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Circular 001 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
16/01/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/01/2020
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR N°

 CIRCULAR 001 DE 2020

 

(Enero 16)


Nota: Agotó su objeto por cumplimiento del término para el cual fue expedido.

 

PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES.

 

DE: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

ASUNTO: Obligatoriedad del SECOP II para las entidades del Distrito en el 2020


Ver Circular Externa 002 de 2022 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

 

La Secretaría Jurídica Distrital, en ejercicio de sus facultades, consagradas en los artículos 2 y 3 del Decreto 323 de 2016, en concordancia con lo establecido en los artículos 9 y 10 del Decreto 430 de 2018 “Por el cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital (…)”, se permite aclarar la aplicabilidad en el Distrito Capital de la Circular 2 de 2019, expedida por Colombia Compra Eficiente, relacionada con la obligatoriedad del SECOP II para la gestión de los procesos contractuales promovidos por entidades del Distrito.

 

Al respecto, la Circular Externa 1 del 22 de agosto de 2019 señaló la obligatoriedad para todas las entidades relacionadas en su Anexo 1, de adelantar todos los procesos de contratación exclusivamente por SECOP II, cualquiera fuere su modalidad de selección.

 

Así mismo, se restableció a partir del 1 de enero de 2020, el uso obligatorio de las modalidades de contratación directa y régimen especial en el SECOP II para las entidades del nivel central y descentralizado del Distrito Capital que tuvieron suspensión de estas modalidades en dicha plataforma desde el 11 de marzo de 2019.

 

Ahora bien, con la expedición de la Circular 2 del 23 de diciembre de 2019, motivado en el impacto y renovaciones suscitadas por el cambio de administración territorial, y para que las entidades se preparen adecuadamente para la utilización de la plataforma transaccional, se amplió la entrada en vigencia de la obligatoriedad del SECOP II para las alcaldías capitales de departamento (Administración central) y los departamentos (Administración central) quienes deberían gestionar todos sus procesos de contratación, exclusivamente en el SECOP ll, a partir del 1 de abril de 2020.

 

No obstante, en el Distrito Capital se implementó y ha venido utilizando el SECOP II para la estructuración y ejecución de las actividades contractuales de las Entidades que la conforman, así mismo, se han adelantado jornadas suficientes de capacitación y establecido canales de comunicación que promueven la solución de inquietudes frente al uso de la plataforma transaccional.

 

Adicionalmente, Colombia Compra Eficiente ha garantizado el funcionamiento normal del Servicio Electrónico de Contratación Pública para las necesidades y requerimientos que desde el Distrito en todos sus niveles se requiere, por lo que, siendo innecesaria, no se aplicará la ampliación de la vigencia expuesta en la circular 2 del 23 de diciembre de 2019, y la contratación en todas sus modalidades se continuará desarrollando de forma obligatoria a través de la plataforma SECOP II en todo el Distrito Capital.

 

Cordialmente,

 

WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE

 

Secretario Jurídico Distrital      

 

Proyectó:  Dickson Hernando Medina Mateus – Profesional Universitario