CIRCULAR EXTERNA
2024151000000005-5 DE 2024
(Marzo 05)
PARA: ENTIDADES TERRITORIALES DEPARTAMENTALES,
MUNICIPALES Y DISTRITALES, Y DIRECCIONES TERRITORIALES DE SALUD
DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
ASUNTO: POR LA CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES PARA EL
REPORTE DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL FECHA:
05-03-2024
I. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Los artículos 48 y 49 de la Constitución Política,
establecen que la Seguridad Social y la atención en salud son servicios
públicos de carácter obligatorio que se prestan bajo la dirección, coordinación
y control del Estado, con sujeción a los principios de eficiencia,
universalidad y solidaridad.
La Ley 1122 de 2007 creó el Sistema de Inspección,
Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud
designándolo en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud en su artículo
36, y señaló que para el cumplimiento de esas atribuciones, la entidad ejercerá
sus funciones teniendo como base los siguientes ejes del sistema: El financiamiento,
el aseguramiento, la prestación de servicios de atención en salud pública, la
atención al usuario y participación social, las acciones y medidas especiales,
la información y la focalización de los subsidios en salud, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 37.
En virtud de lo anterior, uno de los objetivos de esta
Superintendencia es vigilar el cumplimiento de las normas que regulan el
Sistema General de Seguridad Social en Salud y promover el mejoramiento
integral del mismo (artículo 39 ibídem) y cumplir, entre otras, la función de
inspeccionar, vigilar y controlar que las entidades y direcciones territoriales
de salud cumplan a cabalidad con las funciones señaladas por ley, conforme a
los principios que rigen a las actuaciones de los funcionarios del Estado, e
imponer las sanciones a que haya lugar (literal b, artículo 40 ídem).
En este contexto, se define en el artículo 121 de la Ley
1438 de 2011 que son sujetos de inspección, vigilancia y control por parte de
la Superintendencia Nacional de Salud, las direcciones territoriales de salud
en el ejercicio de las funciones que las mismas desarrollan en el ámbito del
sector salud, tales como el aseguramiento, la inspección, vigilancia y control,
la prestación de servicios de salud y demás relacionadas con el sector salud.
Asimismo, en el Decreto 1080 del 2021, por el cual se
modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, en su artículo
4°, numeral 13, estableció que la entidad tiene a su cargo, entre otras, las
funciones de “(…) Ejercer inspección, vigilancia y control a las entidades
territoriales, en lo relacionado con el ejercicio de las funciones que las
mismas desarrollan en el ámbito del sector salud, tales como el aseguramiento,
la inspección, vigilancia y control, y la prestación de servicios de salud, de
conformidad con sus competencias y en los términos señalados en la normativa
vigente(...)” y en el numeral 21, la de: “Ejercer la inspección, vigilancia y
control, sobre la ejecución de los recursos destinados a la salud en las
entidades territoriales.”
Las entidades territoriales, conforme a lo consagrado en el
artículo 57 de la Ley 715 de 2001, por medio de las secretarias de salud o
direcciones territoriales[1] según corresponda, deberán organizar un fondo departamental, distrital o
municipal de salud, según el caso, para la administración y manejo de los
recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos
destinados al sector salud.
Por ende, para la protección de los recursos de la salud, se
estableció en el literal b del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, que estos
recursos se manejarán en las entidades territoriales mediante los fondos
locales, distritales y departamentales de salud en un capítulo especial,
conservando un manejo contable y presupuestal independiente y exclusivo, que
permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de
cada fuente. La organización de los fondos de salud de las entidades
territoriales, la operación y registro de las cuentas maestras para el manejo
de los recursos, está contenida en la Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de
Salud y Protección Social.
En virtud de las atribuciones otorgadas, la Ley 1955 de 2019
en su artículo 76 modificó el artículo 98 de la Ley 488 de 1998, creando la
contribución de vigilancia a favor de la Superintendencia Nacional de Salud,
con el fin de apoyar el cubrimiento de los costos y gastos que ocasione el
funcionamiento e inversión de la entidad.
La contribución indicada debe ser pagada anualmente por
todas y cada una de las personas jurídicas de derecho público, entre otros,
sometidas a inspección, vigilancia y control de esta Superintendencia en los
términos de la ley o el reglamento; y, liquidada con base en los ingresos
operacionales del sector causados a 31 de diciembre del año inmediatamente
anterior.
En relación con las fuentes propias de la entidad, le
corresponde a esta Superintendencia calcular, liquidar, recaudar y administrar
los tributos que corresponda sufragar a las entidades sometidas a su
inspección, vigilancia y control, conforme a lo consagrado en el Decreto 1080
de 2021, artículo 3(sic), numeral 56.
De otra parte, la Circular Externa 016 de 2016, por la cual
se hacen adiciones, modificaciones y eliminaciones a la Circular Externa 047 de
2007 (Circular Única), establece instrucciones para el reporte de información
financiera para efectos de supervisión de todos los vigilados. Entre otras
instrucciones, se definió la estructura de los conceptos financieros a reportar
por todas las entidades vigiladas, en aplicación de los nuevos marcos técnicos
normativos definidos por los reguladores de los Grupos 1, 2 y 3 (Ministerio de
Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo) y por
el regulador de las entidades que aplican el Régimen de Contabilidad Pública
(Contaduría General de la Nación), conforme a lo establecido en la Ley 1314 de
2009 que reguló los principios y normas de contabilidad e información
financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.
Por su parte, la Resolución 332 de 2017 del Ministerio de
Salud y Protección Social, modificó los artículos 1 y 5 de la Resolución 6066
de 2016, otorgando a la Superintendencia Nacional de Salud la competencia para
definir las fechas e instrumentos a través de los cuales las ERP - Entidades
Responsables de Pago (EPS del régimen contributivo y subsidiado independiente
de su naturaleza jurídica, entidades adaptadas y entidades territoriales)
reporten el cronograma y ejecución del proceso de conciliación de glosas con
las IPS o Entidades Beneficiarias de Pago - EBP.
En lo relacionado con el pago de la prestación de servicios
de salud a la población que no esté afiliada al Sistema General de Seguridad
Social en Salud, el artículo 236 de la Ley 1955 de 2019, establece las
responsabilidades de la entidad territorial en los gastos en salud que se
deriven de la atención a esta población.
En los artículos 237 y 238 de la Ley 1955 de 2019 se
establecen los criterios para el saneamiento definitivo de las cuentas de
recobro relacionadas con los servicios y tecnologías de salud no financiados
con cargo a la UPC del régimen contributivo y subsidiado.
Luego, mediante el Decreto 2154 de 2019 el Gobierno Nacional
estableció los términos y condiciones para la evaluación del esfuerzo fiscal de
las entidades territoriales, a fin de determinar el monto de la cofinanciación
de la Nación de que trata el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, y las reglas
para el giro respectivo.
A través de la Resolución 3315 de 2019, el Ministerio de
Salud y Protección Social definió los términos y condiciones del reporte de
información para el seguimiento al cumplimiento de las reglas establecidas para
el saneamiento definitivo de los cobros o recobros por concepto de servicios y
tecnologías no financiadas con cargo a la UPC, así como los instrumentos en que
los actores realizarán el reporte de información de las cuentas objeto de
saneamiento, a través de la plataforma PISIS, portal transaccional de
saneamiento.
De otra parte, la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el
Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026" “Colombia Potencia Mundial de la
Vida”, en el artículo 54, estableció la cofinanciación de la atención en salud
de la población migrante, así como los recursos asignados por el Ministerio de
Salud y Protección Social a los departamentos y distritos para la ejecución en
cumplimiento del numeral 43.2.11 del artículo 43 y el artículo 45 de la Ley 715
de 2001.
