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RESOLUCIÓN 208 DE 2017 (Mayo 19) Por la cual se
efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia
fiscal de 2017 EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las
atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto
Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo
Distrital No. 657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el
31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones. Que mediante el Decreto
Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual
de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital,
para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2017 y se dictan otras disposiciones. Que de acuerdo al
principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del
Decreto Distrital 714 de 1996, 'Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y
Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto
Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la
administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme
al fin para el cual fueron programadas. Que el Artículo 63 del
mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario
aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer
otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto
mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de
apropiaciones". Que el Artículo 1° del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el
Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá,
Distrito Capital" establece
que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los
órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los
organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto
agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e
inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución
expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos
Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación
se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital". Que mediante
comunicación con radicado No. 3-2017-8982 del 06 de abril de 2017, la jefe de Oficina de la Alta Consejería Para los Derechos
de las Víctimas, la Paz y la reconciliación de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento de adición de recursos
para el rubro presupuestal 3-3-4 "Pasivos Exigibles", con la
finalidad de respaldar presupuestalmente el pago al Contratista Unión Temporal
FT Bogotá. Que mediante la
Resolución 164 del 19 de abril de 2017, la obligación contractual fue
reconocida por el Ordenador del Gasto de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C. Que mediante radicado
N. 1-2017-5573 del 8 de marzo de 2017 de la Secretaría General, fue recibido
concepto favorable por parte de la Secretaría Distrital de Planeación para
trasladar al rubro de pasivos exigibles el monto de $62.357.299. Que dentro del monto
recién mencionado se encuentra contenida la cifra de Treinta y nueve millones
doscientos veintiséis mil novecientos veinticuatro pesos m/cte
($39.226.924), correspondiente a la obligación contractual con el Contratista
Unión Temporal FT Bogotá. Que mediante
comunicación No. 2017EE90597 del 17 de mayo de 2017, la Directora Distrital de
Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación
presupuestal en mención. Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en
el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Treinta y nueve millones
doscientos veintiséis mil novecientos veinticuatro pesos m/cte
($39.226.924) así:
Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios
Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría
Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la
Oficina Asesora de Planeación, Oficina Alta Consejería Para Los Derechos de las
Víctimas, la Paz y La Reconciliación y a la Subdirección Financiera de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su expedición COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a
los 19 días del mes de mayo del año 2017. RAÚL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |