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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 001 DE 2009 (Febrero 04) Adicionada por la Resolución de la Contraloría Distrital 08 de 2010, Derogada por el art.5, Resolución Contraloría Distrital 23 de 2013. "Por la cual se adoptan las denominaciones de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C. y se modifican los códigos de las mismas" EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que el Acuerdo 361 de 2009, organizó la Contraloría de Bogotá, D.C., determinó las funciones por dependencias, fijó los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento, estableció su estructura organizacional y dictó otras disposiciones. Que el Acuerdo 362 de 2009 modificó la planta de personal de la Contraloría de Bogotá. Que en ejercicio de la autonomía administrativa consagrada en el artículo 6° del Acuerdo 361 de 2009, le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C. definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones. Que es necesario adoptar las denominaciones de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C. Que es necesario modificar los códigos para identificar las dependencias de la entidad, en los diferentes trámites técnicos y administrativos, adoptados mediante la Resoluciones Reglamentarias 011 del 12 de junio de 2001 y 035 de 9 de septiembre de 2004. Que es necesario asignar un código de identificación para las comunicaciones emitidas por el Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., quien de conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993 ejerce la vigilancia de la gestión fiscal ante la entidad, o sus colaboradores, que hacen parte de la planta de la Auditoría Fiscal según el Acuerdo 362 de 2009. Que el uso de los códigos facilita la comunicación interna y simplifica el manejo y administración de documentos en la Contraloría de Bogotá, D.C. Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C. expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la entidad, con el fin de fortalecer su estructura de control. Que el MECI contiene entre otros elementos de control del Subsistema de Control de Gestión, la información primaria, secundaria y sistemas de información, que permiten el flujo de información y el control de datos y documentos que se procesan al interior de la Contraloría. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar las denominaciones de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C., establecida por el Acuerdo 361 de 2009 y modificar los códigos de las mismas, así:
PARÁGRAFO. Corresponde a la Dirección de Planeación determinar los códigos a los grupos, áreas o programas de trabajo de carácter especial o permanente que se conformen, para que sea utilizado en los diferentes procesos técnicos y administrativos en que intervengan, en especial los relacionados con el trámite de la correspondencia. ARTÍCULO SEGUNDO. Asignar el código 180000 para las comunicaciones emitidas por el Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. o sus colaboradores. ARTÍCULO TERCERO. El código asignado a cada dependencia será utilizado para preparar y tramitar las comunicaciones oficiales internas y externas, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Entidad. ARTÍCULO CUARTO. A partir de la vigencia de esta resolución todos los trámites administrativos que se realicen en la Contraloría de Bogotá D.C. deberán identificarse con la nomenclatura prevista en la presente resolución. PARÁGRAFO. Las áreas de correspondencia y archivo de la Dirección Administrativa y Financiera devolverán a la dependencia de origen la correspondencia que no se tramite con la nueva nomenclatura y códigos y verificarán, en coordinación con la Oficina de Control Interno, su estricto cumplimiento de lo ordenado en esta resolución. ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir del 9 de febrero de 2009 y deroga las Resoluciones Reglamentarias 011 y 035 del 12 de junio de 2001 y 09 de septiembre de 2004 respectivamente y las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de febrero de dos mil nueve (2009). MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI Contralor de Bogotá D.C. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4148 de febrero 6 de 2009. |