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Decreto 366 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/10/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/10/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4090 de octubre 31 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 366 DE 2008

(Octubre 30)

Derogado por el Art. 15, Decreto Distrital 058 de 2018.

"Por el cual se regula el Proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción denominado "Trámite Fácil, Construcción Positiva", y se dictan otras disposiciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en particular las que le confieren los numerales 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 308 de 2008 mediante el cual se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2008-2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", consagra entre otras de las metas asociadas a la materialización de la política del Hábitat, la reducción en 12% del déficit de vivienda en la ciudad, a partir de la generación de 100.920 soluciones de vivienda de interés prioritario e interés social durante la vigencia del Plan.

Que para apoyar el cumplimiento de ésta y otras metas del Plan, el Acuerdo 308 de 2008, señala la necesidad de coordinar acciones interinstitucionales e intersectoriales en torno a un proyecto que logre mejorar la gestión de los trámites que deben surtir los proyectos de urbanismo y construcción de vivienda en la ciudad.

Que de conformidad con el artículo 115 del Acuerdo 257 de 2006, mediante el cual se estableció la estructura, organización y funcionamiento de los Organismos y Entidades del Distrito Capital, la Secretaría Distrital del Hábitat tiene por objeto "formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural en orden a aumentar la productividad del suelo urbano, garantizar el desarrollo integral de los asentamientos y de las operaciones y actuaciones urbanas integrales, facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y articular los objetivos sociales económicos de ordenamiento territorial y de protección ambiental".

Que en desarrollo de lo anterior, la Secretaría Distrital del Hábitat debe diseñar, promover y ejecutar con las demás entidades responsables, las acciones que propendan por la articulación y eficiencia en los procesos y procedimientos inherentes a la gestión relacionada con el desarrollo de proyectos urbanísticos en la ciudad que generen viviendas para las poblaciones más vulnerables, razón por la cual se ha diseñado el proyecto "Trámite Fácil, Construcción Positiva" que enmarca el conjunto de acciones que se deberán adelantar para el mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción en Bogotá D.C.

Que corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de sus Direcciones de Desarrollo Institucional y Servicio al Ciudadano, dirigir, la formulación de las políticas, planes y programas relacionados con la mejora de los macroprocesos, trámites, procesos y procedimientos relativos a la prestación de los diferentes servicios al ciudadano.

Que en este sentido, el proyecto requiere la acción conjunta de quince (15) entidades distritales en función de su participación en la cadena de trámites de urbanismo y construcción, tal como se muestra a continuación:

Sector

Entidad

Nombre del Trámite

Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia:

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-DADEP

Suscripción de actas de recibo de las zonas de cesión obligatoria gratuita en aplicación del Decreto 161 de 1999 y demás normas que lo modifiquen o complementen.

Escrituración de las zonas de cesión obligatorias gratuitas a favor del Distrito Capital (Decreto 161 de 1999 y demás normas que lo modifiquen o complementen.)

Dirección de Prevención y Atención de Emergencias -DPAE

Emisión de Conceptos Técnicos de Riesgo para Licencias de Urbanismo y Construcción.

Sector Hacienda:

Secretaría Distrital de Hacienda-SDH

Solicitud de acreditación de liquidación y pago del impuesto predial.

Liquidación y pago del impuesto de delineación urbana.

Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD

Certificación de cabida y linderos.

Englobes.

Desenglobes.

Asignación provisional de nomenclatura.

Sector Planeación

Secretaría Distrital de Planeación-SDP

Solicitud de estudio y aprobación del plano topográfico (Incorporación plano topográfico).

Solicitud de actualización del plano topográfico-vial.

Incorporación de Plano Urbanístico.

Solicitud de licencia de ocupación e intervención del espacio público.

Determinación del precálculo del efecto plusvalía.

Solicitud de actualización de plusvalía.

Cálculo de Plusvalía.

Certificado de Estratificación.

Solicitud Certificación de Redes Servicios Públicos (Acuerdo 278 de 2007, y demás normas que lo modifiquen o complementen).

Sector Cultura, Recreación y Deporte

Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD

Aprobación del proyecto específico de zonas de cesión para parques y equipamientos (Decreto 190/04) - Constancia de la visita de inspección del IDRD (Art. 8 Decreto 502 de 2003, y demás normas que lo modifiquen o complementen).

Liquidación y recaudo del pago del fondo compensatorio de cesiones públicas para parques y equipamientos, aplicación del Decreto 323 de 2004, y demás normas que lo modifiquen o complementen.

Sector Ambiente

Secretaría Distrital de Ambiente-SDA

Evaluación técnica de arbolado urbano.

Registro de publicidad exterior visual.

Sector Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad-SDM

Solicitud de revisión y aprobación de los estudios de tránsito.

Revisión y Aprobación de Proyectos de Diseño de Señalización.

Revisión y aprobación de planes de manejo de tránsito.

Instituto de Desarrollo Urbano-IDU

Solicitud de aprobación del diseño de pavimento, interventoría y recibo de vías locales a urbanizadores.

Solicitud de estudio y expedición de la licencia de excavación.

Sector Hábitat

Secretaría Distrital del Hábitat-SDHT

Solicitud de radicación de documentos para la enajenación de inmuebles.

Solicitud de registro de enajenadores.

Metrovivienda

Solicitud traslado para provisión de Vivienda de Interés Social -VIS y Vivienda de Interés Prioritario –VIP, respecto a inmuebles sometidos a tratamiento de desarrollo.

Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos-UAESP

Disponibilidad del Servicio de Aseo.

