| 20261300148701 de 2026 |
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PUBLICO - DADEP - Conceptos |
Aclara a la Secretaría Distrital de Gobierno la distinción normativa entre los hacedores de oficios artesanales y los vendedores informales en Bogotá. El DADEP precisa que, conforme al Decreto Distrital 670 de 2025, se trata de dos categorías jurídicas autónomas con autoridades gestoras distintas: mientras el IPES administra las ventas informales (reguladas también por el Decreto Distrital 117 de 2026), la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte gestiona a los artesanos por el valor cultural y patrimonial de su actividad. En consecuencia, durante los operativos de recuperación o preservación del espacio público, las autoridades deben aplicar un enfoque diferencial y verificar previamente si la persona cuenta con autorización de la Secretaría de Cultura, evitando catalogar o tratar de forma automática a un artesano como vendedor informal.
|
2026-08-11 |