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Acuerdo 2 de 1999 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
13/10/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/10/1999
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 02 DE 1999

(Octubre 13)

Modificado por el Acuerdo J.D. Transmilenio 6 de 2000Derogado Parcialmente por el Acuerdo J.D. Transmilenio 02 de 2001Derogado Parcialmente por el Acuerdo J.D. Transmilenio 01 de 2005

"Por el cual se establece la planta de personal de Transmilenio S.A, se fijan las asignaciones básica de los cargos y se dictan otras disposiciones".

LA JUNTA DIRECTIVA DE TRANSMILENIO S.A.

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 39 de los Estatutos de la Sociedad Transmilenio, corresponde a la Junta Directiva la aprobación de la estructura interna del organismo, su planta de personal, el régimen de remuneración y la clasificación de los empleos.

Que el artículo 60 de los Estatutos de la Sociedad estableció el régimen de personal de los servidores públicos de Transmilenio.

Que el Decreto 1569 de 1998, estableció el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1.998.

Que con fundamento en lo anteriormente expuesto la Junta Directiva de Transmilenio S.A.

Ver el Acuerdo J.D. Transmilenio 1 de 2000

ACUERDA:

CAPITULO I

DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS

ARTICULO 1. La planta de personal de empleados públicos de TRANSMILENIO S.A., estará conformada por los empleos que se indican a continuación:

No. DE CARGOS

DENOMINACION DEL EMPLEO

CODIGO

GRADO

ASIGNACION BASICA

DESPACHO DEL GERENTE GENERAL

1 (UNO)

GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

034

20

5´800.000.oo

1 (UNO)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

12

1´800.000.oo

1 (UNO)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

10

1´100.000.oo

1 (UNO)

CONDUCTOR

620

05

475.000.oo

OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO

1 (UNO)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

17

3´000.000.oo

DESPACHO DEL SUBGERENTE GENERAL

1 (UNO)

SUBGERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

092

19

4´540.000.oo

OFICINA ASESORA DE ASUNTOS LEGALES

1 (UNO)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

17

3 ´000.000.oo

OFICINA ASESORA DE SISTEMAS DE INFORMACION

1 (UNO)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

17

3´000.000.oo

DIRECCION DE PLANEACION Y TRANSPORTE

1 (UNO)

DIRECTOR TECNICO

026

18

3´700.000.oo

DIRECCION DE OPERACIONES

1 (UNO)

DIRECTOR OPERATIVO

022

18

3´700.000.oo

DIRECCION FINANCIERA

1 (UNO)

DIRECTOR FINANCIERO

018

18

3´700.000.oo

DIRECCION ADMINISTRATIVA

1 (UNO)

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

009

18

3´700.000.oo

Ver el art. 1, Acuerdo J.D. Transmilenio 4 de 2000

ARTICULO 2. GASTOS DE REPRESENTACION. Los empleados públicos de TRANSMILENIO, cuyos cargos pertenezcan a los niveles directivo o asesor, devengarán gastos de representación, equivalente al porcentaje que se indica a continuación, calculado sobre la asignación básica mensual:

DENOMINACION DEL EMPLEO

PORCENTAJE GASTOS DE REPRESENTACION

GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

50%

SUBGERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA

40%

DIRECTOR TECNICO

40%

DIRECTOR OPERATIVO

40%

DIRECTOR FINANCIERO

40%

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

40%

JEFE DE OFICINA ASESORA

40%

ARTICULO 3. El Gerente General de TRANSMILENIO devengará una prima técnica equivalente al 50% de la asignación básica mensual, la cual, para todos los efectos, constituirá factor salarial.

PARAGRAFO. Facúltase al Gerente General de TRANSMILENIO para reglamentar el reconocimiento y pago de la prima técnica de los empleados públicos cuyos cargos pertenezcan a los niveles directivo y asesor, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la  materia. Ver el art. 1, Resolución Transmilenio 5 de 1999

CAPITULO II

DE LOS TRABAJADORES OFICIALES

ARTICULO 4. La planta de personal de trabajadores oficiales de TRANSMILENIO, estará conformada por los empleos que se indican a continuación:

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

GRADO

ASIGNACION BASICA

9 (NUEVE)

PROFESIONAL ESPEC.

15

3´000.000.oo

4 (CUATRO)

PROFESIONAL ESPEC.

14

2´500.000.oo

8 (OCHO)

PROFESIONAL UNIV.

13

2´100.000.oo

6 (SEIS)

PROFESIONAL UNIV.

12

1´800.000.oo

19 (DIECINUEVE)

TECNICO

09

900.000.oo

3 (TRES)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

08

850.000.oo

3 (TRES)

SECRETARIO

07

770.000.oo

9 (NUEVE)

AUXILIAR OPERATIVO

06

700.000.oo

1 (UNO)

RECEPCIONISTA

05

650.000.oo

2 (DOS)

AUXILIARES SERV. GRALES.

04

475.000.oo

1 (UNO)

CONDUCTOR

04

475.000.oo

Ver el Acuerdo J.D. Transmilenio 5 de 2000

ARTICULO 5. Facúltase al Gerente General para distribuir la planta de personal de trabajadores oficiales de la entidad según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

CAPITULO III

OTRAS DISPOSICIONES

 ARTICULO 6. Delegase en el Gerente General de TRANSMILENIO la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1.998.

ARTICULO 7. El Gerente General de TRANSMILENIO podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo.

ARTICULO 8. Los funcionarios que desempeñen el cargo de Conductor tendrán derecho al reconocimiento y pago de horas extras sin que estas excedan el 50% de la asignación básica mensual, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

ARTICULO 9. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve (1999).

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Presidente

ALEJANDRO RUEDA SERBOUSEK

Secretario ad-hoc