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Resolución 056 de 2020 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
24/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/03/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6775 del 08 de abril de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 056 DE 2020

 

(Marzo 24)

 

Por la cual se modifica y adiciona la Resolución No. 55 de 2020 “Por la cual se dan instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión asignados por la Dirección para la Gestión  Policiva, en congruencia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19”

 

EL DIRECTOR PARA LA GESTIÓN POLICIVA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno mediante la Resolución No. 0677 del 19 de julio de 2017,  y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con la Resolución No. 55 del 19 de marzo de 2020, esta Dirección emitió instrucciones para el ejercicio de los servicios de supervisión, con destino a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno, con ocasión de las medidas que hasta esa fecha habían adoptado el Gobierno Nacional y la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19.

 

Que en el artículo 2 de la Resolución No. 55 del 19 de marzo de 2020, se dispuso lo pertinente para que los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno, se presentaran a prestar el servicio de supervisión de loterías, sorteos, concursos y chances para los días 20, 21, 22 y 23 de marzo de 2020, acorde con lo dispuesto en el Decreto Distrital 090 del 19 de marzo de 2020.

 

Que con el Decreto Distrital 091 del 22 de marzo de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá modificó el Decreto 090 del 19 de marzo de 2020, ampliando la limitación para la libre circulación de vehículos y personas en el territorio del Distrito Capital hasta el martes 24 de marzo de 2020 a las 23:59 horas, por lo cual es procedente también ampliar el alcance de lo dispuesto en la Resolución No. 55 del 19 de marzo de 2020 incluyendo lo pertinente a la prestación del servicio de supervisión de los delegados para el 24 de marzo de 2020.

 

Que por su lado, en el artículo 1 de la Resolución No. 55 del 19 de marzo de 2020, se señaló que los delegados no deben presentarse al servicio de supervisión de eventos que se asignen para fecha y hora en que se llegare a decretar toque de queda.

 

Que el Presidente de la República con el Decreto Nacional 457 del 22 de marzo de 2020, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-10, y para el efecto también limitó la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional, con las excepciones previstas en el artículo 3 de ese Decreto.

 

Que no encontrándose la operación de juegos de suerte y aza (sic) supervisión de loterías, sorteos, concursos y chances dentro de las excepciones del artículo 3 del Decreto Nacional 457 del 22 de marzo de 2020, tampoco es viable que los servidores de la Secretaría Distrital de Gobierno asistan a ejercer la supervisión de tales eventos.

 

Que por lo anteriormente dispuesto, esta Dirección,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1: Modificar el artículo 2 de la Resolución No. 55 del 19 de marzo de 2020, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO 2: Los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de los sorteos, concursos y espectáculos públicos, deben presentarse a prestar el servicio de supervisión de loterías, sorteos, concursos y chances para los días 20, 21, 22, 23 y 24 de marzo de 2020, conforme a la designación contenida en el auto suscrito por el Director para la Gestión Policiva para los días 20, 21, 22,  23 y 24  de marzo de 2020.

 

PARÁGRAFO.- El delegado debe encontrarse desde la salida de su domicilio hasta su retorno debidamente identificado, en especial con el auto de designación para el que fue delegado.

 

Teniendo en cuenta que durante la jornada de Simulacro Vital se está permitiendo la circulación de vehículos de servicio público individual de taxis, en las condiciones contempladas en el Decreto Distrital 090 del 19 de marzo de 2020 modificado por el Decreto 091 de 2020, el delegado podrá desplazarse para garantizar la prestación del servicio y luego para su retorno a su residencia en este servicio público; también podrá solicitarle al organizador del evento al que va a prestar la supervisión con la anticipación debida, que le brinde el servicio de desplazamiento de ida y regreso”.

 

ARTÍCULO 3: Durante el tiempo de aislamiento preventivo obligatorio fijado por el Presidente de la República mediante el Decreto Nacional 457 del 22 de marzo de 2020, los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno NO asistirán  a ejercer la supervisión de sorteos, loterías, concursos o chances.

 

ARTÍCULO 4: La presente resolución tiene vigencia a partir de la fecha de su expedición y deberá notificarse electrónicamente a todos los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2020.

 

ANDRÉS MÁRQUEZ PENAGOS

 

Director para la Gestión Policiva