RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 5611 de 2005 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General

Fecha de Expedición:
30/08/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3397 de septiembre 13 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 5611 DE 2005

(Agosto 30)

Derogada por el art. 13, Resolución del IDU D.G. 1705 de 2006

«Por la cual se modifica la Resolución de Delegación de competencias y se dictan otras disposiciones».

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU,

en ejercicio de las facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en la ley 80 de 1993 y el Acuerdo 19 de 1972 y

CONSIDERANDO:

1. Que según lo dispuesto por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

2. Que el Director General del IDU, puede delegar las funciones que le son propias previa autorización de la Junta Directiva del mismo, según lo dispone el numeral 26 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972.

3. Que mediante la Resolución 014 del 26 de junio de 2001, la Junta Directiva del IDU, autorizó al Director General para delegar en los Directores Técnicos y en los Gerentes de Proyectos, teniendo en cuenta el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, algunas funciones dentro de las cuales se señalan las de "celebrar contratos y realizar todos los trámites requeridos para su adjudicación, suscripción, debida ejecución, modificación, adición, prórroga, terminación, liquidación y demás actos inherentes a la actividad contractual, hasta una cuantía equivalente a 27.973 salarios mínimos, mensuales, legales, vigentes y de acuerdo con el Plan Operativo Anual de Inversión, aprobado para cada vigencia fiscal, observando los puntos de inversión que en el se relacionan".

4. Que mediante Resolución 2089 del 17 de agosto de 2001, el Director General del IDU, delegó algunas de sus funciones en los Directores Técnicos y en los Gerentes de Proyectos.

5. Que mediante la Resolución 2162 del 4 de septiembre de 2001, se modificó y se aclaró la Resolución 2089 del 17 de agosto de 2001, en el sentido de indicar que el ejercicio de las funciones delegadas se haría de conformidad con el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, el Plan Anual de Inversión, el Plan de Contratación y el Presupuesto de funcionamiento del IDU.

6. Que mediante Resolución 4547 del 29 de mayo de 2003, se compilaron las Resoluciones 2089 del 17 de agosto de 2001 y 2162 del 4 de septiembre de 2001, con el fin de unificar las competencias de las Direcciones Técnicas y Gerencias de Proyectos.

7. Que mediante Resolución 12 del 6 de octubre de 2003, la Junta Directiva del IDU, adicionó la Resolución 14 del 26 de junio de 2001, en el sentido de autorizar a la Directora General, para delegar en el jefe de la Oficina Asesora de Gestión Social algunas funciones propias de su cargo.

8. Que Mediante Resolución 9689 del 27 de octubre de 2003, se modificó la Resolución 4547 del 29 de mayo de 2003, con el fin de reunir en un solo acto administrativo las facultades de contratación delegadas, de tal manera que se permitiera cumplir a satisfacción con los cometidos de la administración.

9. Que mediante Resolución No. 2180 del 24 de febrero de 2004, se modificó la resolución 9689 del 27 de Octubre de 2003, para delegar en el Director Técnico de Predios, la facultad de adelantar todos los trámites necesarios que conllevan a la expropiación por vía administrativa, de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el Decreto 204 de julio 3 de 2003.

10. Que mediante Resolución 3208 de 15 de marzo de 2004, se compilaron todas las resoluciones de delegación y se dictaron otras disposiciones.

11. Que por Resolución 7468 del 25 de junio de 2004, se adicionó la Resolución 3208 del 15 marzo de 2004, para delegar en el Director Técnico Financiero la función de suscribir las actas de compromiso derivadas del procedimiento de administración del Fondo para el Pago Compensatorio de Parqueaderos o Estacionamientos.

12. Que por Resolución 015 del 21 de Diciembre de 2004, la Junta Directiva, autorizó al Director General, para delegar en el Director Técnico Financiero, las funciones contenidas en el Decreto 323 de 2004, así como las de responder por las obligaciones a que hace referencia el artículo 13 del Acuerdo 065 de 2002, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 375, 377 y 381 del Decreto 624 de 1989 del Estatuto Tributario Nacional.

13. Que por Resolución 055 de Enero 13 de 2005, se adicionó el numeral cuarto del artículo primero de la Resolución 3208 del 15 de marzo de 2004, para delegar en el Director Técnico Financiero, las funciones autorizadas por la Junta Directiva.

14. Que por Resolución No. 003 de Febrero 24 de 2005, la Junta Directiva determinó, entre otras, como función de la Dirección Técnica de Apoyo Corporativo la de " Adelantar, a través de la Subdirección Técnica de Recursos Humanos, el proceso de selección de personas naturales a contratar por prestación de servicios de apoyo a la gestión, que se encuentren aprobados en el Plan de Contratación y sus modificaciones; y responder por la elaboración y legalización de los contratos que, como resultado de dicho proceso deban celebrarse en aplicación del artículo 13 del Decreto 2170 de 2002".

15. Que con el fin de optimizar los procesos y la gestión de los estudios y diseños de los proyectos, se hace necesario la integración de todos los componentes técnicos, arquitectónico, urbanístico, paisajístico, socio-ambiental y tráfico con la responsabilidad y autoridad en la Subdirección Técnica de Estudios y Diseños adscrita a la Subdirección General Técnica.

16. Que mediante Resolución Nº 7 del 28 de abril de 2005, "por el cual se modifica la Resolución 006 de 27 de mayo de 2003 y se dictan otras disposiciones; en especial los artículos 25, 29, 31, 32, 33, 34; quedando responsable de la integralidad de los estudios y diseños en la Subdirección Técnica de Estudios y Diseños adscrita a la Subdirección General Técnica.

17. Que mediante Resolución 08 del 31 de mayo de 2005 "por el cual se modifica la Resolución de Junta Directiva Nº 014 del 26 de junio de 2001"; en la cual se modifica el articulo primero donde autoriza al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para delegar en los Subdirectores Generales la ordenación del gasto, teniendo en cuenta el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos.

18. Que por las razones anteriores se hace necesario modificar la Resolución de delegación vigente, con el fin de cumplir a satisfacción con los contenidos de la administración.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO.- Modificar el numeral primero (1º) del artículo primero (1º) de la Resolución Nº 774 del 28 de febrero de 2005, el cual quedará así:

1. Delegar en el Subdirector General Técnico y los Directores Técnicos las siguientes funciones:

- Celebrar contratos cuya cuantía inicial no supere los 27.973 SMMLV y realizar todos los trámites requeridos para su adjudicación, suscripción, debida ejecución, modificación, adición, prórroga, terminación y liquidación. Así mismo, expedir los correspondientes actos administrativos inherentes a la etapa de ejecución y liquidación de los contratos, así como los relacionados con la declaratoria del siniestro y la efectividad de la Garantía Única de Cumplimiento y sus correspondientes amparos.

Para efectos de la función delegada en el presente inciso, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

Esta facultad delegada lleva consigo la ordenación del gasto derivado de la celebración y ejecución de los contratos suscritos en virtud de este acto administrativo.

Esta delegación no comprende ni los contratos de asesoría jurídica, ni prestación de servicios de apoyo a la gestión con personas naturales, Por cuanto la celebración de los mismos queda delegada expresamente en la Dirección Técnica Legal y en la Dirección Técnica de Apoyo Corporativo respectivamente.

Así mismo, esta delegación no comprende la celebración de convenios; sin embargo, respecto de estos últimos, los Directores Técnicos, quedan facultados para celebrar los contratos requeridos para dar cumplimiento a las obligaciones adquiridas por el IDU, en virtud de la suscripción de dichos convenios. El ejercicio de esta función delegada se ejercerá de acuerdo con el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, el Plan Anual de Inversión, el Plan de Contratación y el Presupuesto de Funcionamiento del IDU.

- Hacer el reconocimiento de los pasivos exigibles.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las Direcciones Técnicas Ejecutoras que hayan celebrado contratos de estudios y diseños y sus respectivas interventorías antes del 1 de septiembre de 2005 o a la fecha de que trata el articulo 3; serán responsables de todos los trámites requeridos para su ejecución, terminación y liquidación, manteniendo su calidad de ordenadores del gasto en los mismos.

Parágrafo: Lo anterior siempre y cuando la condición planteada en el articulo tercero 3º en cuanto al traslado presupuestal, sea ejecutada.

ARTÍCULO TERCERO.- A partir de la fecha de traslado del respectivo presupuesto por ejecutar y el establecido para el año 2006, será responsabilidad de la Subdirección General Técnica de planear, dirigir, ejecutar y controlar todos los contratos de estudios y diseños integrales y sus respectivas interventorías.

ARTÍCULO  CUARTO.- El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el articulo primero (1º) de la Resolución 2167 de mayo 5 de 2005.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).

CARLOS IVÁN GUTIÉRREZ GUEVARA

Director General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3397 de septiembre 13 de 2005.