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Acuerdo 351 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 351 DE 2008

(Diciembre 23)

POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 079 DE 2003 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 7º, 12º, numerales 18 y 23, y el artículo 13 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver Proyectos de Acuerdo 487 y 615 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. Adiciónese al artículo 117 del Acuerdo 079 de 2003, el siguiente numeral:

Se prohíbe a los menores de edad la venta, compra y porte de herramientas de las siguientes características: Punzantes, cortantes (incisas), corto punzantes, inciso - contusas.

Parágrafo Primero: Se exceptúan de esta prohibición las herramientas con fines laborales y educativos.

Parágrafo Segundo: La transgresión a la anterior disposición dará lugar a imponer las medidas correctivas establecidas en el artículo 164 del Acuerdo 079 de 2003.

ARTÍCULO 2º. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

Presidente

MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C