uniformado no presenta sanciones de tipo disciplinario, fiscal, penal o quejas contra ellos vigentes.
Que el trabajo realizado por el personal de la Policía Metropolitana de Bogotá ha facilitado la labor Administración Distrital generando seguridad en los momentos de acercamiento entre el Alcalde Mayor y los ciudadanos en los diversos espacios públicos en los cuales se desarrolló su agenda de gobierno.
Que por lo anterior se hace necesario realizar un justo reconocimiento a los siguientes miembros de Policía Metropolitana de Bogotá, relacionados en la parte resolutiva del presente acto administrativo, los cuales por su compromiso y entrega se hacen merecedores de exaltar esta digna labor.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1. Otórguese la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en el grado que se indica a continuación, al siguiente personal de la Policía Metropolitana de Bogotá:
CATEGORÍA “GRAN OFICIAL”
CATEGORÍA “COMENDADOR”
CATEGORÍA “CRUZ DE CABALLERO”
Artículo 2. Otórguese la Medalla “Ciudad de Bogotá” al siguiente personal de la Policía Nacional de Colombia:
Artículo 3. En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de las condecoraciones descritas en este Decreto.
Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de diciembre del año 2019.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Gran Maestre
JAIRO GARCÍA GUERRERO
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Gran Canciller |