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RESOLUCIÓN 413 DE 2017 (Julio 26) Por
la cual se adopta el manual de recepción y trámite para las peticiones, quejas,
reclamos, sugerencias ante el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y
Cambio Climático - IDIGER EL DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMATICO - IDIGER En uso de sus facultades
legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, en
concordancia con el Acuerdo Distrital 546 de 2013 y los numerales 11 y 12 del
artículo 7° del Decreto Distrital 173 de 2014 y, CONSIDERANDO: Que
el artículo 2° de la Constitución Política de Colombia señala que uno de los fines
esenciales del Estado es servir a la comunidad, promover la prosperidad general
y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados
en la misma. Que
la Constitución Política de Colombia en su artículo 83 consagra el principio de
la buena fe para todas las actuaciones que adelanten los particulares y las
autoridades públicas, mientras que el artículo 84 de la misma prescribe que las
autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o
requisitos adicionales a los establecidos legalmente. Que
el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia contempla que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad. Que
la Ley 190 de 1995 dicta las normas tendientes a preservar la moralidad en la
Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la
corrupción administrativa, específicamente, en su artículo 55 contempla que las
quejas y reclamos se resolverán o contestarán siguiendo los principios,
términos y procedimientos dispuestos en el Código Contencioso Administrativo
para el ejercicio del derecho de petición. Que
la Ley 872 de 2003 crea el Sistema de Gestión de Calidad en la rama ejecutiva,
el cual fue adoptado para el Distrito Capital a través del Acuerdo Distrital
122 de 2004 como una herramienta de gestión sistemática y transparente para
dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y
satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades
y agentes obligados, herramienta que estará enmarcada en los planes
estratégicos y de desarrollo de las entidades. Que
la Ley 962 de 2005 tiene como objeto facilitar las relaciones de los
particulares con la Administración Pública, de tal forma que las actuaciones
que deban surtirse ante ella para el ejercicio de actividades, derechos o
cumplimiento de obligaciones se desarrollen de conformidad con los principios
constitucionales, además de los principios rectores de racionalización,
estandarización y automatización de trámites. Que
el Decreto Nacional 2623 de 2009 crea el Servicio Nacional de Servicio al
Ciudadano como instancia coordinadora de las políticas, estrategias, programas,
metodologías, mecanismos y actividades encaminados a fortalecer la administración
al servicio del ciudadano. Que,
en concordancia con la anterior norma nacional, el Decreto Distrital 197 de
2014 adopta la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la
ciudad de Bogotá D.C. Que
el Acuerdo Distrital 51 de 2001 dicta las normas pertinentes para la atención a
las personas con discapacidad, la mujer en estado de embarazo y los adultos
mayores en las Entidades Distritales y Empresas Prestadoras de Servicios
Públicos. Que
el Acuerdo Distrital 244 de 2006, reglamentado por el Decreto Distrital 168 de
2007 establece y desarrolla los principios y valores éticos para el ejercicio
de la función pública en el Distrito Capital. Que
el Acuerdo Distrital 529 de 2013 adopta las medidas para la atención digna,
cálida y decorosa a ciudadanía en Bogotá Distrito Capital y se prohíbe la
ocupación del espacio público con filas de usuarios de servicios privados o públicos,
entre otras disposiciones. Que
la Resolución 360 del 25 de septiembre de 2015 proferida por el IDIGER crea el
Comité del Sistema Integrado de Gestión del Instituto Distrital de Gestión de
Riesgos y Cambio Climático y dictan otras disposiciones referentes al Sistema
Integrado de Gestión. Que
la Resolución 207 de 30 de diciembre de 2014 proferida por el IDIGER adopta el Manual
del Atención al Ciudadano de la Entidad, el cual debe ser actualizado con el fin
que los servidores públicos del IDIGER cuenten con una guía que permita ofrecer
un servicio de calidad a los ciudadanos. Que,
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Adoptar el manual de recepción y
trámite para las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias ante el Instituto
Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático- IDIGER, el cual hace parte integral
de la presente resolución. Parágrafo único. Los cambios de versión y/o nuevas
actualizaciones de éste procedimiento se realizarán de conformidad con el
control de documentos y registros que se lleva a cabo para el sistema integrado
de gestión – SIG de la Entidad. Artículo 2°. La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean
contrarias, especialmente la Resolución 207 de 30 de diciembre de 2014
proferida por el Director General del IDIGER. Dada en Bogotá, D.C., a
los 26 días del mes de Julio de 2017 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE RICHARD VARGAS HERNANDEZ Director General |