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Decreto Local 007 de 2020 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
19/02/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/02/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6742 del 21 de febrero de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2020

 

(Febrero 19)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN (E.)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Ley Número 1421 de 1993, por el cual se dictó el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en su Artículo 69 estableció como atribuciones de las Juntas Administradoras Locales, como primera autoridad administrativa de la localidad, el aprobar Acuerdos Locales de conformidad con la Ley y los reglamentos.

 

Que frente a lo anterior y atendiendo en ejercicio de las facultades legales, conferidas en el Decreto 039 del 29 de enero de 2020 donde delegan al doctor RODOLFO MOREALES PEREZ como Alcalde Local de Usaquén (E).

 

Atendiendo el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero que estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.

 

Que mediante la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019. La Dirección Distrital de Presupuesto comunicó a las entidades del Distrito Capital, que en busca de promover la reducción de trámites que faciliten y agilicen la ejecución presupuestal, estableció mediante el Parágrafo Único del artículo 9 del Decreto No. 777 de 2019, modificar el procedimiento de concepto favorable de las solicitudes de modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros, radicadas por las entidades que componen el presupuesto anual y los Fondos de Desarrollo Local.

 

Que de conformidad con el Parágrafo Único del artículo 9 del Decreto No. 777 de 2019, se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros.

 

Que analizado el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén de la vigencia fiscal 2020, se requiere efectuar un traslado para ajustar el valor de los seguros que arrojó el estudio de mercado

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. – Efectúese un contracrédito al Presupuesto en el sistema PREDIS de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

PROYECTO

VALOR CONTRACREDITO

3-1

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5.957.664

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

5.957.664

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

5.957.664

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

5.607.664

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, Servicios inmobiliarios y servicios de leasing

5.607.664

3-1-2-02-02-02-0001

Servicios financieros y servicios conexos

5.607.664

3-1-2-02-02-02-0001-005

Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles

5.607.664

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

350.000

3-1-2-02-02-03-0003

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos

350.000

3-1-2-02-02-03-0003-010

Servicios de publicidad y el suministro de espacio o tiempo publicitario

350.000

TOTAL CONTRACREDITO

5.957.664

 

ARTÍCULO 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

PROYECTO

VALOR CREDITO

3-1

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5.957.664

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

5.957.664

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

5.957.664

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

5.957.664

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, Servicios inmobiliarios y servicios de leasing

5.607.664

3-1-2-02-02-02-0001

Servicios financieros y servicios conexos

5.607.664

3-1-2-02-02-02-0001-008

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

4.824.464

3-1-2-02-02-02-0001-010

Servicios de seguro obligatorio de accidentes de Tránsito (SOAT)

783.200

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

350.000

3-1-2-02-02-03-0002

Servicios jurídicos y contables

350.000

3-1-2-02-02-03-0002-001

Servicios de documentación y certificación jurídica

350.000

TOTAL CREDITO

5.957.664

 

ARTÍCULO 3º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 4º.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de febrero del año 2020.

 

RODOLFO MORALES PÉREZ

 

Alcalde Local de Usaquén (E.)