RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 268 de 2020 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
29/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/06/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6823 del 02 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 268 DE 2020

 

(Mayo 29)

 

Por la cual se modifica la Resolución 173 del 19 de marzo de 2020

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y los Decretos Distritales 037 de 2017 y 128 de 2020

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno Nacional mediante Resolución 385 del 12 marzo de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, declaró la emergencia sanitaria en el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020.

 

Que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte expidió la Resolución 173 del 19 de marzo de 2020, mediante la cual dispuso como medida transitoria la suspensión de términos de los procesos administrativos sancionatorios y demás actuaciones administrativas en trámite, que cursan ante la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte respecto de las entidades sin ánimo de lucro de su competencia, hasta el 30 de mayo de 2020.

 

Que mediante Decreto Nacional 636 de 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”, ordenando el aislamiento preventivo obligatorio desde el 11 hasta el 25 de mayo de 2020.

 

Que mediante Decreto Nacional 689 del 22 de mayo de 2020 “Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 636 del 6 de mayo de 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”, la medida de aislamiento fue prorrogada hasta el 31 de mayo de 2020,

 

Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 126 de 2020 “Por medio del cual se establecen medidas transitorias para el manejo del riesgo derivado de la pandemia por Coronavirus COVID-19 durante el estado de calamidad pública declarado en el distrito capital y se toman otras determinaciones”, dispuso la suspensión de los términos procesales de las actuaciones administrativas, sancionatorias, disciplinarias, que adelantan las entidades y organismos del sector central, y de las localidades, a partir del día 11 de mayo hasta el 25 de mayo de 2020.

 

Que posteriormente a Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 128 del 24 de mayo de 2020 “Por medio del cual se establecen medidas transitorias y complementarias para el manejo de los riesgos derivados de la pandemia por Coronavirus COVID-19 en el distrito capital y se toman otras determinaciones”, ampliando la suspensión de términos, hasta las cero horas (00:00) del día lunes 1 de junio de 2020, plazo en el cual no correrán los términos para todos los efectos de ley.

 

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 749 del 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”, ordenando el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00) del día 1 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00) del día 1 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

 

Que atendiendo las directrices del Gobierno Nacional y Distrital es necesario prorrogar la suspensión de términos dispuesta en la Resolución 173 del 19 de marzo de 2020 de los procesos administrativos sancionatorios y demás actuaciones administrativas en trámite de las entidades sin ánimo de lucro competencia de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, y acatar los lineamientos y medidas adoptadas para mitigar los riesgos de contagio y propagación de la pandemia del COVID-19, garantizar la salubridad a los usuarios, servidores públicos y contratistas que desarrollen esta actividad, así como garantizar el debido proceso de los sujetos procesales y terceros interesados.

 

En consecuencia,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Prorrogar la medida transitoria de suspensión de términos en todos los procesos administrativos sancionatorios y demás actuaciones administrativas en trámite de las entidades sin ánimo de lucro de competencia de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, adoptada por la Resolución 173 del 19 de marzo de 2020, hasta el hasta el 1 de julio de 2020.

 

ARTÍCULO 2. Como consecuencia de lo anterior, se ordena al Director de Personas Jurídicas comunicar de manera inmediata la medida adoptada por el presente acto administrativo, a través de la página web de la entidad.

 

ARTÍCULO 3. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en el Régimen Legal de Bogotá y en la Gaceta Distrital y a la Oficina Asesora de Comunicaciones su divulgación en la página web de la entidad.

 

ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de mayo del año 2020.

 

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ

 

Secretario de Despacho