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Circular 1 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
02/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2008
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 001 DE 2008

(Diciembre 02)

Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

Para:

COMITÉS DE CONCILIACIÓN DE LAS SECRETARIAS DE DESPACHO; DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS; UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON O SIN PERSONERÍA JURÍDICA; ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL, ALCALDIAS LOCALES, VEEDURÍA, PERSONERÍA Y CONTRALORÍA DISTRITALES.

De:

DIRECTORA JURÍDICA DISTRITAL

Asunto:

FORMATO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Y LA DEFENSA JUDICIAL EN EL DISTRITO CAPITAL.

En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo de la Resolución 300 del 10 de octubre del 2008, modificado por el artículo de la Resolución 330 del 31 del mismo mes y año, expedidas por el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., atentamente les comunico que la Dirección Jurídica Distrital adoptó, mediante la Resolución 012 de 2008, el formato de seguimiento al cumplimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico y la defensa judicial, el cual se anexa a la presente Circular.

Para el diligenciamiento del formato adoptado debe tenerse en cuenta lo siguiente:

- Identificar con exactitud el expediente administrativo o judicial en el cual se aplicó la norma que contiene la política pública evaluada. Tratándose de expedientes judiciales deberá consignarse el número del proceso tal como se registra en Siprojweb.

  • Identificación del Acto Administrativo expedido por la respectiva entidad, que se haya derivado de la norma que contiene la política evaluada.

  • La columna de "Observaciones y recomendaciones" es el espacio propicio para que la entidad u organismo público exprese no sólo sus dificultades y logros en la aplicación de la política evaluada, sino propuestas para su modificación o adición.

Conviene recordar, a los Comités de Conciliación de las entidades u organismos distritales, que los reportes de información a través del formato adoptado se harán dos veces al año, específicamente, el 15 de febrero y el 15 de agosto de cada anualidad, según lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución 300 de 2008 del Secretario General.

Adicionalmente se les comunica que el formato puede ser consultado en la dirección electrónica http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33411.

Cordialmente,

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

Directora Jurídica Distrital

Anexo: Lo anunciado en 20 folios.