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Decreto 202 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/05/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3758 de mayo 11 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 202 DE 2007

(Mayo 11)

"Por el cual se designan algunos miembros del Consejo Territorial de Planeación"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, y de conformidad con lo establecido en la Ley 152 de 1994 y en los acuerdos 12 de 1994 y 261 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante carta dirigida al Alcalde Mayor de Bogotá, el Presidente y el Secretario de la Mesa Directiva del Consejo Territorial de Planeación - CTP-, informaron acerca de siete vacantes existentes en dicha corporación, por renuncia de algunos de sus integrantes o ausencias permanentes sin justificación alguna de otros, por lo que solicitaron adelantar las acciones tendientes a la designación de los respectivos miembros.

Que dentro de las vacantes existentes se encuentran aquellas para las cuales fueron designados los miembros a continuación señalados, en representación de los siguientes sectores:

Nombre

Sectores

Designación

1

Gladys Turriago

Económico

Decreto 49 de 2004

2

Norberto Pinilla

Decreto 49 de 2004

3

Eduardo Peláez Herrán

Sociales

Decreto 49 de 2004

4

Mauricio Ardila

Educativo y Cultural

Decreto 150 de 2001

5

Alejandro Francisco Cardona

Comunitario

Decreto 49 de 2004

6

Sofía Díaz Jiménez

Organizaciones de Mujeres

Decreto 49 de 2004

7

Sandra Milena Rodríguez A.

Consejo Distrital de Juventud

Decreto 49 de 2004

Que mediante Acuerdo Distrital 261 de 2006 se modificó el artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994, el cual dispone una nueva conformación del Consejo Territorial de Planeación Distrital, disposición que en el parágrafo de su artículo primero establece que "las ternas serán enviadas al Alcalde Mayor, quien designará a los representantes de las distintas organizaciones, para el período constitucional correspondiente."

Que el Decreto Distrital 032 de 2007, reglamentario del Acuerdo 12 de 1994 en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital, establece en el primer inciso del artículo 10 que "de conformidad con el reglamento del CTPD, cuando se presenten ausencias permanentes sin justificación alguna, renuncias o vacancias de sus miembros, el Alcalde Mayor hará una nueva designación, con base en una nueva terna que se solicitará al sector del cual hace parte el designado."

Que el mismo artículo, en el inciso segundo, prevé que la Secretaría Distrital de Planeación será la entidad encargada de realizar la convocatoria y la respectiva evaluación, "de acuerdo con la información que entregue el CTPD" y en el inciso tercero dispone que "el resultado de la evaluación será entregado al Alcalde Mayor para que realice la respectiva designación, la cual se hará por Decreto."

Que el Decreto 034 de 2007, aclaratorio del Decreto Distrital 49 de 2004, en lo referente al periodo de los miembros del Consejo Territorial de Planeación, establece en el artículo 3 que "la Secretaría Distrital de Planeación realizará la convocatoria para la elección de los miembros cuyas vacantes se encuentren disponibles, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 261 de 2006, entre los que figuran un representante de la población indígena elegido por los cabildos legalmente reconocidos en el Distrito Capital, un representante de por cada uno de los Consejos de Planeación Local y un representante de cada uno de los Consejos Distritales legalmente reconocidos."

Que el parágrafo de dicho artículo señala que "los nuevos miembros serán designados por el término que reste para culminar el presente período constitucional, sin perjuicio de que puedan continuar ejerciendo sus funciones hasta que culmine el nuevo proceso de selección."

Que en cumplimiento de las disposiciones señaladas, la Secretaría Distrital de Planeación adelantó la convocatoria pública a las organizaciones de la sociedad civil, para que en representación de los sectores económico, social, educativo y cultural, comunitario y de las organizaciones de mujeres, presentaran las respectivas ternas, con el fin de ocupar las vacantes señaladas por la Mesa Directiva del Consejo Territorial de Planeación.

Que la convocatoria contó dentro de sus estrategias de comunicación con la publicación de avisos de prensa en el periódico El Tiempo, durante los días 11 y 18 de febrero de 2007.

Que una vez cerrada la convocatoria, cinco organizaciones presentaron a consideración de la Administración Distrital un total de quince hojas de vida, distribuidas así: por el sector económico una terna; por el sector social dos ternas, por el sector comunitario una terna y por las organizaciones de mujeres una terna. Por parte del sector educativo y cultural no se presentaron postulaciones.

