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Decreto 171 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/07/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/07/2020
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 171 DE 2020

 

(Julio 15)

 

Por la cual se designa el delegado del/la alcalde/sa mayor de Bogotá, D.C., en la junta directiva de la Corporación de Abastos de Bogotá SA. 'CORABASTOS'

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006, en concordancia con el artículo 37 de los estatutos de CORABASTOS y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece la facultad de las autoridades administrativas de trasferir el ejercicio de funciones a colaboradores u a otras autoridades administrativas, mediante acto de delegación.

 

Que el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006 autoriza a las autoridades distritales a delegar sus funciones en sus colaboradores o en otras autoridades con funciones afines o complementarias.

 

Que de conformidad con el artículo 37 de los Estatutos de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. "CORABASTOS", la junta directiva estará integrada, entre otros miembros, por el/la alcaldesa/sa mayor de Bogotá o su delegado/a.

 

Que se hace necesario designar el delegado de la alcaldesa mayor en la junta directiva de "CORABASTOS".

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Designar al/la director(a) de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, y a falta de este, al/la subdirector(a) de Economía Rural de la misma entidad, como delegado(a) del/la alcalde/sa mayor de Bogotá, D.C., en la junta directiva de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. "CORABASTOS".

 

Artículo 2°. El delegado deberá presentar a este despacho un informe anual que dé cuenta de la gestión y los resultados alcanzados por el distrito capital en su condición de integrante de dicha corporación, que contenga objetivos, estrategias, metas e indicadores.

 

Artículo 3°. Comunicar el contenido de la presente resolución al/la directora(a) de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario y al/la subdirector(a) de Economía Rural de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Artículo 4°. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición, y deroga la Resolución 021 de 2019.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de julio del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor