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Resolución 13 de 2002 Departamento Administrativo de Planeación Distrital

Fecha de Expedición:
18/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/01/2002
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 013 DE 2002

(Enero 18)

Derogada por el art. 5, Resolución de la S.D.P. 0190 de 2007

Por la cual se conforma el Comité de Conciliación del Departamento Administrativo de Planeación Distrital (D.A.P.D.).

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION DISTRITAL,

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 15 -inciso segundo- del Decreto 854 de 2001, proferido por el Alcalde Mayor de la ciudad, en concordancia con el Decreto Nacional 1214 de 2000

Ver Acuerdo 002 de 2023 de la Secretaría Distrital de Planeación.

CONSIDERANDO

Que mediante el artículo 15 del Decreto 854 de 2001, el Alcalde Mayor de la ciudad delegó en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, la facultad de representar judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital.

-.. Qua para el efecto anterior, en la misma disposición el Alcalde Mayor ordenó a los funcionarios mencionados conformar el Comité de Conciliación en los términos del Decreto Nacional 1214 de 2000 y demás normas que lo regulen o modifiquen.

Que según el artículo 3 del Decreto 1214 de 2000, el Comité de Conciliación estará integrado por el Jefe del ente respectivo, o su delegado, por el ordenador del gasto, o quien' haga sus veces, por el Jefe de la Oficina Jurídica o de la dependencia que tenga a su cargo la defensa de los intereses litigiosos: de la entidad y por dos funcionarios de dirección o confianza que se designen.

Que el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital es también ordenador del gasto, razón por la cual en el Comité que se crea mediante la presente resolución, figura el mismo en virtud de ésta última calidad y, a la vez, un delegado suyo designado con fundamento en el artículo 3 -inciso segundo- del Decreto Nacional 1214 de 2000

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Conformar el Comité de Conciliación del D.A.P.D. con los siguientes funcionarios, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes:

1. El Asesor con Código 105 - Grado 06-, ubicado en la Dirección de la Entidad. Como delegado del Director de la misma.

2. El Director del Departamento, en su condición de ordenador del gasto.

3. El Subdirector Jurídico.

4. El Subdirector Administrativo y financiero.

5. El Gerente del Área Financiera. Modificado por la Resolución del D.A.P.D. 168 de 2002.

ARTÍCULO 2.- El comité de Conciliación integrado mediante la presente resolución se rige por lo dispuesto en el Decreto Nacional 1214 de 2000 y demás normas que lo regulen o modifiquen.

ARTÍCULO 3.- Esta Resolución rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.

MARIA CAROLINA BARCO DE BOTERO

Directora