RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 102 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/04/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/04/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 102 DE 2020

 

(Abril 07)

 

Por medio del cual se designan los miembros de la Junta Directiva de la Lotería de Bogotá

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 56 del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, serán designados libremente por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., quien además, en todo caso, hará parte de tales instancias, presidiéndolas, o su delegado.

 

Que el artículo 7 del Acuerdo 001 de 2007, expedido por la junta directiva de la Lotería de Bogotá, dispone que dicha instancia estará integrada por la alcaldesa mayor o su delegado, quien la presidirá, y cinco (5) miembros más designados por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C.

 

Que por lo anterior, se hace necesario designar los miembros de la junta directiva de la Lotería de Bogotá.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°- La junta directiva de la Lotería de Bogotá, estará integrada por los siguientes miembros:

 

a. La alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., o su delegado, que será el subsecretario general de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

b. El secretario distrital de Salud o su delegado.

 

c. El secretario distrital de Desarrollo Económico o su delegado.

 

d. La señora Zulma Constanza Guauque Becerra, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.538.651.

 

e. El señor Gustavo Adolfo Casadiego Cadena, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.146.821.

 

f. El señor José Manuel Guzmán López, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.932.414.

 

Parágrafo.- La comunicación a los miembros señalados en los literales d), e) y f) se efectuará por conducto de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Artículo 2°.-  El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su comunicación y deroga el Decreto 382 de 2016, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de abril del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa mayor