Que una vez analizadas las hojas de vida de las personas postuladas por las organizaciones antes descritas y de acuerdo con los criterios de evaluación preparados por la Secretaría Distrital de Planeación, en cumplimiento de la facultad otorgada por el artículo 10 del Decreto 032 de 2007, los cuales fueron publicados previamente en la página web de la entidad, se recomendó al Alcalde Mayor de la ciudad los nombres de las personas con mayor calificación en la evaluación.

Que de acuerdo con sus estatutos, los cabildos indígenas legalmente reconocidos en el Distrito Capital, los Consejos de Planeación Local de cada una de las Localidades del Distrito Capital y los Consejos Distritales de Juventud, Política Social, Atención a Victimas de Violencia Intrafamiliar y Violencia y Explotación Sexual, Discapacidad, Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y el Consejo Consultivo de Ordenamiento, se reunieron y designaron los respectivos representantes ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Que una vez surtido y verificado el proceso de selección, procede la designación de las personas que aparecen relacionadas en los artículos 1 y 2 del presente Decreto, así como la autorización para que los Consejos de Planeación Local, de acuerdo con su reglamento, elijan y presenten los representantes ante el CTPD.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 044 de 2008

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Designar a las personas que se relacionan a continuación como miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD -, por el tiempo restante del período que le correspondía al miembro saliente:

1. POR EL SECTOR DE LOS GREMIOS ECONÓMICOS:

*Gloria Esperanza Hernández Pira, identificada con C. de C. Nº 51.693.243 de Bogotá

2. POR EL SECTOR SOCIAL:

*José Roque Cabuya Camacho, identificado con la C. de C. Nº 17.044.967 de Bogotá

3. POR EL SECTOR COMUNITARIO:

*Álvaro Amarís Rojas, identificado con la C. de C. Nº 19.341.321 de Bogotá

4. POR EL SECTOR DE LAS ORGANIZACIONES DE MUJERES:

*Hilda María García, identificada con la C. de C. Nº 51.615.324 de Bogotá

Parágrafo: Los miembros del CTPD designados en el presente artículo ocupan las vacantes existentes y reemplazan a los señores Gladys Turriago del Sector Económico, Eduardo Pérez Herrán del Sector Social, Alejandro Francisco Cardona del Sector Comunitario y Sofía Díaz Jiménez del sector de las Organizaciones de Mujeres. Permanecen vacantes las representaciones del Sector Económico y del Sector Educativo y Cultural.

ARTÍCULO 2. Designar como nuevos miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital, en representación de la población indígena capitalina y de los siguientes Consejos Distritales legalmente reconocidos, a las siguientes personas:

1. POR LOS CABILDOS INDÍGENAS LEGÁLMENTE RECONOCIDOS:

*Isidoro Jasoy Chasoy, identificado con la C. de C. Nº 5.348.359 de Santiago (Putumayo).

2. POR EL CONSEJO DISTRITAL DE JUVENTUD:

*Diana Milena Ávila Pedraza, identificada con la C. de C. Nº 53.014.876 de Bogotá.

3. POR EL CONSEJO DISTRITAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y VIOLENCIA Y EXPLOTACIÓN SEXUAL:

*María Cristina Monroy, identificada con la C. de C. Nº 51.957.498 de Bogotá.

4. POR EL CONSEJO DISTRITAL DE DISCAPACIDAD:

*Jenny Gómez Casteblanco, identificada con la C. de C. Nº 20.622.347 de Bogotá.

5. POR EL CONSEJO DISTRITAL DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA POBLACIÓN DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA:

*Evelio Rodríguez, identificado con la C. de C. Nº 5.134.679 de Valledupar

6. POR EL CONSEJO CONSULTIVO DE ORDENAMIENTO:

*Clemencia Escallón Gartner, identificada con la C. de C. Nº 51.573.335 de Bogotá

7. POR EL CONSEJO DISTRITAL DE POLITICA SOCIAL:

*Nestor Rodríguez Ardila, identificado con la C. de C. Nº 19.189.652 de Bogotá

ARTÍCULO 3. Los representantes de los Consejos de Planeación Local serán designados por dichas instancias, para lo cual deberán entregar a la Secretaría Distrital de Planeación copia del acta de la sesión en la que se consigne su designación.

ARTÍCULO 4. Los representantes de los sectores no mencionados en este Decreto continuarán siendo los designados mediante los Decretos Distritales 150 de 2001 y 049 de 2004.

ARTÍCULO 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C. a los 11 días del mes de Mayo de 2007

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá

ARTURO FERNANDO ROJAS ROJAS

Secretario Distrital de Planeación