RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 006 de 2019 Instituto Distrital de Cultura y Turismo

Fecha de Expedición:
26/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 006 DE 2019

 

(Diciembre 26)


Derogado por el art. 16, Acuerdo 007 de 2022.

 

Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo No. 008 del 21 de octubre de 2016 de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO,

 

En uso de sus facultades legales y en especial la conferida por el literal e) del artículo 4 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C. y el literal e) del artículo 15 del Acuerdo 1 de 2007 de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, y


Ver Acuerdo 003 de 2022. 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Concejo de Bogotá D.C., a través del Acuerdo 275 de 2007, creó el Instituto Distrital de Turismo – IDT y en el literal e) del artículo 4º asignó a la Junta Directiva del mismo la competencia para determinar la estructura administrativa del Instituto y señalar las funciones básicas a cada una de sus dependencias.

 

Que, mediante Acuerdo 8 de 2016, la Junta Directiva estableció la estructura organizacional del Instituto Distrital de Turismo – IDT – y se determinaron las funciones de sus dependencias.

 

Que en el artículo 4º del Acuerdo 8 de 2016 de la Junta Directiva no se incluyeron funciones específicas de la Dirección General, que si bien son inherentes a función general de dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad conforme a las políticas trazadas por la Junta Directiva, es necesario precisarlas, dada la especialidad que tienen para el Instituto.

 

Que en el artículo 4º del Acuerdo 8 de 2016 de la Junta Directiva se señalaron como funciones del Director General la de “celebrar los contratos y convenios que se requieran” y la de “promover las alianzas estratégicas nacionales e internacionales que se requieran”; no obstante, a la Oficina Asesora de Jurídica se le asignó la competencia de “asesorar y adelantar las actividades y/o procesos precontractuales, contractuales y pos contractual para la adquisición de bienes y servicios”, sin precisar que ello incluye también la revisión de trámites para la celebración de convenios y alianzas estratégicas.

 

Que conforme al artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011-, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, se podrán corregir errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos.

 

Que mediante comunicación 2019EE3100 del 19 de diciembre de 2019 la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió Concepto Técnico Favorable para llevar a cabo la modificación de la estructura organizacional y el manual específico de funciones y de competencias laborales del IDT.

 

Que las modificaciones que se realizan al Acuerdo No. 008 del 21 de octubre de 2016 de la Junta Directiva no implican cambios sustanciales ni modificación de la planta de empleos actual ni de la estructura organizacional.

 

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, en sesión virtual realizada el 26 de diciembre de 2019, aprobó la modificación del Acuerdo 8 de 2016, con fundamento en las anteriores consideraciones.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º. Adicionar dos literales al artículo 4º del Acuerdo 8 de 2016 de la Junta Directiva, en el cual se establecen las funciones del Despacho del Director, así:

 

v) Dirigir, coordinar y garantizar las acciones de comunicación, divulgación y promoción interna y externa de las actividades del Instituto.

 

w) Liderar la gestión de análisis, investigaciones y evaluaciones del turismo en la ciudad.

 

Artículo 2º. Modificar el literal f) del artículo 6º del Acuerdo 8 de 2016 de la Junta Directiva, en el cual se establece una de las funciones de la Oficina Asesora de Jurídica, así:

 

f) Asesorar y adelantar las actividades y/o procesos precontractuales, contractuales y poscontractuales para la adquisición de bienes y servicios que requiera el Instituto, así como apoyar jurídicamente los trámites necesarios para la suscripción de convenios y alianzas estratégicas nacionales e internacionales que se necesiten para el cumplimiento de los fines de la entidad”.


Ver Acuerdo 003 de 2022. 

 

Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica las disposiciones que se le sean contrarias, especialmente en lo pertinente del Acuerdo 8 de 2016 de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 26 días del mes de diciembre de 2019.

 

JOSÉ ANDRÉS DUARTE GARCÍA

 

Secretario de Desarrollo Económico

 

Presidente Junta Directiva

 

ANDRÉS CALDERÓN GUZMÁN

 

Director General (E) Instituto Distrital de Turismo

 

Secretario Junta Directiva