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Decreto 580 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/12/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 580 DE 2007

(Diciembre 17)

"Por medio del cual se adopta el Manual del usuario del Sistema de Información de Procesos Judiciales SIPROJ WEB BOGOTA y Se dictan otras disposiciones en la materia para asegurar su funcionamiento"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 35 y 38, numeral 3º, del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política consagra, en el artículo 2º, que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden social justo.

Que conforme al artículo 88 de la Constitución Política es un derecho e interés colectivo el patrimonio público y la moralidad administrativa.

Que conforme al artículo 209 de la Carta y en armonía con lo anterior, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y desconcentración de funciones.

Que conforme al artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C, es el Jefe del Gobierno y de la Administración Distrital y es el representante legal, judicial y extrajudicial de la Ciudad.

Que conforme al artículo 38º ibídem son atribuciones del Alcalde Mayor dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito; distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas, y señalarle las funciones a los empleos de la administración central.

Que conforme al artículo 39 el Alcalde Mayor dictará las normas reglamentarias que garanticen la vigencia de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, descentralización, delegación y desconcentración en el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Que la representación legal, judicial y extrajudicial de los organismos, entidades y órganos de control del Distrito Capital es una función pública de interés general que debe asegurar la vigencia de un orden social justo, la protección de los derechos y la defensa del patrimonio distrital.

Que dicha función administrativa es coordinada por la Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogotá, D.C, cabeza de Sector Gestión Pública, y le corresponde expedir las políticas en materia de defensa judicial y prevención del daño antijurídico.

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. como organismo gestor del desarrollo, implementación e implantación de herramientas informáticas, aplicando tecnología Internet en materia jurídica, ha desarrollado el sistemas de información de Procesos Judiciales – SIPROJ WED BOGOTA, disponible en la página Web de la Alcaldia Mayor de Bogotá.

Que el SIPROJ WEB BOGOTA ha sido entregado, implantado y actualmente es utilizado por la totalidad de los órganos de control, organismos y entidades distritales.

Que la administración del SIPROJ WEB BOGOTA le corresponde a la Secretaría General de la Alcaldia Mayor de Bogotá, D.C, a través de la Dirección Jurídica Distrital.

Que con el fin de optimizar su funcionamiento, uso, desarrollo y sostenibilidad, además de realizar un efectivo acompañamiento y articulación con los organismos y entidades distritales, se hace imprescindible expedir un Manual del Usuario para el SIPROJ WEB BOGOTA.

Que de conformidad con lo expuesto,

Ver el art. 12, Decreto Distrital 581 de 2007

DECRETA:

ARTÍCULO  1. MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROCESOS JUDICIALES. Adoptar el Manual del Usuario del Sistema de Información de Procesos Judiciales –SIPROJWEB- Bogotá, anexo al presente Decreto y que hace parte integrante del mismo.

Dentro de los 5 días siguientes a la expedición del presente Decreto, la Secretaría General deberá publicar el Manual en Internet, a través del Régimen Legal de Bogotá y ponerlo a disposición de todos los usuarios e interesados en el SIPROJ WEB BOGOTA y en la biblioteca jurídica virtual que desarrolla la Dirección Jurídica Distrital.

La Secretaría General deberá publicar y repartir a todos los órganos, organismos y entidades del Distrito Capital, en medio impreso el citado manual, debiendo el mismo reposar en el inventario de la respectiva entidad.

PARÁGRAFO. El contenido del Manual de Usuario SIPROJWEB Bogotá será utilizado como herramienta de trabajo para la consulta, análisis y actualización de información judicial relacionada con Bogotá.

Ver la Resolución de la Sec. General 377 de 2007

ARTÍCULO 2. DISPOSICIONES ESPECIALES PARA ASEGURAR LA ESTABILIDAD Y EFECTIVIDAD DEL SIPROJ WEB BOGOTA. Dispóngase las siguientes medidas administrativas con el propósito de asegurar la estabilidad y efectividad del SIPROJ WEB BOGOTÁ:

  1. El acceso al SIPROJ WEB BOGOTÁ estará en la página principal de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, www.bogota.gov.co

  2. Se dispondrá acceso para los ciudadanos a la información estadística que arrojen los módulos del SIPROJ, los órganos, organismos y entidades ingresarán a los módulos del sistema a través del otorgamiento de una contraseña, expedida conforme al manual del usuario.

  3. Los jefes de las oficinas jurídicas del Distrito Capital o quienes tengan a su cargo tales funciones serán responsables de la correcta actualización y uso del SIPROJ WEB BOGOTA respecto de los procesos a cargo de su respectivo organismo o entidad.

  4. Los abogados del Distrito Capital a quienes se haya encomendado la representación judicial o extrajudicial del Distrito Capital tendrán como función mantener actualizada, precisa y depurada la información particular de cada proceso judicial o trámite extrajudicial registrado en el Sistema.

    Los jefes de las oficinas jurídicas del Distrito Capital deberán exigir el cumplimiento de la anterior disposición a los apoderados respectivos.

  5. Facúltese a la Dirección Jurídica Distrital para realizar los requerimientos a los órganos, organismos y entidades de la Administración Distrital, cuando no estén dando estricto cumplimiento a las anteriores disposiciones.

Los requerimientos de la Dirección Jurídica Distrital son de obligatorio cumplimiento y deberán ser atendidos en la menor brevedad y con la mayor diligencia.

ARTÍCULO  3. VIGENCIA.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Diciembre 17 de 2007

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General