Asimismo, en el artículo 155 de la precitada normativa, se
modificó el artículo 3° de la Ley 1797 de 2016, en relación con la destinación
de los excedentes resultantes del proceso de saneamiento de aportes patronales
financiados con recursos del situado fiscal y del Sistema General de
Participaciones, destinados, si las entidades territoriales lo consideran
pertinente, al pago de la deuda acumulada al cierre de la vigencia 2022 por
conceptos de servicios y tecnologías en salud prestados a la población migrante
no afiliada y/o a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la
demanda; de no existir deudas por estos conceptos, se podrán destinar al
saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de
salud.
En el artículo 156 de la misma norma, se indica que los
recursos reintegrados a la Administradora de los Recursos del Sistema de
Seguridad Social en Salud (ADRES), a partir de la entrada en vigencia de la
ley, serán destinados para la financiación de las atenciones en salud a la
población migrante no afiliada; por lo que el Ministerio de Salud y Protección
Social, con base en la disponibilidad de recursos efectuará la distribución a
los departamentos y distritos; y la ADRES efectuará el giro directo a la red
prestadora de servicios de salud.
Teniendo en cuenta lo expuesto, se hace necesario contar con
la información para determinar la base gravable de la contribución en los
términos señalados en el artículo 76 de la Ley 1955 de 2019 y que, a su vez, la
información reportada permita fortalecer las acciones de inspección y
vigilancia de la entidad.
Para esos efectos, el requerimiento de la información
indicada en el contenido de la presente circular constituye un determinante
para proceder al debido cálculo, determinación y recaudo del tributo señalado y
para abordar el análisis de información de las entidades del orden territorial
del nivel departamental, municipal y distrital; por lo tanto, se emiten las
siguientes instrucciones:
II. INSTRUCCIONES.
PRIMERA: Adicionar los siguientes archivos tipo al
capítulo de Entidades Territoriales (ET) al título XI – anexos técnicos de la
Circular Única:
Archivo
Tipo
|
Nombre
|
Vigilado
|
Periodicidad
|
Fecha
primer reporte
|
FT032
|
Ingresos
departamentales totales y de salud
|
ET
- del orden departamental
|
Anual
|
Fecha
corte: 31 de diciembre de 2023 Fecha reporte: 20 de abril de 2024.
|
FT033
|
Deuda por prestación de servicios de
departamentos
y distritos
|
ET
- del orden
departamental
y
distrital
|
Trimestral
|
Fecha
corte: 31 de diciembre de 2023. Fecha reporte: 20 de abril de 2024.
|
FT034
|
Deuda
por esfuerzo propio de departamentos y distritos
|
ET
- del orden
departamental
y
distrital
|
Trimestral
|
Fecha
corte: 31 de diciembre de 2023. Fecha reporte: 20 de abril de 2024.
|
Estos archivos tipo se deben reportar por el aplicativo
nRVCC, en formato TXT con separador de pipeline ( | ) y firmado digitalmente
por el representante legal, el contador público y el revisor fiscal (cuando
aplique).
PARÁGRAFO 1. El Archivo Tipo FT032 - Ingresos
departamentales totales y de salud para las entidades territoriales
departamentales corresponderá al programa o actividad exclusiva de estos en
salud y a la información financiera de la persona jurídica como un todo.
SEGUNDA: Adicionar los siguientes archivos tipo al
capítulo de Entidades Territoriales (ET) al título XI – anexos técnicos de la Circular
Única:
Archivo
Tipo
|
Nombre
|
Vigilado
|
Periodicidad
|
FT035
|
Programación y ejecución
presupuestal de ingresos del
Fondo
Local de Salud
|
ET
- del orden
departamental,
distrital y
municipal
|
Trimestral
|
FT036
|
Programación y ejecución
presupuestal de gastos del
Fondo
Local de Salud
|
ET
- del orden
departamental,
distrital y
municipal
|
Trimestral
|
Estos archivos tipo se deben reportar por el aplicativo
nRVCC, en formato TXT con separador de pipeline ( | ) y firmado digitalmente
por el representante legal, el contador público y el revisor fiscal (cuando
aplique).
PARÁGRAFO 1: El primer reporte trimestral se
realizará con corte a 31 de marzo de 2024, con plazo máximo de reporte del 30
de abril de 2024.
PARÁGRAFO 2: Además de los reportes trimestrales
antes mencionados, se realizarán dos reportes anuales, con corte a 31 de
diciembre de 2022 y 2023 (información anual y en reportes independientes),
respectivamente, ambos con un plazo máximo de reporte del 20 de abril de 2024.
Para la vigencia de 2024 y en adelante se deben reportar acumulados de forma
trimestral, de acuerdo con las fechas de reporte y demás especificaciones que
se encuentran detalladas en el numeral III. ANEXOS TÉCNICOS (Entidades
Territoriales Departamentales, municipales y distritales) de la presente
Circular.
TERCERA: Las tablas de referencia con los conceptos
financieros para el diligenciamiento de los archivos tipo FT032, FT035 y FT036,
son el AT- FT03201 - Tabla de Referencia Código Conceptos Financieros Ingresos
departamentales totales y de salud, AT-FT035 - 01 - Tabla de Referencia Código
Conceptos Ejecución presupuestal de Ingresos, AT-FT035 - 02 - Tabla
deReferencia Códigos y descripción fuente, AT-FT036 - 01 - Tabla de Referencia
Conceptos de Programación y Ejecución de Gastos, serán publicadas en la página
web de la Superintendencia Nacional de Salud, en la ruta Circulares Externas,
como anexos de la presente circular. Debido a actualizaciones que puedan
realizarse, el vigilado deberá revisar periódicamente estos anexos. Los cambios
serán publicados en la misma ruta especificada anteriormente.
III. ANEXOS TÉCNICOS
A continuación, se señalan los anexos técnicos – Archivos
Tipo que se deberán diligenciar al momento de efectuar el envío de la
información financiera complementaria, de acuerdo con la fecha de corte y fecha
máxima del reporte:
1. Anexo Técnico Archivo Tipo FT032 –
Ingresos departamentales totales y de salud
ARCHIVO TIPO FT032
Ingresos
departamentales totales y de salud
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA. Entidades territoriales
departamentales
PERIODICIDAD. Anual
FECHA DE CORTE. Diciembre 31
FECHA DEL REPORTE. Para el cierre de año (diciembre
31), el reporte se hará hasta el 10 de abril del año siguiente.
|
Elemento
|
FT032
|
#
|
Identificador
|
Atributo
s
|
Descripción
|
Longitu
d máxima
|
Registro permitido
|
1
|
codigoContable
|
Código
del concepto contable
|
Corresponde al código contable y nombre de la cuenta
relacionados en la tabla AT- FT032-01: Tabla de Referencia Código Conceptos
Financieros Ingresos departamentales totales y de salud
|
9
|
Alfanumérico
Ver
Tabla de
Referencia AT- FT03201 Código
Conceptos
Financieros
Reportar únicamente
los códigos que presenten saldo
diferente
a cero (0)
|
2
|
IngresoTotal
|
Valor
Ingreso
Total
|
Valor
correspondiente al saldo contable del ingreso total que presente a la fecha
de corte
|
15
|
Numérico
diferente a cero
|
3
|
IngresoSalud
|
Valor
Ingreso de salud
|
Valor
correspondiente al saldo contable del ingreso por concepto del sector salud
que presente a la fecha de corte
|
15
|
Numérico
diferente a cero
|
2. Anexo Técnico Archivo Tipo FT033 – Deuda
por prestación de servicios de departamentos y distritos
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA. Entidades
territoriales departamentales y distritales
PERIODICIDAD. Trimestral
FECHA DE CORTE. Marzo 31, junio 30, septiembre 30 y
diciembre 31
FECHA DEL REPORTE. 20 días calendario después
de la fecha de corte. Para el cierre de año el último día de reporte es 20 de
febrero del siguiente año.
Elemento
|
FT033
|
#
|
Identificador
|
Atributos
|
Descripción
|
Longit ud
máxim
a
|
Registro
permitido
|
1
|
tipoIdAcreedor
|
Tipo identificació n del
Acreedor
|
Tipo de documento
de identificación del acreedor
NI:=
NIT
CC:=
Cédula de ciudadanía
CE:=
Cédula de extranjería
PT:
= Permiso de Protección Temporal
|
2
|
Texto
|
|
|
|
DE: = Documento Extranjero
OT:=
Otra
|
|
|
2
|
idAcreedor
|
Número de
identificació n del
Acreedor
|
Número
de identificación del acreedor
|
17
|
Alfanuméri
co
|
3
|
dvAcreedor
|
Digito verificación
Acreedor
|
Número del dígito de verificación
del acreedor
Escriba
0 cuando no aplica
|
1
|
Numérico
|
4
|
nombreAcreedor
|
Nombre
del Acreedor
|
Razón
social o nombres y apellidos del acreedor
|
150
|
Texto
|
5
|
naturalezaAcreed
or
|
Naturaleza
del acreedor
|
Naturaleza del acreedor
PU:=
Pública
PR:=
Privada
MX:=
Mixta
|
2
|
Texto
|
6
|
tipoDeuda
|
Tipo
de la deuda
|
Concepto de la deuda
nUPC:= Servicios y tecnologías no
financiadas con cargo a la UPC (No PBS)
PNAf:= Prestación de servicios a la
población no afiliada
MIGR:=
Prestación de servicios a la población migrante no regularizada
|
4
|
Texto
|
7
|
vigenciaDeuda
|
Vigencia
de la deuda
|
Año
de la deuda en que fueron radicadas las facturas
|
4
|
Numérico
|
8
|
valorRadicado
|
Valor
facturado radicado
|
Valor
correspondiente al saldo del valor facturado radicado por vigencia
|
15
|
Numérico
|
9
|
pendienteAuditar
|
Valor
pendiente por auditar
|
Valor
correspondiente al saldo pendiente por auditar por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
0
|
valorAuditado
|
Valor
auditado
|
Valor
correspondiente a los montos auditados por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
1
|
valorGlosa
|
Valor
de la glosa definitiva
|
Valor
correspondiente al monto de la glosa definitiva por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
2
|
pendienteConcilia
r
|
Valor
pendiente por conciliar
|
Valor
correspondiente al saldo pendiente por conciliar por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
3
|
valorReconocido
|
Valor
reconocido o aprobado
|
Valor
correspondiente al monto reconocido o aprobado por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
4
|
anticipoPendiente
|
Valor
pago anticipado
|
Valor
correspondiente al pago anticipado pendiente de auditoría por vigencia
(anticipos y/o giro previo).
|
15
|
Numérico
|
1
5
|
pagadoReconocid
o
|
Valor pagado de
lo
reconocido
|
Valor
correspondiente al monto pagado de lo reconocido o aprobado por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
6
|
valorPagado
|
Valor
total pagado
|
Valor
correspondiente al monto total pagado por vigencia y por tipo de fuente
|
15
|
Numérico
|
1
7
|
PendientePago
|
Valor
pendiente de pago
|
Valor
correspondiente al monto pendiente de pago por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
8
|
sgpPrestacion
|
Valor
pagado por Fuente SGP
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente Sistema General de Participaciones
(SGP) prestación de servicios por vigencia
|
15
|
Numérico
|
1
9
|
excedenteSGP
|
Valor
pagado por Fuente excedente SGP
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente excedente Sistema General de
Participaciones (SGP) prestación de servicios por vigencia
|
15
|
Numérico
|
2
0
|
impuestoLicor
|
Valor pagado por Fuente impuesto al
consumo
de
licor
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente impuesto al consumo de licores,
vinos y aperitivos
|
15
|
Numérico
|
2
1
|
impuestoCerveza
|
Valor
pagado por Fuente impuesto al consumo de cerveza
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente impuesto al consumo de cerveza
|
15
|
Numérico
|
2
2
|
excedenteRentas
|
Valor
pagado por Fuente excedente de rentas
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente excedente de rentas cedidas por
vigencia
|
15
|
Numérico
|
2
3
|
excedenteMaestr
a
|
Valor
pagado por Fuente excedente de cuenta maestra
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente excedentes de cuenta maestra del
régimen subsidiado por vigencia
|
15
|
Numérico
|
2
4
|
transferenciasMS
PS
|
Valor
pagado por Fuente transferenci as MSPS
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente transferencias MSPS - pago
migrantes por vigencia
|
15
|
Numérico
|
2
5
|
otrosRecursos
|
Valor
pagado por Fuente otros recursos
|
Valor
correspondiente al monto pagado por fuente otros recursos propios por
vigencia
|
15
|
Numérico
|
2
6
|
cualesOtros
|
Otros
recursos
|
Diligencie campo
cualesOtros si el campo 25 otrosRecursos presentan saldo
Solo
aplica cuando otros Recursos es
mayor
a cero, de lo contrario reportar
NA
|
50
|
Texto
|
3. Anexo Técnico Archivo Tipo FT034 – Deuda por esfuerzo
propio de departamentos y distritos
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA. Entidades
territoriales departamentales y distritales
PERIODICIDAD. Trimestral
FECHA DE CORTE. Marzo 31, junio 30, septiembre 30 y
diciembre 31
FECHA DEL REPORTE. 20 días calendario después
de la fecha de corte. Para el cierre de año el último día de reporte es 20 de
febrero del siguiente año.
Elemento
|
FT034
|
#
|
Identificador
|
Atributos
|
Descripción
|
Longitu d máxima
|
Registro
permitido
|
1
|
vigenciaDeuda
|
Año y mes de la
deuda
|
Año
y mes de la deuda en que fueron radicadas las facturas (formato AAAAMM)
Ejemplo 202001 corresponde al mes de enero de 2020
|
6
|
Numérico
|
2
|
codigoEPS
|
Código
de la EPS
|
Código
de la EPS asignado por
Superintendencia
Nacional de Salud
|
6
|
Alfanuméri
co
|
3
|
valorDeuda
|
Valor
de la deuda
|
Valor correspondiente al saldo del valor de la deuda
esfuerzo propio que presente a la fecha de corte
|
15
|
Numérico
diferente a cero
|
4. Anexo Técnico Archivo Tipo FT035 - Programación y
ejecución presupuestal de ingresos del Fondo Local de Salud
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA. Entidades
territoriales departamentales, distritales y municipales
PERIODICIDAD. Trimestral
FECHA DE CORTE. Marzo 31, junio 30, septiembre 30 y
diciembre 31
FECHA DEL REPORTE. Un mes calendario después de la
fecha de corte. Para el cierre de año el último día de reporte es 20 de febrero
del siguiente año.
