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Secretaría
Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Secretaría de Educación del Distrito - SED

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
45456 de 2011   ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Firma Digital y Mecánica 
"...Esta oficina recomendó que la Oficina Administrativa REDP verificara si la firma que se genera a través del Sistema de Gestión Documental Marca de Agua Digital -SGDMAD- cumplía con los requisitos 3 y 4 del artículo 28 de la ley 527 de 1999. Lo anterior fue desarrollado mediante el radicado al que hoy damos respuesta en los siguientes términos: La firma digital está asociada al perfil de cada usuario y lo anterior se demuestra por ejemplo: 1). en los privilegios o posibilidades que corresponden en la elaboración del documento; 2). por el uso de una contraseña; 3). por el control en la modificación del documento. Es posible ligar el contenido del mensaje a una única marca de agua digital lo que permite verificar su autenticidad. Así las cosas, se tienen por verificadas las condiciones que requerían ser aclaradas por esta Oficina, y, respecto al numeral 5 del artículo del artículo (sic) 28 de la ley 527 de 1999 nos atenemos a lo expuesto en la comunicación anterior y al Concepto No. 28 de 2010 emitido por la Secretaria General." 
2011-08-24 
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Secretaría Jurídica Distrital

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
220182717 de 2018   ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Firma Digital y Mecánica 
En concordancia con los pronunciamientos emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC-, respecto a la validez de la firma mecánica aplicada a un correo electrónico, se reitera que por hacer parte de un mensaje de datos, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 527 de 1999, su eficacia, validez o fuerza obligatoria y probatoria deberá ser evaluada de acuerdo con las normas particulares previstas en los artículos 3 a 25 de dicha ley y con las generales establecidas en el Código General del Proceso, para analizar la prueba documental, al tiempo que las consecuencias jurídicas del mensaje de datos se regirán por las normas aplicables al acto o negocio que contenga. Por lo tanto, si la firma mecánica (escaneada) en el documento remitido a través de mensaje de datos (correo electrónico) cumple con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley 527 de 1999, dentro de las cuales no se encuentra la de ser firma digital, la validez o eficacia del acto que aprueba dependerá del efecto que las normas especiales o generales que lo regulen le confieran a esa firma.  
2018-03-02 
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Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
20216000008043 de 2021   UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP - Firma Digital y Mecánica 
Emite concepto legal referente a firmas escaneadas. 
2021-02-15 
20216000008043 de 2021   UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP - Concepto 
Emite concepto legal referente a firmas escaneadas. 
2021-02-15 
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