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ACUERDO 002 DE 2020
(Junio 30)
Por medio de la cual se aprueba la modificación en el presupuesto de gastos e inversiones del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, como resultado del proceso de armonización presupuestal de los Planes de Desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” y “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, dentro de la vigencia fiscal 2020
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el literal b del artículo 97 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá; las contempladas en el literal b del artículo 17 del Acuerdo 001 de 2007 de la Junta Directiva., Decreto Distrital 777 de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 95 del Acuerdo 257 de 2006 establece el objeto del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, señalando que corresponde a la entidad “…la ejecución de políticas, planes y proyectos para el ejercicio efectivo de los derechos patrimoniales y culturales de los habitantes del Distrito Capital, así como la protección, intervención, investigación, promoción y divulgación del patrimonio cultural tangible e intangible y de los bienes de interés cultural del Distrito Capital.”. Por su parte los literales a y b del artículo 97 señalan como funciones de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural entre otras las de: formular la política general de de la entidad en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, y el presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 777 de 2019 reglamenta las normas orgánicas en materia presupuestal que aplican al Distrito Capital.
Que el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá Distrito Capital 2016-2020 “Bogotá Mejor para Todos”, fue adoptado mediante Acuerdo Distrital No. 645 del 9 de junio de 2016 y su fecha de finalización fue el 31 de mayo de 2020.
Que una vez culminado el Plan de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos, las imputaciones presupuestales de inversión directa solamente se podrán afectar con cargo a la estructura presupuestal del nuevo Plan de Desarrollo.
Que la armonización presupuestal 2020, consiste en ajustar el presupuesto de inversión directa de la vigencia entre los planes de desarrollo “Bogotá Mejor para Todos” y “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.
Que de conformidad con lo establecido en la Ley 152 de 1994 y los Acuerdos 12 de 1994, 63 de 2002 y 190 de 2005, las Secretarías Distritales de Hacienda y de Planeación emitieron la Circular Conjunta No. 007 del 8 de mayo de 2020, a través de la cual impartieron los lineamientos y las actividades para adelantar el proceso de armonización presupuestal en la presente vigencia, con el propósito de ejecutar el Plan de Desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020 - 2024: “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.
Que mediante Acuerdo Distrital No. 761 del 11 de junio de 2020, el Concejo de Bogotá adoptó el Plan de Desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020 - 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.
Que las modificaciones presupuestales a realizar en el proceso de armonización se efectuarán de acuerdo con el procedimiento establecido en la Circular SDP-001 del 16 de enero de 2017 y con el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que durante el proceso de armonización presupuestal se podrán introducir al presupuesto de la vigencia los ajustes necesarios para cumplir los objetivos, compromisos, metas y prioridades del nuevo Plan Desarrollo 2020 - 2024: “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, manteniendo el monto de inversión directa, de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 17 del Acuerdo 12 de 1994.
Que los saldos de compromisos constituidos a 31 de mayo de 2020, que se generaron por anulación de registros presupuestales, serán trasladados al nuevo Plan de Desarrollo 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.
Que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural realizó la formulación de los proyectos de inversión en las plataformas del Departamento Nacional de Planeación (Metodología General Ajustada MGA - WEB) y de la Secretaría Distrital de Planeación (SegPlan), transfirió los proyectos al Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas –SUIFP- y registró los mismos en el Banco Distrital de Programas y Proyectos.
Que el 19 de junio de 2020, mediante comunicado con radicado No. 20202200025221, el IDPC presentó solicitud de concepto técnico ante la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, acompañada de los respectivos soportes.
Que el 23 de junio de 2020, mediante comunicado con radicado No. 2-2020-26946, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto técnico favorable de armonización presupuestal.
Que el 25 de junio de 2020, mediante comunicado con radicado No. 20205600026151, el IDPC presentó solicitud de concepto técnico ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, acompañada de los respectivos soportes.
Que mediante comunicado No.2020EE91278 del 27 de Junio de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para realizar el trámite de la presente modificación.
Que en concordancia con lo expuesto, y con el fin de cumplir con los propósitos, programas y metas del Plan de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, se hace necesario efectuar algunas modificaciones en el presupuesto de inversión del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Aprobar el traslado en el presupuesto de gastos e inversiones del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC de la vigencia 2020, en la suma de $17.948.808.251, según el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
Artículo 2º. Remítanse copias del presente Acuerdo a las Secretarías de Hacienda y de Planeación, y demás entidades competentes.
Artículo 3º.- Ordenar al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural publicar el presente acto administrativo en el Registro Distrital y en Régimen Legal.
Artículo 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ
Presidente de la Junta Directiva
JUAN FERNANDO ACOSTA MIRKOW
Secretario de la Junta Directiva |