Elemento
|
FT035
|
#
|
Identifica
dor
|
Atributos
|
Descripción
|
Longit ud
máxim a
|
Registro
permitido
|
1
|
codIngreso
|
Código
Presupuesto
de ingresos
|
Corresponde al código del concepto
de acuerdo con el código de presupuesto de ingresos y al nombre del concepto
relacionados en la tabla AT-FT035 - 01:
Tabla
de Referencia Código Conceptos
Ejecución
presupuestal de Ingresos
|
1
|
numérico
|
2
|
codFuente
|
Código
de la fuente
|
Corresponde al código de la fuente y
a la descripción de la fuente relacionados en la tabla AT-FT035 - 02: Tabla
de
Referencia
Códigos y descripción fuente
|
10
|
Alfanuméric
o
|
3
|
pptofinal
|
Valor
Presupuesto Final
|
Valor
presupuestado al final del periodo, afectado por sus modificaciones y/o
adiciones
|
15
|
numérico
|
4
|
recaudo
|
Valor
Recaudado
|
Valor
recaudado y registrado en el presupuesto, al cierre del periodo.
|
15
|
numérico
|
5. Anexo Técnico Archivo Tipo FT036 – Programación y
ejecución presupuestal de gastos del Fondo Local de Salud
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA. Entidades
territoriales departamentales, distritales y municipales
PERIODICIDAD. Trimestral
FECHA DE CORTE. Marzo 31, junio 30, septiembre 30 y
diciembre 31
FECHA DEL REPORTE. Un mes calendario después de la
fecha de corte. Para el cierre de año el último día de reporte es 20 de febrero
del siguiente año.
Elemento
|
FT036
|
#
|
Identifica
dor
|
Atributos
|
Descripción
|
Longit ud
máxim a
|
Registro
permitido
|
1
|
codGasto
|
Código
Gasto s
|
Corresponde
al código del concepto de acuerdo con la tabla AT-FT036 - 01 : Tabla de
Referencia Conceptos de Programación y Ejecución de Gastos
|
8
|
numérico
|
2
|
codFuente
|
Código
de la fuente
|
Corresponde
al código de la fuente y
a
la descripción de la fuente relacionados en la tabla AT-FT036 - 02: Tabla de
Referencia Códigos y descripción fuente
|
10
|
Alfanuméri
co
|
3
|
pptofinal
|
Valor
Presupuesta
do Final
|
Valor
presupuestado al final del periodo, afectado por sus modificaciones y/o
adiciones para cada uno de los códigos programación gastos
|
15
|
numérico
|
4
|
compromis
os
|
Valor
de los
Compromiso s
|
Valor
de los compromisos registrados en el presupuesto, al cierre del periodo para
cada uno de los códigos ejecución gastos
|
15
|
numérico
|
5
|
obligaciones
|
Valor
de las Obligaciones
|
Valor
de las obligaciones registradas en el presupuesto, al cierre del periodo
para cada uno de los códigos ejecución gastos
|
15
|
numérico
|
6
|
pago
|
Valor
del pago
|
Valor
pagado por concepto, al cierre del periodo para cada uno de los códigos
ejecución gastos
|
15
|
numérico
|
IV. TABLAS DE REFERENCIA ANEXAS
A continuación, se señalan las tablas de referencia anexas
para poder diligenciar los anexos técnicos – Archivos Tipo que se encuentran en
la presente Circular:
AT - FT032 - 1:
Tabla de Referencia Código Conceptos Financieros Ingresos departamentales
totales y de salud
CODIGO CONTABLE
|
NOMBRE
DE LA CUENTA CONTABLE
|
4.1.05.22
|
Impuesto al consumo de tabaco y
cigarrillos
|
4.1.05.23
|
Impuesto al consumo de licores,
vinos, aperitivos y similares o participación porcentual
|
4.1.05.24
|
Impuesto al consumo de cerveza
|
4.1.05.28
|
Impuestos de rifas, apuestas y
juegos permitidos
|
4.1.05.46
|
Impuesto a ganadores sorteos
ordinarios
|
4.1.05.47
|
Impuesto a ganadores sorteos
extraordinarios
|
4.1.05.48
|
Impuesto a loterías foráneas
|
4.1.05.49
|
IVA de licores a productores
|
4.1.05.51
|
Impuesto a la venta de cerveza 8%
|
4.1.05.53
|
Impuesto unificado de azar y
espectáculos
|
4.1.05.69
|
Sobretasa al consumo de cigarrillos
y tabaco elaborado
|
4.1.10.72
|
Renta del monopolio de juegos de
suerte y azar
|
4.1.10.77
|
Renta del monopolio de licores
|
4.1.95.19
|
Impuesto al consumo de tabaco y
cigarrillos
|
4.1.95.20
|
Impuesto al consumo de licores,
vinos, aperitivos y similares o participación porcentual
|
4.1.95.21
|
Impuesto al consumo de cerveza
|
4.1.95.24
|
Impuestos de rifas, apuestas y
juegos permitidos
|
4.1.95.34
|
Impuesto a ganadores sorteos
ordinarios
|
4.1.95.35
|
Impuesto a ganadores sorteos
extraordinarios
|
4.1.95.36
|
Impuesto a loterías foráneas
|
4.1.95.37
|
IVA de licores a productores
|
4.1.95.38
|
Impuesto a la venta de cerveza 8%
|
4.1.95.40
|
Impuesto unificado de azar y
espectáculos
|
4.1.95.59
|
Sobretasa al consumo de cigarrillos
y tabaco elaborado
|
4.4.08.17
|
Participación para salud
|
4.4.21.04
|
Recursos para la financiación del
Sistema General de Seguridad Social en Salud
|
4.4.28.02
|
Para proyectos de inversión
|
4.4.28.03
|
Para gastos de funcionamiento
|
4.4.28.04
|
Para programas de salud
|
4.4.28.20
|
Recursos presupuesto general de la
Nación para aseguramiento
|
4.4.28.90
|
Otras transferencias
|
AT-FT035 - 01 -
Tabla de Referencia Código Conceptos Ejecución presupuestal de Ingresos
Código
Presupues to
Ingresos
|
|
Concepto
Presupuesto de Ingresos
|
5
|
FLS - Salud Pública
|
|
6
|
FLS
- Prestación de servicios - Población pobre en lo no cubierto con subsidios a
la demanda
|
7
|
FLS
- Prestación de servicios - Población migrante
|
8
|
FLS
- Prestación de servicios - Subsidio de la Oferta
|
9
|
FLS
- Aseguramiento
|
10
|
FLS
- Otros gastos - Inversión
|
11
|
FLS
- Otros gastos - Funcionamiento
|
|
|
|
|
AT-FT035 – 02 y
AT-FT036 – 02 - Tabla de Referencia Códigos y descripción fuente
Código Fuente
|
Descripción
Fuente
|
1.1.0.0.00
|
Disponibilidad inicial
|
1.2.1.0.00
|
Ingresos corrientes de libre
destinación
|
1.2.2.0.00
|
Ingresos corrientes de destinación
especifica por acto administrativo
|
1.2.3.1.01
|
Sobretasa - participación ambiental
- corporaciones autónomas regionales
|
1.2.3.1.02
|
Sobretasa ambiental áreas
metropolitanas
|
1.2.3.1.03
|
Impuesto sobre vehículos
automotores con destinación especifica legal
|
1.2.3.1.04
|
Impuesto a ganadores de sorteos
ordinarios y extraordinarios
|
1.2.3.1.05
|
Impuesto - sobretasa por el
alumbrado publico
|
1.2.3.1.06
|
Impuesto de registro
|
1.2.3.1.07
|
Impuesto de loterías foráneas
|
1.2.3.1.08
|
Impuesto al consumo de licores,
vinos, aperitivos y similares
|
1.2.3.1.09
|
Impuesto al consumo de cervezas,
sifones, refajos y mezclas
|
1.2.3.1.10
|
Impuesto al consumo de cigarrillos
y tabaco
|
1.2.3.1.11
|
Sobretasa fondo departamental de
bomberos
|
1.2.3.1.12
|
Impuesto de espectáculos públicos
nacional con destino al deporte
|
1.2.3.1.13
|
Impuesto sobre apuestas mutuas
|
1.2.3.1.14
|
Sobretasa bomberil
|
1.2.3.1.15
|
Sobretasa fondo de seguridad
|
1.2.3.1.16
|
Impuesto de transporte por
oleoductos y gasoductos
|
1.2.3.1.17
|
Sobretasa de solidaridad servicios
públicos acueducto, aseo y alcantarillado
|
1.2.3.1.18
|
Tasa pro deporte y recreación
|
1.2.3.1.19
|
Estampillas