Asesoría sobre el manejo de unidades de almacenamiento de residuos sólidos.

Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB

Posibilidad de Servicios y datos técnicos.

Revisión de proyectos de redes externas.

Servicio Temporal.

Entrega de redes externas.

Solicitud y aprobación de acometidas nuevas.

Comunicación de rechazo o aprobación de solicitudes definitivas.

Homologación de medidores.

Autorización de instalación de medidores.

Entrega y recibo de medidores.

Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A.-ETB

Disponibilidad de servicio.

Radicación del proyecto.

Sector Gestión Pública

Secretaría General

Formulación de políticas, planes y programas para mejorar macroprocesos, trámites, procesos y procedimientos relativos a la prestación de los diferentes servicios al ciudadano y coordinación general.

Que igualmente, se requiere la colaboración y participación de entidades externas a la Administración Distrital tales como: el Ministerio de Minas y Energía, la Superintendencia de Notariado y Registro por intermedio de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (Zonas Norte, Centro y Sur), los Notarios del Círculo de Bogotá, las Curadurías Urbanas del Distrito Capital, la Empresa Gas Natural S.A.ESP., y la Empresa Codensa S.A. ESP.

Que por lo anterior, se hace necesario definir la estructura y el esquema de funcionamiento y articulación para la ejecución del proyecto "Trámite Fácil, Construcción Positiva" por parte de las entidades del Distrito Capital que intervienen en el proceso de Urbanismo y Construcción.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 177 de 2010, Ver la Resolución del IDU 1682 de 2010, Ver Directiva Distrital 008 de 2015

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto.- El presente Decreto tiene por objeto definir y regular las acciones a adelantar en el proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción en Bogotá D.C., denominado "Trámite Fácil, Construcción Positiva", dentro del marco general de competencias de las entidades del Distrito.

Artículo  2°.- Entidades públicas relacionadas con el proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción. Dentro del marco de sus competencias, las siguientes Entidades deberán atender las disposiciones del presente Decreto, con el objeto de agilizar los trámites de urbanismo y construcción en el Distrito Capital:

  1. Secretaría Distrital de Planeación
  2. Secretaría Distrital de Hacienda
  3. Secretaría Distrital de Ambiente
  4. Secretaría Distrital del Hábitat
  5. Secretaría Distrital de Movilidad
  6. Secretaría General
  7. Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público
  8. Instituto Distrital de Recreación y Deporte
  9. Instituto de Desarrollo Urbano
  10. Dirección de Prevención y Atención de Emergencias
  11. Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital
  12. Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos
  13. Metrovivienda
  14. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
  15. Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá.

Artículo 3°.- Fases y componentes del proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción. El proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo "Trámite Fácil, Construcción Positiva", se desarrollará en torno a cinco (5) componentes principales:

  1. Procedimientos internos en las Entidades.

  2. Tecnología e informática

  3. Marco legal y normativo.

  4. Estructura Organizacional.

  5. Información y capacitación.

Las acciones de cada uno de estos componentes se desarrollarán en las siguientes fases:

  1. Diagnóstico.

  2. Formulación de propuestas de mejoramiento.

  3. Implementación de propuestas de mejoramiento.

  4. Seguimiento, evaluación y ajuste.

Artículo 4°.- Coordinación del proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción. La coordinación distrital del proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación "Trámite Fácil, Construcción Positiva" estará a cargo de la Secretaría Distrital del Hábitat, quien deberá convocar, articular, asesorar y apoyar a las diferentes entidades competentes en la cadena de trámites de urbanismo y construcción, así como mantener la memoria institucional del proyecto.

En función del rol de coordinador, la Secretaría Distrital del Hábitat gestionará recursos para apoyar la ejecución del Proyecto "Trámite Fácil, Construcción Positiva".

Artículo 5°.-Equipo Ejecutor del Proyecto. El equipo ejecutor del proyecto estará conformado por las quince (15) Entidades distritales señaladas en el artículo 2° del presente Decreto.

Parágrafo.- La Secretaría Distrital del Hábitat como coordinador del proyecto, vinculará a la ejecución del mismo a las entidades públicas, privadas y mixtas, distritales y nacionales, señaladas en el presente Decreto; así como al gremio de la construcción en la ciudad CAMACOL Bogotá-Cundinamarca.

Artículo 6°.- Responsabilidades de las entidades distritales.- Las entidades distritales que intervienen en el Proceso de Urbanismo y Construcción y que hacen parte del proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación "Tramite Fácil Construcción Positiva" tendrán las siguientes responsabilidades:

  1. Disponer de los recursos humanos, físicos, tecnológicos, técnicos y financieros que requiera el desarrollo del proyecto, de acuerdo con el avance del mismo.

  2. Adelantar las gestiones internas necesarias para el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto, en lo que respecta a los trámites de su competencia.

  3. Suministrar la información requerida para el desarrollo del proyecto en los tiempos que se estipulen para tal fin.

  4. Asistir y participar en las mesas de trabajo que convoque la Secretaría Distrital del Hábitat.

  5. Cumplir y llevar a cabo los compromisos que se generen en el marco del desarrollo del proyecto.

Artículo 7°.- Vigencia.- El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días de octubre de 2008

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

CATALINA VELASCO CAMPUZANO

Secretaria Distrital del Hábitat

OSCAR ALBERTO MOLINA GARCÍA

Secretario Distrital de Planeación

LUIS BERNARDO VILLEGAS

Secretario Distrital de Movilidad

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Secretario Distrital de Hacienda

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Secretario Distrital de Ambiente