|
1.2.3.2.01
|
Contribuciones sociales - salud
|
1.2.3.2.02
|
Contribuciones sociales - pensión
|
1.2.3.2.03
|
Contribuciones sociales - riesgos
laborales
|
1.2.3.2.04
|
Contribuciones sociales - subsidio
familiar
|
1.2.3.2.05
|
Contribuciones agropecuarias y
pesqueras
|
1.2.3.2.06
|
Contribución sobre contratos de
obra publica
|
1.2.3.2.07
|
Contribución del sector eléctrico
|
1.2.3.2.08
|
Copagos y cuotas moderadoras
|
1.2.3.2.09
|
Otras contribuciones con destinación
especifica legal
|
1.2.3.2.10
|
Tasas retributivas
|
1.2.3.2.11
|
Tasas compensatorias
|
1.2.3.2.12
|
Evaluación de licencias y tramites
ambientales
|
1.2.3.2.13
|
Seguimiento a licencias y tramites
ambientales
|
1.2.3.2.14
|
Derecho de ingreso áreas protegidas
|
1.2.3.2.15
|
Tasa por el uso del agua
|
1.2.3.2.16
|
Tasa por aprovechamiento forestal
|
1.2.3.2.17
|
Tasa compensatoria por caza de
fauna silvestre
|
1.2.3.2.18
|
Sobretasa ambiental - peajes
|
1.2.3.2.19
|
Tasa compensatoria por la
utilización permanente de la reserva forestal protectora bosque oriental de
Bogotá
|
1.2.3.2.20
|
Salvoconducto único nacional
|
1.2.3.2.21
|
Derechos de transito
|
1.2.3.2.22
|
Otras tasas y derechos
administrativos con destinación especifica legal
|
1.2.3.2.23
|
Multas ambientales
|
1.2.3.2.24
|
Multas código nacional de policía y
convivencia
|
1.2.3.2.25
|
Otras multas, sanciones e intereses
de mora con destinación especifica legal
|
1.2.3.2.26
|
Derechos económicos por uso de
recursos naturales con destinación especifica legal
|
1.2.3.2.27
|
Venta de bienes y servicios con
destinación especifica legal
|
1.2.3.2.28
|
Derechos por la explotación juegos
de suerte y azar
|
1.2.3.2.29
|
Participación y derechos de
explotación del ejercicio del monopolio de licores destilados y alcoholes
potables
|
1.2.3.3.01
|
Participaciones distintas del SGP
con destinación especifica legal
|
1.2.3.3.02
|
Compensaciones de ingresos
tributarios y no tributarios con destinación especifica legal
|
1.2.3.3.03
|
Aportes nación - alimentación
escolar
|
1.2.3.3.04
|
Otras transferencias corrientes de
otras entidades con destinación especifica legal del gobierno general
|
1.2.3.3.05
|
Subvenciones con destinación
especifica legal
|
1.2.3.3.06
|
Diferentes de subvenciones con
destinación especifica legal
|
1.2.3.3.07
|
Sistema general de seguridad social
en salud - otros recursos administrados por adres
|
1.2.3.3.08
|
Sistema general de seguridad social
en salud - recursos de entidades territoriales
|
1.2.3.3.09
|
Sistema general de seguridad social
en salud - recursos de cajas de compensación
|
1.2.3.3.10
|
Sistema general de seguridad social
en salud - fondos especiales del ministerio de salud y protección social
|
1.2.3.3.11
|
Sistema general de seguridad social
en salud - recursos de la compensación del
RC
|
1.2.3.3.12
|
Sistema general de seguridad social
en salud - recursos de la UPC RS
|
1.2.3.3.13
|
Sistema general de seguridad social
en salud - servicios y tecnologías no financiados con UPC
|
1.2.3.3.14
|
Sistema general de pensiones -
cuotas partes pensionales
|
1.2.3.3.15
|
Sistema general de pensiones -
otros
|
1.2.3.3.16
|
Sistema general de riesgos
laborales
|
1.2.3.3.17
|
Sentencias y conciliaciones
|
1.2.3.3.18
|
Indemnizaciones relacionadas con
seguros no de vida
|
1.2.3.4.01
|
ICLD Departamentos para FONPET
|
1.2.3.4.02
|
ICLD Ley 99 - destino ambiental
|
1.2.3.4.03
|
San Andrés con destino a Providencia
|
1.2.4.1.01
|
SGP- Educación -prestación de
servicios
|
1.2.4.1.02
|
SGP- Educación - Cancelación de
prestaciones sociales del magisterio
|
1.2.4.1.03
|
SGP- Educación - calidad por
matricula oficial
|
1.2.4.1.04
|
SGP- Educación - calidad por
gratuidad
|
1.2.4.2.01
|
SGP-salud-régimen subsidiado
|
1.2.4.2.02
|
SGP-salud-salud publica
|
1.2.4.2.03
|
SGP-salud-prestación del servicio
de salud
|
1.2.4.2.04
|
SGP-salud-subsidio a la oferta
|
1.2.4.3.01
|
SGP-propósito general-deporte y
recreación
|
1.2.4.3.02
|
SGP-propósito general-cultura
|
1.2.4.3.03
|
SGP-propósito general-propósito
general libre inversión
|
1.2.4.3.04
|
SGP-propósito general-libre
destinación municipios categorías 4, 5 y 6
|
1.2.4.4.01
|
SGP-asignación especial-programas
de alimentación escolar
|
1.2.4.4.02
|
SGP-asignación especial-municipios
de la ribera del rio magdalena
|
1.2.4.4.03
|
SGP-asignación-atención integral de
la primera infancia
|
1.2.4.6.00
|
SGP-agua potable y saneamiento
básico
|
1.2.5.1.00
|
Recursos propios de
establecimientos públicos o unidades administrativas especiales
|
1.3.1.1.01
|
Disposición de activos
|
1.3.1.1.02
|
Excedentes financieros
|
1.3.1.1.03
|
Dividendos y utilidades por otras
inversiones de capital
|
1.3.1.1.04
|
Recursos de crédito externo
|
1.3.1.1.05
|
Recursos de crédito interno
|
1.3.1.1.06
|
Donaciones
|
1.3.1.1.07
|
Transferencias de capital de otras
entidades del gobierno general
|
1.3.1.1.08
|
Otras transferencias de capital
|
1.3.1.1.09
|
Recuperación de cartera - prestamos
|
1.3.1.1.10
|
Retiros FONPET
|
1.3.1.1.11
|
Reintegros y otros recursos no
apropiados
|
1.3.1.1.12
|
Recursos de terceros
|
1.3.1.1.13
|
Capitalizaciones
|
1.3.2.1.01
|
R.F. sobretasa - participación
ambiental - corporaciones autónomas regionales
|
1.3.2.1.02
|
R.F. contribuciones - salud
|
1.3.2.1.03
|
R.F. contribuciones - pensión
|
1.3.2.1.04
|
R.F. contribuciones - riesgos
laborales
|
1.3.2.1.05
|
R.F. contribuciones - subsidio
familiar
|
1.3.2.1.06
|
R.F. contribuciones - agropecuarias
y pesqueras
|
1.3.2.1.07
|
R.F. contribución del sector
eléctrico
|
1.3.2.1.08
|
R.F. de copagos y cuotas moderadoras
|
1.3.2.1.09
|
R.F. de otras contribuciones
|
1.3.2.1.10
|
R.F. de tasas retributivas
|
1.3.2.1.11
|
R.F. de tasas compensatorias
|
1.3.2.1.12
|
R.F. evaluación de licencias y
tramites ambientales
|
1.3.2.1.13
|
R.F. seguimiento a licencias y
tramites ambientales
|
1.3.2.1.14
|
R.F. derecho de ingreso áreas
protegidas
|
1.3.2.1.15
|
R.F. tasa por el uso del agua
|
1.3.2.1.16
|
R.F. tasa por aprovechamiento
forestal
|
1.3.2.1.17
|
R.F. tasa compensatoria por caza de
fauna silvestre
|
1.3.2.1.18
|
R.F. sobretasa ambiental - peajes
|
1.3.2.1.19
|
R.F. tasa compensatoria por la
utilización permanente de la reserva forestal protectora bosque oriental de
Bogotá
|
1.3.2.1.20
|
R.F. salvoconducto único nacional
|
1.3.2.1.21
|
R.F. derechos de transito
|
1.3.2.1.22
|
R.F. de otras tasas y derechos administrativos
|
1.3.2.1.23
|
R.F. multas ambientales
|
1.3.2.2.01
|
R.F. SGP – educación -prestación de
servicio educativo
|
1.3.2.2.02
|
R.F. SGP – educación - cancelación
de prestaciones sociales del magisterio
|
1.3.2.2.03
|
R.F. SGP - educación-calidad por
matricula oficial
|
1.3.2.2.04
|
R.F. SGP - educación-calidad por
gratuidad
|
1.3.2.2.05
|
R.F. SGP - salud-régimen subsidiado
|
1.3.2.2.06
|
R.F. SGP - salud-salud publica
|
1.3.2.2.07
|
R.F. SGP - salud-prestación del
servicio de salud
|
1.3.2.2.08
|
R.F. SGP - propósito general
|
1.3.2.2.09
|
R.F. SGP - asignación
especial-programas de alimentación escolar
|
1.3.2.2.10
|
R.F. SGP - asignación
especial-municipios de la ribera del rio magdalena
|
1.3.2.2.11
|
R.F. SGP – asignación - atención
integral de la primera infancia
|
1.3.2.2.13
|
R.F. SGP - agua potable y
saneamiento básico
|
1.3.2.3.01
|
R.F. Distintos al SGP
|
1.3.2.3.02
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - otros recursos administrados por adres
|
1.3.2.3.03
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - recursos de entidades territoriales
|
1.3.2.3.04
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - recursos de cajas de compensación
|
1.3.2.3.05
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - fondos especiales del ministerio de salud y
protección social
|
1.3.2.3.06
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - recursos de la compensación del RC
|
1.3.2.3.07
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - recursos de la UPC RS
|
1.3.2.3.08
|
R.F. De sistema general de
seguridad social en salud - servicios y tecnologías no financiados con UPC
|
1.3.2.3.09
|
R.F. De sistema general de
pensiones
|
1.3.2.3.10
|
R.F. De sistema general de riesgos
laborales
|
1.3.2.3.11
|
Otros rendimientos financieros
|
1.3.3.1.00
|
Recursos del balance de libre
destinación
|
1.3.3.10.00
|
R.B. SGP-agua potable y
saneamiento básico
|
1.3.3.11.01
|
R.B. disposición de activos
|
1.3.3.11.02
|
R.B. excedentes financieros
|
1.3.3.11.03
|
R.B. dividendos y utilidades por
otras inversiones de capital
|
1.3.3.11.04
|
R.B. recursos de crédito externo
|
1.3.3.11.05
|
R.B. recursos de crédito interno
|
1.3.3.11.06
|
R.B. donaciones
|
1.3.3.11.07
|
R.B. transferencias de capital de
otras entidades del gobierno general
|
1.3.3.11.08
|
R.B. otras transferencias de capital
|
1.3.3.11.09
|
R.B. recuperación de cartera -
prestamos
|
1.3.3.11.10
|
R.B. retiros FONPET
|
1.3.3.11.11
|
R.B. reintegros y otros recursos
no apropiados
|
1.3.3.2.00
|
Recursos del balance de destinación
especifica por acto administrativo
|
1.3.3.3.01
|
R.B. sobretasa - participación
ambiental - corporaciones autónomas regionales
|
1.3.3.3.02
|
R.B. sobretasa ambiental áreas
metropolitanas
|
1.3.3.3.03
|
R.B. impuesto sobre vehículos
automotores
|
1.3.3.3.04
|
R.B. impuesto a ganadores de
sorteos ordinarios y extraordinarios
|
1.3.3.3.05
|
R.B. sobretasa por el alumbrado
publico
|
1.3.3.3.06
|
R.B. impuesto de registro
|
1.3.3.3.07
|
R.B. impuesto de loterías foráneas
|
1.3.3.3.08
|
R.B. impuesto al consumo de
licores, vinos, aperitivos y similares
|
1.3.3.3.09
|
R.B. impuesto al consumo de
cervezas, sifones, refajos y mezclas
|
1.3.3.3.10
|
R.B. impuesto al consumo de
cigarrillos y tabaco
|
1.3.3.3.11
|
R.B. sobretasa fondo departamental
de bomberos
|
1.3.3.3.12
|
R.B. impuesto de espectáculos
públicos nacional con destino al deporte
|
1.3.3.3.13
|
R.B. impuesto sobre apuestas
mutuas
|
1.3.3.3.14
|
R.B. impuesto de alumbrado publico
|
1.3.3.3.15
|
R.B. sobretasa bomberil
|
1.3.3.3.16
|
R.B. sobretasa fondo de seguridad
|
1.3.3.3.17
|
R.B. impuesto de transporte por
oleoductos y gasoductos
|
1.3.3.3.18
|
R.B. sobretasa de solidaridad
servicios públicos acueducto, aseo y alcantarillado
|
1.3.3.3.19
|
R.B. tasa pro deporte
|
1.3.3.3.20
|
R.B. estampillas
|
1.3.3.4.01
|
R.B. contribución sobre contratos
de obra publica
|
1.3.3.4.02
|
R.B. contribución del sector
eléctrico
|
1.3.3.4.03
|
R.B. otras contribuciones
|
1.3.3.4.04
|
R.B. tasas retributivas
|
1.3.3.4.05
|
R.B. tasas compensatorias
|
1.3.3.4.06
|
R.B. evaluación de licencias y
tramites ambientales
|
1.3.3.4.07
|
R.B. seguimiento a licencias y
tramites ambientales
|
1.3.3.4.08
|
R.B. derecho de ingreso áreas
protegidas
|
1.3.3.4.09
|
R.B. tasa por el uso del agua
|
1.3.3.4.10
|
R.B. tasa por aprovechamiento
forestal
|
1.3.3.4.11
|
R.B. tasa compensatoria por caza de
fauna silvestre
|
1.3.3.4.12
|
R.B. sobretasa ambiental - peajes
|
1.3.3.4.13
|
R.B. tasa compensatoria por la
utilización permanente de la reserva forestal protectora bosque oriental de
Bogotá
|
1.3.3.4.14
|
R.B. salvoconducto único nacional
|
1.3.3.4.15
|
R.B. derechos de transito
|
1.3.3.4.16
|
R.B. otras tasas y derechos
administrativos
|
1.3.3.4.17
|
R.B. multas código nacional de
policía y convivencia
|
1.3.3.4.18
|
R.B. multas ambientales
|
1.3.3.4.19
|
R.B. otras multas, sanciones e
intereses de mora
|
1.3.3.4.20
|
R.B. derechos económicos por uso
de recursos naturales
|
1.3.3.4.21
|
R.B. venta de bienes y servicios
|
1.3.3.4.22
|
R.B. derechos por la explotación
juegos de suerte y azar
|
1.3.3.4.23
|
R.B. participación y derechos de
explotación del ejercicio del monopolio de licores destilados y alcoholes
potables
|
1.3.3.5.01
|
R.B. participaciones distintas del
SGP
|
1.3.3.5.02
|
R.B. compensaciones de ingresos
tributarios y no tributarios
|
1.3.3.5.03
|
R.B. aportes nación - alimentación
escolar
|
1.3.3.5.04
|
R.B. otras transferencias
corrientes de otras entidades del gobierno general
|
1.3.3.5.05
|
R.B. subvenciones
|
1.3.3.5.06
|
R.B. diferentes de subvenciones
|
1.3.3.5.07
|
R.B. Recursos Del Sistema De
Seguridad Social Integral - Salud
|
1.3.3.5.08
|
R.B. Recursos Del Sistema De
Seguridad Social Integral - Pensiones
|
1.3.3.5.09
|
R.B. Recursos Del Sistema De
Seguridad Social Integral - Riesgos Laborales
|
1.3.3.5.10
|
R.B. sentencias y conciliaciones
|
1.3.3.5.11
|
R.B. indemnizaciones relacionadas
con seguros no de vida
|
1.3.3.6.01
|
R.B. SGP-educación-prestación de
servicio educativo
|
1.3.3.6.02
|
R.B. SGP-educación-cancelación de
prestaciones sociales del magisterio
|
1.3.3.6.03
|
R.B. SGP-educación-calidad por
matricula oficial
|
1.3.3.6.04
|
R.B. SGP-educación-calidad por
gratuidad
|
1.3.3.7.01
|
R.B. SGP-salud-régimen subsidiado
|
1.3.3.7.02
|
R.B. SGP-salud-salud publica
|
1.3.3.7.03
|
R.B. SGP-salud-prestación del
servicio de salud
|
1.3.3.7.04
|
R.B. SGP-salud-subsidio a la
oferta
|
1.3.3.8.01
|
R.B. SGP-propósito general-deporte
y recreación
|
1.3.3.8.02
|
R.B. SGP-propósito general-cultura
|
1.3.3.8.03
|
R.B. SGP-propósito
general-propósito general libre inversión
|
1.3.3.8.04
|
R.B. SGP-propósito general-libre
destinación municipios categorías 4, 5 y 6
|
1.3.3.9.01
|
R.B. SGP-asignación
especial-programas de alimentación escolar
|
1.3.3.9.02
|
R.B. SGP-asignación
especial-municipios de la ribera del rio magdalena
|
1.3.3.9.03
|
R.B. SGP-asignación-atención
integral de la primera infancia
|
AT - FT036 - 01 -
Tabla de Referencia Conceptos de Programación y Ejecución de
Gastos
Código Gastos
|
Conceptos
de Programación y Ejecución de Gastos
|
Concepto usado exclusivamente para la
programación de gastos – Valores
Presupuestados
|
19.01.01
|
Régimen subsidiado de salud
|
X
|
19.01.11
|
Régimen subsidiado de
salud-Transferencias afiliación
|
|
19.01.12
|
Régimen subsidiado de salud –
interventoría
|
|
19.01.13
|
Régimen subsidiado de salud –
Supersalud
|
|
19.01.14
|
Régimen subsidiado de salud -
Liquidación de contratos
|
|
19.01.15
|
Régimen subsidiado de salud -
Prueba piloto UPC S
|
|
19.02.01
|
Salud pública colectiva - Salud
ambiental
|
X
|
19.02.11
|
Salud pública colectiva - Salud
ambiental - Promoción de la salud
|
|
19.02.12
|
Salud pública colectiva - Salud
ambiental - Gestión de riesgo
|
|
19.02.13
|
Salud pública colectiva - Salud
ambiental - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.02
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones no trasmisibles
|
X
|
19.02.14
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones no trasmisibles - Promoción de la salud
|
|
19.02.15
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones no trasmisibles - Gestión de riesgo
|
|
19.02.16
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones no trasmisibles - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.03
|
Salud pública colectiva -
Convivencia social y salud mental
|
X
|
19.02.17
|
Salud pública colectiva -
Convivencia social y salud mental Promoción de la salud
|
|
19.02.18
|
Salud pública colectiva -
Convivencia social y salud mental Gestión de riesgo
|
|
19.02.19
|
Salud pública colectiva -
Convivencia social y salud mental Gestión de la salud pública
|
|
19.02.04
|
Salud pública colectiva - Seguridad
alimentaria y nutricional
|
X
|
19.02.20
|
Salud pública colectiva - Seguridad
alimentaria y nutricional - Promoción de la salud
|
|
19.02.21
|
Salud pública colectiva - Seguridad
alimentaria y nutricional - Gestión de riesgo
|
|
19.02.22
|
Salud pública colectiva - Seguridad
alimentaria y nutricional - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.05
|
Salud pública colectiva -
Sexualidad, derechos sexuales y reproductivos
|
X
|
19.02.23
|
Salud pública colectiva -
Sexualidad, derechos sexuales y reproductivos - Promoción de la salud
|
|
19.02.24
|
Salud pública colectiva -
Sexualidad, derechos sexuales y reproductivos - Gestión de riesgo
|
|
19.02.25
|
Salud pública colectiva -
Sexualidad, derechos sexuales y reproductivos - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.06
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones trasmisibles
|
X
|
19.02.26
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones trasmisibles - Promoción de la salud
|
|
19.02.27
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones trasmisibles - Gestión de riesgo
|
|
19.02.28
|
Salud pública colectiva - Vida
saludable y condiciones trasmisibles - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.29
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (Transferencias Nacionales) - Promoción de la Salud
|
|
19.02.30
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (Transferencias Nacionales) - Gestión de riesgo
|
|
19.02.31
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (Transferencias Nacionales) - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.32
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (SGP u otras fuentes) - Promoción de la Salud
|
|
19.02.33
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (SGP u otras fuentes) - Gestión de riesgo
|
|
19.02.34
|
Salud pública colectiva -
Tuberculosis (SGP u otras fuentes) - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.35
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (Transferencias Nacionales) - Promoción de la Salud
|
|
19.02.36
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (Transferencias Nacionales) - Gestión de riesgo
|
|
19.02.37
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (Transferencias Nacionales) - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.38
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (SGP u otras fuentes) - Promoción de la Salud
|
|
19.02.39
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (SGP u otras fuentes) - Gestión de riesgo
|
|
19.02.40
|
Salud pública colectiva - Lepra o
Hansen (SGP u otras fuentes) - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.41
|
Salud pública colectiva - Otras
Enfermedades emergentes, reemergentes y desatendidas - Promoción de la salud
|
|
19.02.42
|
Salud pública colectiva - Otras
Enfermedades emergentes, reemergentes y desatendidas - Gestión de riesgo
|
|
19.02.43
|
Salud pública colectiva - Otras
Enfermedades emergentes, reemergentes y desatendidas - Gestión de la salud
pública
|
|
19.02.44
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (Transferencias Nacionales) -
Promoción de la salud
|
|
19.02.45
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (Transferencias Nacionales) - Gestión
de riesgo
|
|
19.02.46
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (Transferencias Nacionales) - Gestión
de la salud pública
|
|
19.02.47
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (SGP u otras fuentes) - Promoción de
la salud
|
|
19.02.48
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (SGP u otras fuentes) - Gestión de
riesgo
|
|
19.02.49
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades transmitidas por vectores (SGP u otras fuentes) - Gestión de la
salud pública
|
|
19.02.50
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades trasmitidas por vía sanguínea - Promoción de la salud
|
|
19.02.51
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades trasmitidas por vía sanguínea - Gestión de riesgo
|
|
19.02.52
|
Salud pública colectiva -
Enfermedades trasmitidas por vía sanguínea - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.53
|
Salud pública colectiva - Otras
condiciones endemo epidémicas - Promoción de la salud
|
|
19.02.54
|
Salud pública colectiva - Otras
condiciones endemo epidémicas - Gestión de riesgo
|
|
19.02.55
|
Salud pública colectiva - Otras
condiciones endemo epidémicas - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.07
|
Salud pública colectiva - Salud y
ámbito laboral
|
X
|
19.02.56
|
Salud pública colectiva - Salud y
ámbito laboral - Promoción de la salud
|
|
19.02.57
|
Salud pública colectiva - Salud y
ámbito laboral - Gestión de riesgo
|
|
19.02.08
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables
|
X
|
19.02.58
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables NNA - Promoción de la salud
|
|
19.02.59
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables NNA - Gestión de riesgo
|
|
19.02.60
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables NNA - Gestión de la salud pública
|
|
19.02.61
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables Discapacidad - Promoción de la salud
|
|
19.02.62
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables Discapacidad - Gestión de riesgo
|
|
19.02.63
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables Discapacidad - Gestión de la salud
pública
|
|
19.02.64
|
Salud pública colectiva - Gestión
diferencial de poblaciones vulnerables Víctimas del conflicto armado -
Promoción de la salud
|
|
19.02.09
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria
|
X
|
19.02.76
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Planeación Integral en Salud
|
|
19.02.65
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Gastos de inversión del
laboratorio de salud pública
|
|
19.02.66
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Otros gastos de vigilancia en
salud publica
|
|
19.02.67
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Adquisición de equipos
|
|
19.02.68
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Servicio de gestión territorial
para atención en salud -pandemias- a población afectada por emergencias o
desastres
|
|
19.02.69
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Inspección, vigilancia y control
sanitario
|
|
19.02.70
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Participación social
|
|
19.02.71
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Gestión de insumos de interés en
salud pública
|
|
19.02.72
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Gestión de las intervenciones
colectivas
|
|
19.02.73
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Coordinación intersectorial
|
|
19.02.74
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Gestión del conocimiento
|
|
19.02.75
|
Salud pública colectiva -
Fortalecimiento de la autoridad sanitaria - Desarrollo de capacidades para la
gestión de salud publica
|
|
19.03.01
|
Prestación de servicios a la
Población no afiliada
|
X
|
19.03.11
|
Prestación de servicios a la
Población no afiliada - Empresas sociales del estado bajo nivel de
complejidad
|
|
19.03.12
|
Prestación de servicios a la
Población no afiliada - Empresas sociales del estado medio nivel de
complejidad
|
|
19.03.13
|
Prestación de servicios a la
Población no afiliada - Empresas sociales del estado alto nivel de
complejidad
|
|
19.03.14
|
Prestación de servicios a la
Población no afiliada - Instituciones privadas y mixtas
|
|
19.03.02
|
Subsidio a la oferta Zonas
especiales
|
X
|
19.03.15
|
Subsidio a la oferta Zonas
especiales
|
|
19.03.03
|
Prestación de servicios y
tecnologías No UPC a los afiliados al régimen subsidiado
|
X
|
19.03.16
|
Prestación de servicios y
tecnologías No UPC a los afiliados al régimen subsidiado
|
|
19.03.04
|
Subsidio a la oferta
|
X
|
19.03.17
|
Subsidio a la oferta - Empresas
sociales del Estado
|
|
19.03.18
|
Subsidio a la oferta -
Administradores de infraestructura pública
|
|
19.04.01
|
Prestación de servicios de salud de
urgencias para la población migrante
|
X
|
19.04.11
|
Prestación de servicios de salud
para la población migrante - Instituciones públicas
|
|
19.04.12
|
Prestación de servicios de salud
para la población migrante - Instituciones privadas y mixtas
|
|
19.05.01
|
Otros gastos en salud de inversión
|
X
|
19.05.11
|
Otros gastos en salud Inversión -
Investigación en Salud
|
|
19.05.26
|
Otros gastos en salud Inversión -
Reorganización de redes de prestadores de servicios de salud
|
|
19.05.27
|
Otros gastos en salud Inversión -
Inversiones directas en la red pública según plan bienal en equipos y
dotación
|
|
19.05.28
|
Otros gastos en salud Inversión -
Inversiones directas en la red pública según plan bienal en infraestructura
|
|
19.05.12
|
Otros gastos en salud - Pandemia
COVID 19
|
|
19.05.13
|
Promoción social – Víctimas
|
|
19.05.14
|
Promoción social - Discapacidad
|
|
19.05.15
|
Promoción social – Género
|
|
19.05.16
|
Promoción social - Atención
Integral Centros de larga estancia Adulto mayor
|
|
19.05.17
|
Promoción social - Atención
Integral Centros Vida o Día Adulto mayor
|
|
19.05.18
|
Promoción social - Atención
Integral Otras Modalidades Adulto mayor
|
|
19.05.19
|
Promoción social - Atención y Apoyo
a Población Indígena
|
|
19.05.20
|
Promoción social - Atención y Apoyo
a Población ROM
|
|
19.05.21
|
Promoción social - Atención y Apoyo
Población Negra, Afrodescendiente, Raizal y Palenquera
|
|
19.05.22
|
Promoción social - Población en
situación de calle
|
|
19.05.23
|
Promoción social - Población
inimputable
|
|
19.05.24
|
Programas de Saneamiento Fiscal y
Financiero Empresas Sociales del Estado – ESE
|
|
19.05.29
|
Otros gastos en salud Inversión -
Diferentes a los contemplados en las demás subcuentas
|
|
19.05.02
|
Otros gastos en salud de funcionamiento
|
X
|
19.05.25
|
Funcionamiento
|
|
V. SANCIONES.
De conformidad con lo establecido en los artículos 130 y 131
de la Ley 1438 de 2011, modificados por los artículos 2 y 3 de la Ley 1949 de
2019, la inobservancia e incumplimiento de las instrucciones impartidas en esta
circular, dará lugar a la imposición de sanciones por parte de la
Superintendencia Nacional de Salud, previo agotamiento del debido proceso
administrativo. Esto, sin perjuicio de las demás responsabilidades
disciplinarias, fiscales, penales o civiles que puedan derivarse y las
sanciones que puedan imponer otras autoridades judiciales y/o administrativas.
VI. VIGENCIA.
La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial y en la página Web de la Superintendencia
Nacional de Salud.
Dada en Bogotá
D.C., a los 05 días del mes de marzo del año 2024.
PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Carlos Leal
Angarita
LUIS CARLOS LEAL
ANGARITA
Superintendente
Nacional de Salud
Proyectó: Dirección para
Generadores, Recaudadores y Administradores de Recursos del SGSSS
Dirección Financiera
Subdirección de Metodologías e
Instrumentos de Supervisión
Revisó: Delegada para
Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y Administradores de
Recursos del SGSSS
Dirección Jurídica
Dirección de Innovación y
Desarrollo
Secretaría General
Aprobó: Patricia Lozano
Guarnizo - Delegada para Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y
Administradores de Recursos del SGSSS (E)
David Sánchez Sánchez –
Secretario General (E)
Judy Astrid Jaimes Pedraza –
Directora Jurídica (E)
Patricia Lozano Guarnizo -
Directora de Innovación y Desarrollo (E)
NOTA: Ver norma original en Anexos.
NOTA AL PIE DE PAGINA: