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Decreto 816 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6226 del 29 de diciembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 816 DE 2017

 

(Diciembre 28)

 

Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017, expedido por el Concejo de Bogotá

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 50 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 11 del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Fijar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal   comprendida  entre  el 1 de enero y el  31  de  diciembre  de  2018, por la  suma de VEINTE BILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($20.919.909.349.000), conforme al siguiente detalle:

 

PRESUPUESTO ANUAL DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

DISTRIBUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS

    PRESUPUESTO ANUAL - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

2-1

Ingresos Corrientes

9.519.299.421.000

0

9.519.299.421.000

2-2

Transferencias

41.026.091.000

3.589.151.797.000

3.630.177.888.000

2-4

Recursos de Capital

7.770.432.040.000

0

7.770.432.040.000

 

Total Rentas e Ingresos

17.330.757.552.000

3.589.151.797.000

20.919.909.349.000

 

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación

Total

2-1

Ingresos Corrientes

8.947.667.115.000

0

8.947.667.115.000

2-2

Transferencias

41.026.091.000

2.989.814.788.000

3.030.840.879.000

2-4

Recursos de Capital

6.769.314.850.000

0

6.769.314.850.000

 

Total Rentas e Ingresos

15.758.008.056.000

2.989.814.788.000

18.747.822.844.000

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados

Transferencias
Nación

Total

2-1

Ingresos Corrientes

571.632.306.000

0

571.632.306.000

2-2

Transferencias

0

599.337.009.000

599.337.009.000

2-4

Recursos de Capital

1.001.117.190.000

0

1.001.117.190.000

 

Total Rentas e Ingresos

1.572.749.496.000

599.337.009.000

2.172.086.505.000

 

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

     INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL – IPES

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

5.714.000.000

0

5.714.000.000

2-4

Recursos de Capital

355.000.000

0

355.000.000

 

Total Rentas e Ingresos

6.069.000.000

0

6.069.000.000

    FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

267.704.548.000

0

267.704.548.000

2-2

Transferencias

0

571.602.263.000

571.602.263.000

2-4

Recursos de Capital

225.171.785.000

0

225.171.785.000

 

Total Rentas e Ingresos

492.876.333.000

571.602.263.000

1.064.478.596.000

    INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DEL RIESGO Y CAMBIO CLIMÁTICO-IDIGER

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-4

Recursos de Capital

1.676.624.000

 

1.676.624.000

 

Total Rentas e Ingresos

1.676.624.000

0

1.676.624.000

204

     INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

79.096.475.000

0

79.096.475.000

2-4

Recursos de Capital

387.725.297.000

0

387.725.297.000

 

Total Rentas e Ingresos

466.821.772.000

0

466.821.772.000

      FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES - FONCEP

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

15.255.341.000

0

15.255.341.000

2-4

Recursos de Capital

269.723.546.000

0

269.723.546.000

 

Total Rentas e Ingresos

284.978.887.000

0

284.978.887.000

208

     CAJA DE VIVIENDA POPULAR

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

944.728.000

0

944.728.000

2-4

Recursos de Capital

12.634.027.000

0

12.634.027.000

 

Total Rentas e Ingresos

13.578.755.000

0

13.578.755.000

211

     INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

63.770.895.000

0

63.770.895.000

2-4

Recursos de Capital

71.919.449.000

0

71.919.449.000

 

Total Rentas e Ingresos

135.690.344.000

0

135.690.344.000

213

      INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

4.274.513.000

0

4.274.513.000

2-4

Recursos de Capital

784.879.000

0

784.879.000

 

Total Rentas e Ingresos

5.059.392.000

0

5.059.392.000

     2 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON 14

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

19.199.114.000

0

19.199.114.000

2-4

Recursos de Capital

2.436.406.000

0

2.436.406.000

 

Total Rentas e Ingresos

21.635.520.000

0

21.635.520.000

215

     FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

284.640.000

0

284.640.000

2-4

Recursos de Capital

37.234.000

0

37.234.000

 

Total Rentas e Ingresos

321.874.000

0

321.874.000

216

     ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

101.764.000

0

101.764.000

2-4

Recursos de Capital

124.819.000

0

124.819.000

 

Total Rentas e Ingresos

226.583.000

0

226.583.000

218

     JARDÍN BOTÁNICO “JOSÉ CELESTINO MUTIS”

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

3.263.000.000

0

3.263.000.000

2-4

Recursos de Capital

3.813.289.000

0

3.813.289.000

 

Total Rentas e Ingresos

7.076.289.000

0

7.076.289.000

219 INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

1.500.000.000

0

1.500.000.000

2-4

Recursos de Capital

60.406.000

0

60.406.000

 

Total Rentas e Ingresos

1.560.406.000

0

1.560.406.000

222

      INSTITUTO DISTRITAL DE ARTES – IDARTES

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

15.369.000.000

0

15.369.000.000

2-4

Recursos de Capital

1.046.000.000

0

1.046.000.000

 

Total Rentas e Ingresos

16.415.000.000

0

16.415.000.000

226

      UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

5.900.000.000

0

5.900.000.000

2-4

Recursos de Capital

112.702.000

0

112.702.000

 

Total Rentas e Ingresos

6.012.702.000

0

6.012.702.000

227

     UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-4

Recursos de Capital

13.839.998.000

0

13.839.998.000

 

Total Rentas e Ingresos

13.839.998.000

0

13.839.998.000

28

     UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

26.715.555.000

0

26.715.555.000

2-4

Recursos de Capital

2.814.754.000

0

2.814.754.000

 

Total Rentas e Ingresos

29.530.309.000

0

29.530.309.000

230

     UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS”

 

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

61.429.757.000

0

61.429.757.000

2-2

Transferencias

 

27.734.746.000

27.734.746.000

2-4

Recursos de Capital

5.331.472.000

0

5.331.472.000

 

Total Rentas e Ingresos

66.761.229.000

27.734.746.000

94.495.975.000

235  CONTRALORIA DE BOGOTÁ D.C.

 

 

Recursos Administrados

Transferencias
Nación


Total

2-1

Ingresos Corrientes

1.108.976.000

0

1.108.976.000

2-4

Recursos de Capital

1.509.503.000

 

1.509.503.000

 

Total Rentas e Ingresos

2.618.479.000

0

2.618.479.000

 

ARTÍCULO 2. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de VEINTE BILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($20.919.909.349.000), conforme al siguiente detalle:

 

PRESUPUESTO ANUAL – CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

1.662.567.195.000

1.049.393.774.000

2.711.960.969.000

3-2

Servicio de la Deuda

247.880.520.000

257.295.216.000

505.175.736.000

3-3

Inversión

10.561.833.221.000

7.140.939.423.000

17.702.772.644.000

 

Total Gastos e Inversiones

12.472.280.936.000

8.447.628.413.000

20.919.909.349.000

 

SECTOR GESTIÓN PÚBLICA - CONSOLIDADO

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

82.431.881.000

0

82.431.881.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

121.417.219.000

0

121.417.219.000

 

Total Gastos e Inversiones

203.849.100.000

0

203.849.100.000

 

 

SECTOR GESTIÓN PÚBLICA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

104

SECRETARÍA GENERAL

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

72.843.861.000

0

72.843.861.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

118.159.927.000

0

118.159.927.000

 

Total Gastos e Inversiones

191.003.788.000

0

191.003.788.000

125

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL - DASCD

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

9.588.020.000

0

9.588.020.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

3.257.292.000

0

3.257.292.000

 

Total Gastos e Inversiones

12.845.312.000

0

12.845.312.000

 

SECTOR GOBIERNO - CONSOLIDADO

 

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

107.767.109.000

15.377.043.000

123.144.152.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

75.502.084.000

21.558.893.000

97.060.977.000

 

Total Gastos e Inversiones

183.269.193.000

36.935.936.000

220.205.129.000

 

SECTOR GOBIERNO - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

110SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

97.408.985.000

0

97.408.985.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

49.241.687.000

0

49.241.687.000

 

Total Gastos e Inversiones

146.650.672.000

0

146.650.672.000

127

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

10.358.124.000

0

10.358.124.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

26.260.397.000

0

26.260.397.000

 

Total Gastos e Inversiones

36.618.521.000

0

36.618.521.000

220

INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

 

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

15.377.043.000

15.377.043.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

21.558.893.000

21.558.893.000

 

Total Gastos e Inversiones

0

36.935.936.000

36.935.936.000

 

SECTOR HACIENDA - CONSOLIDADO

 

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

605.358.889.000

168.888.732.000

774.247.621.000

3-2

Servicio de la Deuda

247.880.520.000

257.295.216.000

505.175.736.000

3-3

Inversión

4.585.237.697.000

152.638.930.000

4.737.876.627.000

 

Total Gastos e Inversiones

5.438.477.106.000

578.822.878.000

6.017.299.984.000

 

SECTOR HACIENDA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

 

    SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

320.960.554.000

0

320.960.554.000

3-2

Servicio de la Deuda

247.880.520.000

0

247.880.520.000

3-3

Inversión

4.578.644.443.000

128.753.048.000

4.707.397.491.000

 

Total Gastos e Inversiones

5.147.485.517.000

128.753.048.000

5.276.238.565.000

226

      UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

 

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

48.002.608.000

48.002.608.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

6.012.702.000

19.766.329.000

25.779.031.000

 

Total Gastos e Inversiones

6.012.702.000

67.768.937.000

73.781.639.000

206

FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES - FONCEP

 

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

284.398.335.000

120.886.124.000

405.284.459.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

257.295.216.000

257.295.216.000

3-3

Inversión

580.552.000

4.119.553.000

4.700.105.000

 

Total Gastos e Inversiones

284.978.887.000

382.300.893.000

667.279.780.000

 

SECTOR PLANEACIÓN

120

     SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

70.185.352.000

0

70.185.352.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

26.741.497.000

0

26.741.497.000

 

Total Gastos e Inversiones

96.926.849.000

0

96.926.849.000

 

    SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIA Y TURISMO – CONSOLIDADO

 

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

22.051.284.000

19.794.639.000

41.845.923.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

39.901.793.000

53.756.546.000

93.658.339.000

 

Total Gastos e Inversiones

61.953.077.000

73.551.185.000

135.504.262.000

 

SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIA Y TURISMO - DESAGREGADO POR ENTIDADES

117

SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

22.051.284.000

0

22.051.284.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

33.832.793.000

0

33.832.793.000

 

Total Gastos e Inversiones

55.884.077.000

0

55.884.077.000

200

     INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL – IPES

 

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

12.704.442.000

12.704.442.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

6.069.000.000

40.490.113.000

46.559.113.000

 

Total Gastos e Inversiones

6.069.000.000

53.194.555.000

59.263.555.000

221 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

7.090.197.000

7.090.197.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

13.266.433.000

13.266.433.000

 

Total Gastos e Inversiones

0

20.356.630.000

20.356.630.000

SECTOR EDUCACIÓN - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

155.739.314.000

224.533.111.000

380.272.425.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.759.541.923.000

2.024.281.012.000

3.783.822.935.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.915.281.237.000

2.248.814.123.000

4.164.095.360.000

SECTOR EDUCACIÓN - DESAGREGADO POR ENTIDADES

112 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

102.763.891.000

0

102.763.891.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.716.460.965.000

2.020.661.053.000

3.737.122.018.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.819.224.856.000

2.020.661.053.000

3.839.885.909.000

219  INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO - IDEP

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

5.857.095.000

5.857.095.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.560.406.000

3.619.959.000

5.180.365.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.560.406.000

9.477.054.000

11.037.460.000

230

UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS”

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

52.975.423.000

218.676.016.000

271.651.439.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

41.520.552.000

0

41.520.552.000

 

Total Gastos e Inversiones

94.495.975.000

218.676.016.000

313.171.991.000

SECTOR SALUD - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

84.722.734.000

5.392.000.000

90.114.734.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.045.419.385.000

1.474.093.773.000

2.519.513.158.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.130.142.119.000

1.479.485.773.000

2.609.627.892.000

 

SECTOR SALUD - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

114 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

65.663.523.000

0

65.663.523.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

0

0

 

Total Gastos e Inversiones

65.663.523.000

0

65.663.523.000

201

     FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS

 

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

19.059.211.000

5.392.000.000

24.451.211.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.045.419.385.000

1.474.093.773.000

2.519.513.158.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.064.478.596.000

1.479.485.773.000

2.543.964.369.000

SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

28.092.344.000

14.001.924.000

42.094.268.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

843.632.071.000

296.614.410.000

1.140.246.481.000

 

Total Gastos e Inversiones

871.724.415.000

310.616.334.000

1.182.340.749.000

SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL - DESAGREGADO POR ENTIDADES

122 SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

28.092.344.000

0

28.092.344.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

821.996.551.000

231.830.571.000

1.053.827.122.000

 

Total Gastos e Inversiones

850.088.895.000

231.830.571.000

1.081.919.466.000

214 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

14.001.924.000

14.001.924.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

21.635.520.000

64.783.839.000

86.419.359.000

 

Total Gastos e Inversiones

21.635.520.000

78.785.763.000

100.421.283.000

SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

22.538.573.000

80.918.570.000

103.457.143.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

261.038.710.000

587.085.393.000

848.124.103.000

 

Total Gastos e Inversiones

283.577.283.000

668.003.963.000

951.581.246.000

 

SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

119 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

21.914.052.000

0

21.914.052.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

103.950.038.000

12.365.621.000

116.315.659.000

 

Total Gastos e Inversiones

125.864.090.000

12.365.621.000

138.229.711.000

211 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

624.521.000

33.354.579.000

33.979.100.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

135.065.823.000

408.094.092.000

543.159.915.000

 

Total Gastos e Inversiones

135.690.344.000

441.448.671.000

577.139.015.000

213 INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

5.925.090.000

5.925.090.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

5.059.392.000

26.820.655.000

31.880.047.000

 

Total Gastos e Inversiones

5.059.392.000

32.745.745.000

37.805.137.000

216 ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

24.976.718.000

24.976.718.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

226.583.000

34.049.225.000

34.275.808.000

 

Total Gastos e Inversiones

226.583.000

59.025.943.000

59.252.526.000

      FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO 215

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

4.569.880.000

4.569.880.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

321.874.000

6.276.835.000

6.598.709.000

 

Total Gastos e Inversiones

321.874.000

10.846.715.000

11.168.589.000

222 INSTITUTO DISTRITAL DE ARTES - IDARTES

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

12.092.303.000

12.092.303.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

16.415.000.000

99.478.965.000

115.893.965.000

 

Total Gastos e Inversiones

16.415.000.000

111.571.268.000

127.986.268.000

SECTOR AMBIENTE - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

27.110.004.000

30.237.622.000

57.347.626.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

147.620.576.000

81.885.183.000

229.505.759.000

 

Total Gastos e Inversiones

174.730.580.000

112.122.805.000

286.853.385.000

SECTOR AMBIENTE - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 126 SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

27.110.004.000

0

27.110.004.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

138.867.663.000

0

138.867.663.000

 

Total Gastos e Inversiones

165.977.667.000

0

165.977.667.000

       JARDÍN BOTÁNICO “JOSÉ CELESTINO MUTIS”21 8

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

7.415.370.000

7.415.370.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

7.076.289.000

35.010.134.000

42.086.423.000

 

Total Gastos e Inversiones

7.076.289.000

42.425.504.000

49.501.793.000

        2 INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DEL RIESGO Y CAMBIO CLIMÁTICO-IDIGER 03

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

17.089.787.000

17.089.787.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.676.624.000

23.489.320.000

25.165.944.000

 

Total Gastos e Inversiones

1.676.624.000

40.579.107.000

42.255.731.000

   22 INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL – IDPYBA

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

5.732.465.000

5.732.465.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

23.385.729.000

23.385.729.000

 

Total Gastos e Inversiones

0

29.118.194.000

29.118.194.000

 

SECTOR MOVILIDAD - CONSOLIDADO

 

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

43.345.454.000

93.150.776.000

136.496.230.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

857.070.862.000

2.264.620.868.000

3.121.691.730.000

 

Total Gastos e Inversiones

900.416.316.000

2.357.771.644.000

3.258.187.960.000

SECTOR MOVILIDAD - DESAGREGADO POR ENTIDADES

      SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

43.345.454.000

0

43.345.454.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

376.409.092.000

0

376.409.092.000

 

Total Gastos e Inversiones

419.754.546.000

0

419.754.546.000

204 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

66.323.100.000

66.323.100.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

466.821.772.000

2.139.320.615.000

2.606.142.387.000

 

Total Gastos e Inversiones

466.821.772.000

2.205.643.715.000

2.672.465.487.000

      UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

26.827.676.000

26.827.676.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

13.839.998.000

125.300.253.000

139.140.251.000

 

Total Gastos e Inversiones

13.839.998.000

152.127.929.000

165.967.927.000

SECTOR HÁBITAT - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

18.954.471.000

254.190.576.000

273.145.047.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

189.749.637.000

170.215.006.000

359.964.643.000

 

Total Gastos e Inversiones

208.704.108.000

424.405.582.000

633.109.690.000

 

SECTOR HÁBITAT - DESAGREGADO POR ENTIDADES

 

118 SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

18.954.471.000

0

18.954.471.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

146.640.573.000

0

146.640.573.000

 

Total Gastos e Inversiones

165.595.044.000

0

165.595.044.000

208 CAJA DE VIVIENDA POPULAR

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

10.855.923.000

10.855.923.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

13.578.755.000

69.228.502.000

82.807.257.000

 

Total Gastos e Inversiones

13.578.755.000

80.084.425.000

93.663.180.000

        UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS 28

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

243.334.653.000

243.334.653.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

29.530.309.000

100.986.504.000

130.516.813.000

 

Total Gastos e Inversiones

29.530.309.000

344.321.157.000

373.851.466.000

SECTOR MUJERES

121  SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

14.800.962.000

0

14.800.962.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

34.947.020.000

0

34.947.020.000

 

Total Gastos e Inversiones

49.747.982.000

0

49.747.982.000

SECTOR GESTIÓN JURIDICA

136 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

22.524.242.000

0

22.524.242.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

13.414.459.000

0

13.414.459.000

 

Total Gastos e Inversiones

35.938.701.000

0

35.938.701.000

    SECTOR SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA - CONSOLIDADO

 

 

Recursos
Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

139.887.012.000

9.754.600.000

149.641.612.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

541.875.070.000

0

541.875.070.000

 

Total Gastos e Inversiones

681.762.082.000

9.754.600.000

691.516.682.000

SECTOR SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

137 SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

74.480.880.000

0

74.480.880.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

498.755.809.000

0

498.755.809.000

 

Total Gastos e Inversiones

573.236.689.000

0

573.236.689.000

131 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

65.406.132.000

0

65.406.132.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

43.119.261.000

0

43.119.261.000

 

Total Gastos e Inversiones

108.525.393.000

0

108.525.393.000

217  FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ EN LIQUIDACIÓN

 

 

Recursos
Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

9.754.600.000

9.754.600.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

0

0

 

Total Gastos e Inversiones

0

9.754.600.000

9.754.600.000

OTRAS ENTIDADES DISTRITALES

      2 CONTRALORIA DE BOGOTÁ D.C.35

 

 

Recursos Administrados

Aportes
Distrito


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

133.154.181.000

133.154.181.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

2.618.479.000

14.189.409.000

16.807.888.000

 

Total Gastos e Inversiones

2.618.479.000

147.343.590.000

149.962.069.000

 

       CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.100

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

67.864.462.000

0

67.864.462.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

0

0

 

Total Gastos e Inversiones

67.864.462.000

0

67.864.462.000

102

       PERSONERÍA DE BOGOTÁ D.C.

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

129.680.508.000

0

129.680.508.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

14.870.847.000

0

14.870.847.000

 

Total Gastos e Inversiones

144.551.355.000

0

144.551.355.000

105

       VEEDURÍA DISTRITAL DE BOGOTÁ D.C.

 

 

 

Recursos
Distrito

Transferencias
Nación


Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

19.512.600.000

0

19.512.600.000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1.233.892.000

0

1.233.892.000

 

Total Gastos e Inversiones

20.746.492.000

0

20.746.492.000

 

ARTÍCULO 3. Autorizase a las siguientes entidades para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras 2019 hasta por la suma de UN BILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 1.574.410.446.125) pesos constantes de 2018, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

104 Secretaria General

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

22,157,361,487

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

12,777,817,475

3.1.2

GASTOS GENERALES

12,777,817,475

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

12,777,817,475

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicaciones

848,575,728

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

6,359,883,495

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

6,359,883,495

3.1.2.02.13

Programas y Convenios Institucionales

5,569,358,252

3.1.2.02.13.02

C.A.D.E.

5,569,358,252

3.3

INVERSIÓN

9,379,544,012

3.3.1

DIRECTA

9,379,544,012

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

9,379,544,012

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

4,049,073,131

3.3.1.15.03.23

Bogotá mejor para las víctimas, la paz y la reconciliación

4,049,073,131

3.3.1.15.03.23.1156

Bogotá Mejor para las víctimas, la paz y la reconciliación

4,049,073,131

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

5,330,470,881

3.3.1.15.07.42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

5,330,470,881

3.3.1.15.07.42.1126

Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía

5,330,470,881

 

111 Secretaría Distrital de Hacienda

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

10,226,095,534

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3,963,959,612

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

544,611,650

3.1.1.02

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

544,611,650

3.1.1.02.04

Remuneración Servicios Técnicos

544,611,650

3.1.2

GASTOS GENERALES

3,419,347,962

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

269,561,165

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

51,697,087

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

217,864,078

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

3,149,786,797

3.1.2.02.04

Impresos y Publicaciones

300,466,408

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

1,460,970,874

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

1,230,291,262

3.1.2.02.05.02

Mantenimiento C.A.D.

230,679,612

3.1.2.02.10

Bienestar e Incentivos

1,388,349,515

3.3

INVERSIÓN

6,262,135,922

3.3.1

DIRECTA

6,262,135,922

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

6,262,135,922

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

6,262,135,922

3.3.1.15.07.44

Gobierno y ciudadanía digital

6,262,135,922

3.3.1.15.07.44.1087

Modernización Tecnológica de la SDH

6,262,135,922

 

112 Secretaría de Educación del Distrito

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

114,182,000,000

3.3

INVERSIÓN

114,182,000,000

3.3.1

DIRECTA

114,182,000,000

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

114,182,000,000

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

114,182,000,000

3.3.1.15.01.07

Inclusión educativa para la equidad

114,182,000,000

3.3.1.15.01.07.1046

Infraestructura y dotación al servicio de los ambientes de aprendizaje

114,182,000,000

 

119 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

120,578,487,538

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

590,480,487

3.1.2

GASTOS GENERALES

590,480,487

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

274,544,854

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

188,536,854

3.1.2.01.03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

10,816,000

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

75,192,000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

315,935,633

3.1.2.02.06

Seguros

100,970,874

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

100,970,874

3.1.2.02.09

Capacitación

37,856,000

3.1.2.02.09.01

Capacitación Interna

37,856,000

3.1.2.02.10

Bienestar e Incentivos

96,932,039

3.1.2.02.11

Promoción Institucional

27,040,000

3.1.2.02.12

Salud Ocupacional

53,136,720

3.3

INVERSIÓN

119,988,007,051

3.3.1

DIRECTA

119,988,007,051

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

119,988,007,051

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

31,533,007,051

3.3.1.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

31,533,007,051

3.3.1.15.01.11.1011

Lectura, escritura y redes de conocimiento

31,533,007,051

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

88,455,000,000

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

88,455,000,000

3.3.1.15.02.17.0992

Patrimonio e Infraestructura cultural fortalecida

88,455,000,000

 

122 Secretaría Distrital de Integración Social

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

191,186,182,606

3.3

INVERSIÓN

191,186,182,606

3.3.1

DIRECTA

191,186,182,606

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

191,186,182,606

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

87,509,431,150

3.3.1.15.01.02

Desarrollo Integral desde la gestación hasta la adolescencia

46,425,656,393

3.3.1.15.01.02.1096

Desarrollo Integral desde la gestación hasta la adolescencia

46,425,656,393

3.3.1.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

41,083,774,757

3.3.1.15.01.03.1099

Envejecimiento digno, activo y feliz

20,735,922,330

3.3.1.15.01.03.1108

Prevención y atención integral del fenómeno de habitabilidad en calle

20,347,852,427

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

103,676,751,456

3.3.1.15.02.16

Integración social para una ciudad de oportunidades

103,676,751,456

3.3.1.15.02.16.1103

Espacios de Integración Social

78,392,088,349

3.3.1.15.02.16.1118

Gestión institucional y fortalecimiento del talento humano

25,284,663,107

 

125 Departamento Administrativo Servicio Civil Distrital

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

559,795,213

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

559,795,213

3.1.2

GASTOS GENERALES

559,795,213

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

194,824,544

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

162,546,789

3.1.2.01.03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

11,323,209

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

20,954,546

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

364,970,669

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

27,455,663

3.1.2.02.04

Impresos y Publicaciones

5,720,000

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

97,795,006

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

97,795,006

3.1.2.02.06

Seguros

106,000,000

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

106,000,000

3.1.2.02.09

Capacitación

37,000,000

3.1.2.02.09.01

Capacitación Interna

37,000,000

3.1.2.02.10

Bienestar e Incentivos

59,000,000

3.1.2.02.12

Salud Ocupacional

32,000,000

 

126 Secretaría Distrital de Ambiente

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

156,588,349,515

3.3

INVERSIÓN

156,588,349,515

3.3.1

DIRECTA

156,588,349,515

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

156,588,349,515

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

156,588,349,515

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

156,588,349,515

3.3.1.15.02.17.0980

Sendero panorámico cortafuegos de los cerros orientales

156,588,349,515

 

137 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

77,640,757,217

3.3

INVERSIÓN

77,640,757,217

3.3.1

DIRECTA

77,640,757,217

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

77,640,757,217

3.3.1.15.03

Pilar construcción de comunidad y cultura ciudadana

77,640,757,217

3.3.1.15.03.19

Seguridad y Convivencia para todos

77,640,757,217

3.3.1.15.03.19.7507

Fortalecimiento de los organismos de Seguridad del Distrito

77,640,757,217

201 Fondo Financiero Distrital de Salud

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

24,150,485,437

3.3

INVERSIÓN

24,150,485,437

3.3.1

DIRECTA

24,150,485,437

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

24,150,485,437

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

24,150,485,437

3.3.1.15.01.10

Modernización de la infraestructura física y tecnológica en salud

24,150,485,437

3.3.1.15.01.10.7522

Tecnologías de la información y Comunicaciones en Salud

24,150,485,437

 

 

 

204 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

608,299,522,786

3.3

INVERSIÓN

608,299,522,786

3.3.1

DIRECTA

608,299,522,786

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

608,299,522,786

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

608,299,522,786

3.3.1.15.02.18

Mejor Movilidad para Todos

608,299,522,786

3.3.1.15.02.18.1061

Infraestructura para peatones y bicicletas

79,708,903,883

3.3.1.15.02.18.1062

Construcción de vías y calles completas para la Ciudad

528,590,618,903

 

206 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

2,197,950,540

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2,197,950,540

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

853,988,776

3.1.1.02

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

853,988,776

3.1.1.02.03

Honorarios

560,264,427

3.1.1.02.03.01

Honorarios Entidad

560,264,427

3.1.1.02.04

Remuneración Servicios Técnicos

293,724,349

3.1.2

GASTOS GENERALES

1,343,961,764

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

87,594,304

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

87,594,304

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

1,256,367,460

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

105,676,607

3.1.2.02.04

Impresos y Publicaciones

18,719,806

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

656,022,147

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

656,022,147

3.1.2.02.06

Seguros

475,948,900

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

475,948,900

 

 

 

211 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

241,553,504,854

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3,299,417,476

3.1.2

GASTOS GENERALES

3,299,417,476

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

1,404,271,845

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

1,404,271,845

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

1,895,145,631

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

924,271,845

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

924,271,845

3.1.2.02.06

Seguros

970,873,786

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

970,873,786

3.3

INVERSIÓN

238,254,087,378

3.3.1

DIRECTA

238,254,087,378

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

238,254,087,378

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

618,000,000

3.3.1.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

618,000,000

3.3.1.15.01.11.1076

Rendimiento deportivo al 100 X 100

618,000,000

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

237,636,087,378

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

237,636,087,378

3.3.1.15.02.17.1082

Construcción y adecuación de parques y equipamientos para todos

208,737,864,076

3.3.1.15.02.17.1145

Sostenibilidad y mejoramiento de parques, espacios de vida

28,898,223,302

 

 

 

226 Unidad Administrativa Especial Catastro Distrital

Código

Concepto

2019

3

GASTOS

5,089,953,398

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3,269,990,291

3.1.2

GASTOS GENERALES

3,269,990,291

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

767,291,262

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

725,801,942

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

41,489,320

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

2,502,699,029

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

1,292,646,602

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

826,325,243

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

826,325,243

3.1.2.02.06

Seguros

383,727,184

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

383,727,184

3.3

INVERSIÓN

1,819,963,107

3.3.1

DIRECTA

1,819,963,107

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

1,819,963,107

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

1,819,963,107

3.3.1.15.07.42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

640,776,699

3.3.1.15.07.42.1180

Afianzar una gestión pública efectiva

640,776,699

3.3.1.15.07.44

Gobierno y Ciudadanía Digital

1,179,186,408

3.3.1.15.07.44.0983

Capturar, integrar y disponer información geográfica y catastral para la toma de decisiones

1,179,186,408

DISPOSICIONES GENERALES

 

CAPÍTULO I

 

ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN

 

ARTÍCULO 4.  CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones generales contenidas en el presente Decreto rigen para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, incluido el Ente Autónomo Universitario y se harán extensivas, a los Fondos de Desarrollo Local, a las Empresas Industriales y Comerciales y a las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, cuando expresamente así se establezca.

 

ARTÍCULO 5.  MARCO JURÍDICO. La ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital de la vigencia 2018, deberá estar acorde con lo dispuesto en los artículos 352 y 353 de la Constitución Política de Colombia, en las Leyes 617 de 2000, 819 de 2003 y 1483 de 2011, en los Acuerdos Distritales 24 de 1995 y 20 de 1996 compilados en el Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Decreto Distrital 195 de 2007, Decreto Distrital 216 de 2017 y demás normas que reglamenten la liquidación y ejecución presupuestal de los órganos y entidades para quienes rige el presente Decreto.

 

CAPÍTULO II

 

DE LAS RENTAS Y RECURSOS

 

ARTÍCULO 6.  APORTES DE CAPITAL DEL DISTRITO. Las transferencias de recursos que efectúen las entidades que conforman el Presupuesto Anual a favor de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital o a Sociedades de Economía Mixta y Sociedades por Acciones asimiladas a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital, se constituirán en aportes patrimoniales de Bogotá, D.C. Las apropiaciones del Presupuesto Anual del Distrito proyectadas para efectuar aportes patrimoniales a las mencionadas entidades, que no hayan sido legalizados a 31 de diciembre de 2018, podrán ser liberadas por el Distrito Capital. 

 

Las capitalizaciones en especie que realice el Distrito Capital en sus entidades, que no impliquen erogaciones en dinero no requerirán operación presupuestal alguna, sin perjuicio de los registros contables correspondientes.

 

PARÁGRAFO. No se constituirán como aportes patrimoniales, los recursos transferidos por las entidades que conforman el Presupuesto Anual para ser otorgados como subsidios, ni las transferencias de recursos del Distrito Capital para la cofinanciación de las obras y operación del Sistema Integrado entregadas a las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital para funcionamiento y operación, determinadas así en el Plan de Cuentas.

 

ARTÍCULO 7.  INEMBARGABILIDAD DE RECURSOS PÚBLICOS. Los recursos públicos son inembargables. El servidor público que reciba una orden de embargo de los recursos del Distrito Capital, está obligado a solicitar la constancia sobre la naturaleza y origen de dichos recursos a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la respectiva orden, para que las Oficinas Jurídicas de las entidades demandadas tramiten ante la autoridad competente el respectivo desembargo.

 

ARTÍCULO 8.  RENDIMIENTOS. De conformidad con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, los rendimientos financieros originados con recursos del Distrito Capital, son de Bogotá Distrito Capital y deben ser consignados por las entidades receptoras en la Dirección Distrital de Tesorería dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su liquidación, por lo tanto, dichos rendimientos financieros no se podrán pactar para adquirir compromisos diferentes. Para el caso de los Fondos de Desarrollo Local, la Dirección Distrital de Tesorería los registrará como recursos propios de cada Fondo.

 

PARÁGRAFO 1. Los rendimientos financieros generados por recursos que tienen destinación específica establecida por disposiciones legales, se registrarán en la contabilidad financiera del Distrito Capital y acrecentarán los recursos de los mismos para atender su objeto; dichos recursos, previa incorporación al Presupuesto Distrital, serán legalizados por la Dirección Distrital de Tesorería sin situación de fondos. Los correspondientes a los patrimonios de pensiones y cesantías tendrán el procedimiento contable y presupuestal señalado por la entidad responsable de su administración y manejo.

 

Los recursos mencionados en el presente Parágrafo, podrán unirse para ser invertidos junto con los de la Unidad de Caja, pero sus rendimientos deberán separarse en registros de índole contable y presupuestal. Lo anterior, salvo aquellos recursos que por expresa disposición de la ley tengan restricciones al respecto.

 

PARÁGRAFO 2. Los rendimientos financieros generados por los recursos del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá, administrados a través del Patrimonio Autónomo por el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones – FONCEP acrecentarán la reserva y serán utilizados de forma prevalente para atender las obligaciones pensionales  en especial la correspondiente a la nómina de pensionados del Distrito Capital. El uso de los rendimientos tendrá reflejo presupuestal y contable, ejecutándose en el presupuesto de ingresos con el reporte que genere la entidad fiduciaria y en el gasto con el trámite de pago de la obligación, respectivamente.

 

CAPÍTULO III

 

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

 

ARTÍCULO 9.  LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital del Presupuesto, de oficio o a petición del jefe del órgano o entidad respectiva, efectuará mediante resolución, las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación que figuren en el Decreto de Liquidación y sus modificatorios para la vigencia 2018.

 

ARTÍCULO 10.  PLAN DE CUENTAS. El Plan de Cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

 

Los Planes de Cuentas Presupuestales de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y de las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, antes de ser modificados, requerirán concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

ARTÍCULO 11.  AJUSTE PRESUPUESTAL. Los actos administrativos mediante los cuales se efectúen distribuciones y/o traslados de apropiaciones, incluido el Decreto de Liquidación del Presupuesto, que afecten el Presupuesto de una entidad que haga parte del Presupuesto Anual o General del Distrito, servirán de base para realizar los ajustes correspondientes, a través de acto administrativo del Gerente o Director de la entidad receptora. Copia de estos últimos actos administrativos deberá remitirse a la Secretaría Distrital de Planeación, la Secretaría Distrital de Hacienda, las Juntas Directivas y/o Consejos Directivos y al Confis Distrital. 

 

Cuando el Gobierno Nacional realice la distribución de los recursos correspondientes al Sistema General de Participaciones, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto efectuará los ajustes pertinentes mediante resolución sin cambiar el monto aprobado por el Concejo de Bogotá, la cual será base para la expedición del acto administrativo por parte de la entidad descentralizada correspondiente.

 

CAPÍTULO IV

 

VIABILIDAD PRESUPUESTAL

 

ARTÍCULO 12.  MODIFICACIÓN PLANTAS DE PERSONAL. Las modificaciones a las plantas de personal de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, requerirán de viabilidad presupuestal previa expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y concepto previo de viabilidad técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital o quien haga sus veces, con observancia de lo establecido en el artículo 74 de la Ley 617 de 2000 y previo el cumplimiento de los procedimientos y requisitos que establezca la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. 

 

PARÁGRAFO 1. Las juntas, consejos directivos y consejos superiores de los Establecimientos Públicos del orden Distrital y del Ente Autónomo Universitario, no podrán autorizar modificaciones a las plantas de personal ni incrementar asignaciones salariales, sin el concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la aprobación previa del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital o quien haga sus veces. 

             

PARÁGRAFO 2. Las modificaciones de plantas de personal y las modificaciones de asignaciones salariales de las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE y las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito deberán contar con concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital; para el caso de las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE se requerirá además concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Salud, antes de su aprobación por parte de las Juntas Directivas. Para esta solicitud se deberán anexar los documentos que establezca la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, así como la certificación que respalde los mayores ingresos y/o traslados presupuestales al interior de sus gastos con los cuales la entidad atenderá dichas modificaciones de planta de personal.

 

ARTÍCULO 13. INCREMENTO SALARIAL EN LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS. Con base en la circular que expidan la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la junta o consejo directivo de los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, definirán el incremento salarial de los empleados públicos en las mencionadas entidades. Lo anterior, previa expedición del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

ARTÍCULO 14.  ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA. Cuando las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito y los Fondos de Desarrollo Local necesiten adquirir maquinaria, vehículos u otros medios de transporte, deberán obtener concepto de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, previo el envío y cumplimiento de los requisitos que para el efecto se establezcan, teniendo en cuenta las políticas en materia de austeridad. 

 

PARÁGRAFO 1. Para la adquisición de vehículos de funcionarios del nivel directivo, se expedirá viabilidad presupuestal solamente para efectos de la reposición de los vehículos y no se autorizará el incremento del parque automotor en este nivel, salvo en los casos de modificaciones de estructura.

 

PARÁGRAFO 2. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial emitirá concepto técnico previo al concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, cuando se trate de maquinaria relacionada con malla vial.

 

PARÁGRAFO 3. Se exceptúan de lo previsto en este artículo los vehículos destinados para la atención de emergencias y los medios de transporte destinados al cumplimiento de la misión de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia para la vigilancia y seguridad de la ciudad. 

 

ARTÍCULO 15.  VINCULACIÓN DE PERSONAL Y RECONOCIMIENTO DE PRIMA TÉCNICA. Para el nombramiento de personal en cargos vacantes y el reconocimiento de la prima técnica, el responsable de presupuesto expedirá previamente una certificación en la que conste que existe saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso. 

 

CAPÍTULO V

 

DE LA EJECUCIÓN DE GASTOS

 

ARTÍCULO 16.  COMPROMISOS ACCESORIOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos.

 

ARTÍCULO 17.  PAGOS PRIORITARIOS. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos de personal, prestaciones sociales, servicios públicos domiciliarios, seguros, dotaciones de ley, sentencias, laudos, pensiones, cesantías, transferencias asociadas a la nómina, vigencias futuras utilizadas y servicio de la deuda.

 

ARTÍCULO 18.  IMPUTACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES PERIÓDICAS. Las obligaciones por concepto de servicios médicos-asistenciales, así como las obligaciones pensionales, servicios públicos domiciliarios, telefonía móvil, transporte, mensajería, gastos notariales, obligaciones de previsión social y las contribuciones inherentes a la nómina causadas en el último trimestre de 2017, se podrán imputar y pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal del 2018.

 

La prima de vacaciones y cesantías, para los funcionarios de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, así como los impuestos, intereses y/o sanciones a cargo de las mismas entidades, podrán ser cancelados con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de causación. 

 

ARTÍCULO 19.  BIENESTAR, INCENTIVOS Y CAPACITACIÓN. Los recursos destinados a programas de bienestar, incentivos y capacitación se ejecutarán de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios.

 

PARÁGRAFO. En ningún caso los recursos destinados para bienestar, incentivos y capacitación podrán crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la ley no haya establecido para los funcionarios.

 

ARTÍCULO 20.  RECURSOS DE COOPERACIÓN Y/O DONACIONES. Las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al presupuesto como Donaciones de Capital por decreto del Alcalde Mayor o Alcalde/sa Local según corresponda, previa certificación de su recaudo expedida por el/la Tesorero/a o quien haga sus veces, salvo que los reglamentos internos de los donantes exijan requisitos diferentes.

 

ARTÍCULO 21.  PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL. Las Entidades cumplirán el Plan de Gestión Ambiental a través de los recursos apropiados en el presupuesto asignado. 

 

ARTÍCULO 22.  DESTINACIÓN DE SOBRETASA A LA GASOLINA EN LOS FONDOS DE DESARROLLO LOCAL. Los ingresos que corresponden a los Fondos de Desarrollo Local, obtenidos por el recaudo de la Sobretasa a la Gasolina de conformidad con la participación a que se refiere el artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, deberán ser invertidos por éstos en los programas de accesos a barrios y/o pavimentos locales, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 23 de 1997 modificado por el Acuerdo Distrital 42 de 1999.

 

ARTÍCULO 23.  VINCULACIÓN A ORGANISMOS. Ningún órgano o entidad que haga parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital podrá contraer compromisos de vinculación a organismos nacionales e internacionales a nombre de Bogotá D.C. que impliquen el pago de cuotas o emolumentos a los mismos con cargo al Presupuesto Anual del Distrito Capital, sin contar con la aprobación del Concejo de Bogotá mediante Acuerdo Distrital, autorización que involucra la facultad del gobierno distrital para desvincularse cuando así se considere necesario, previa evaluación de la permanencia en dicho organismo. 

 

En el caso de las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, la autorización a que hace referencia el inciso anterior, requerirá aprobación del CONFIS, previo concepto favorable de la Junta Directiva respectiva.

 

PARÁGRAFO. De la anterior disposición se exceptúan aquellas vinculaciones que deban efectuarse por disposición legal.  

 

ARTÍCULO 24.  EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LOS PATRIMONIOS AUTÓNOMOS. Los recursos que se destinen a los Patrimonios Autónomos debidamente autorizados por la ley, constituidos mediante contrato de fiducia por el Distrito Capital, responsable del manejo de los recursos públicos, se entenderán ejecutados una vez ingresen al patrimonio autónomo y la entidad fideicomitente deberá mantener el control y vigilancia de la ejecución de estos recursos. 

 

ARTÍCULO 25.  PAGO DE PENSIONES CONVENCIONALES Y/O PENSIÓN SANCIÓN. Con los recursos del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá D.C., se sustituirá el pago de pensiones convencionales y/o pensión sanción de las entidades del nivel central, los establecimientos públicos y de las entidades nominadoras que hayan sido liquidadas. 


ARTÍCULO 26. TRÁMITES DE OPERACIONES PRESUPUESTALES. La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas de endeudamiento, racionalización del gasto y responsabilidad fiscal, podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal cuando se incumplan los objetivos y metas trazados en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, en el Plan Financiero y en el Programa Anual de Caja, o cuando se incumpla con el reporte de información a la Dirección Distrital de Presupuesto por parte de las entidades a quienes se les aplica el presente Decreto.

 

ARTÍCULO 27. AJUSTES PRESUPUESTALES POR CONVENIOS Y/O CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS ENTRE ENTIDADES DISTRITALES. Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, el Concejo de Bogotá D.C., la Veeduría Distrital, la Personería de Bogotá D.C., la Contraloría de Bogotá D.C., el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE celebren convenios y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resoluciones del/a Jefe/a del órgano respectivo o por Acuerdo o Resolución de sus Juntas o Consejos Directivos o por Decreto del Alcalde Local en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos. 

 

Los actos administrativos a que se refiere el inciso anterior deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, acompañados del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y su justificación económica, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser incorporados en el Presupuesto. En el caso de gastos de inversión, se requerirá concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Las Subredes Integradas de Servicios de Salud - ESE requerirán en todos los casos del concepto previo de la Secretaría Distrital de Salud antes de su aprobación por Junta Directiva. Los/as Jefes/as de los Órganos responderán por la legalidad de los actos en mención.

 

ARTÍCULO 28.  DISTRIBUCIONES EN EL PLAN DE CUENTAS. La Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto podrá mediante resolución realizar distribuciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos al interior de cada uno de los subgrupos a partir del nivel de cuenta mayor, según clasificación del Plan de Cuentas oficial. Los Establecimientos Públicos realizarán por acto administrativo expedido por la Junta o Consejo Directivo distribuciones en el Presupuesto de Rentas e Ingresos al interior de cada uno de los subgrupos a partir del nivel de cuenta auxiliar, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

ARTÍCULO 29. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. La ejecución presupuestal de todas las entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito Capital, incluidas las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, incorporada en el Sistema de Presupuesto Distrital - PREDIS, se considera información de carácter oficial. Con base en esta información, cada entidad debe publicar de manera mensual sus informes de ejecución presupuestal en su portal web, máximo el décimo día hábil del mes siguiente.

 

ARTÍCULO 30. INFORME EJECUCIÓN DE VIGENCIAS FUTURAS. La Secretaría Distrital de Hacienda entregará semestralmente al Concejo de Bogotá D.C., un informe sobre la ejecución presupuestal de las vigencias futuras autorizadas.

 

CAPÍTULO VI

 

OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

 

ARTÍCULO 31. CUPO DE ENDEUDAMIENTO. Para efectos de lo previsto en los artículos 63 y 64 del Acuerdo Distrital 24 de 1995 respecto del cupo endeudamiento, la ejecución, control y seguimiento de las operaciones de crédito público del Distrito Capital y el otorgamiento de garantías y contragarantías se deberán seguir las reglas contenidas en el Título IV del Decreto Reglamentario del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital 216 de 2017, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.  

 

ARTÍCULO 32. GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL CRÉDITO. Las operaciones de crédito público y asimiladas a las mismas, las operaciones de manejo de la deuda y las conexas a las anteriores necesarias para financiar a las entidades que conforman la Administración Central Distrital y los establecimientos públicos distritales , así como las gestiones tendientes a la definición, estructuración, negociación y celebración de dichas operaciones, serán tramitadas exclusivamente por la Dirección Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

ARTÍCULO 33. SERVICIO DE LA DEUDA. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas con las operaciones de crédito, se pagarán con cargo a las apropiaciones del servicio de la deuda. 

 

ARTÍCULO 34. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DEL SERVICIO DE LA DEUDA. Cuando la apropiación presupuestal para el servicio de la deuda pública cuente con disponibilidad de recursos suficientes, podrán realizarse prepagos y otras operaciones de manejo de la deuda pública que contribuyan a mejorar el perfil del endeudamiento de Bogotá, D.C. 

 

ARTÍCULO 35. PAGO DE LA DEUDA. El pago de la deuda pública será ordenado por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Crédito Público, de conformidad con la solicitud de giro de transferencia realizada por las entidades beneficiarias, la cual debe estar debidamente justificada. 

 

CAPÍTULO VII

 

DISPOSICIONES VARIAS

 

ARTÍCULO 36.  INFORME DE PRODUCTOS, METAS Y RESULTADOS - PMR. La Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto enviará al Concejo  de Bogotá, el último día hábil del mes de abril de 2018, un informe anual con corte a 31 de diciembre de 2017 con los Productos, Metas y Resultados y los correspondientes indicadores sobre el avance en el cumplimiento de las metas y resultados de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. La Secretaría Distrital de Planeación enviará semestralmente al Concejo de Bogotá un informe sobre el cumplimiento de los planes de acción del Plan de Desarrollo Distrital.

 

Adicionalmente, la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto presentará al Concejo Distrital un informe de la vigencia, con corte a 30 de septiembre con los Productos, Metas y Resultados y los correspondientes indicadores sobre el avance en el cumplimiento de las metas de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. Este informe será un anexo al proyecto del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos para la siguiente vigencia.

 

ARTÍCULO 37. VÍCTIMAS, POBLACION EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO Y ATENCIÓN INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Las entidades responsables en el Distrito Capital de la atención directa e indirecta a las víctimas, población en situación de desplazamiento por la violencia e infancia y adolescencia, darán estricto cumplimiento a la ejecución de las acciones que en los proyectos de inversión de sus respectivos presupuestos estén encaminadas a garantizar y restablecer sus derechos, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Desarrollo vigente.

 

PARÁGRAFO. Con el fin de hacer el seguimiento respectivo para evidenciar las acciones que el Distrito Capital desarrollará en beneficio de estas poblaciones y para brindar información oportuna, clara y confiable a todos los órganos que la soliciten, cada entidad deberá reportarla a la Secretaría Distrital de Hacienda,   la Secretaría Distrital de Planeación y al Concejo de Bogotá D.C. con la periodicidad que estos organismos la requieran.

 

ARTÍCULO 38. AUTORIZACIÓN Y PAGO EN DINERO DE DÍAS COMPENSATORIOS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito, podrán autorizar y pagar en dinero, a los funcionarios que por norma tienen derecho a ello, los días compensatorios que se hubieren causado hasta el 31 de diciembre de 2017, siempre que exista disponibilidad presupuestal y cuando por necesidades del servicio éstos no se pudieran conceder.

 

ARTÍCULO 39. DE LA PROYECCIÓN DE LAS OBLIGACIONES CONTINGENTES CONTRACTUALES Y DE OPERACIONES DE CREDITO PÚBLICO. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital, deberán enviar a la Oficina de Análisis y Control de Riesgo de la Secretaría Distrital de Hacienda, con copia a la Dirección Distrital de Presupuesto, la información correspondiente a las obligaciones contingentes de que trata este artículo, incluyendo fecha estimada de materialización; de conformidad con las instrucciones establecidas por la Secretaría Distrital de Hacienda. 

 

ARTÍCULO 40. DE LA EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE MEDIDAS QUE IMPACTEN LAS FINANZAS DISTRITALES. Las entidades distritales que en el marco de su misión, antes de implementar estrategias, acciones o medidas que tengan impacto fiscal significativo, en desarrollo del sector administrativo al que pertenecen, deberán presentar para estudio y aprobación del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, acorde con la reglamentación que se expida para el efecto, el alcance e impacto financiero de dichas medidas con el fin de evaluar si las mismas pueden afectar el Marco Fiscal de Mediano Plazo y las finanzas distritales. 

 

ARTÍCULO 41. CAMBIO DE FUENTES DE FINANCIACIÓN. La Administración Distrital a través de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, podrá efectuar cambios entre las fuentes de financiación de los agregados de ingresos y gastos de cada una de las entidades, siempre y cuando no se modifique el valor total del presupuesto aprobado por el Concejo Distrital para cada sección.

 

ARTÍCULO 42. Con el propósito de garantizar la transparencia en la contratación pública, las entidades de la Administración Distrital propenderán por la utilización del mecanismo de Colombia Compra Eficiente.  

 

ARTÍCULO 43. Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal –IDPAC.

 

ARTÍCULO 44. Las apropiaciones incluidas en el presupuesto para la vigencia 2018, se clasifican y definen de la siguiente forma:   

 

CLASIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE LOS RUBROS DE GASTOS

 

3.GASTOS

 

El Presupuesto de Gastos incluye la totalidad de las apropiaciones de las Entidades que forman parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se clasifica en Gastos de Funcionamiento, Servicio de la Deuda y Gastos de Inversión. 


3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

Son las apropiaciones necesarias para el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y operativas. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, y transferencias de funcionamiento.

 

3.1.1 SERVICIOS PERSONALES

 

Son todos aquellos gastos para atender la contratación del personal vinculado a la planta de personal y de las personas contratadas por prestación de servicios. Incluye el pago de las prestaciones económicas, los aportes a favor de las instituciones de seguridad social privadas y públicas, derivadas de los servicios que esas instituciones prestan al personal en los términos de las disposiciones legales vigentes y los aportes parafiscales. 

 

Estos Gastos se clasifican en Servicios Personales Asociados a la Nómina, Servicios Personales Indirectos y Aportes Patronales al Sector Público y Privado. 

 

3.1.1.01 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA

 

Apropiación destinada al pago de los sueldos y demás factores salariales legalmente establecidos que  le corresponden al personal de planta y/o vinculados a través de la figura de planta temporal o transitoria de funcionamiento de las Entidades.

 

3.1.1.01.01 Sueldos Personal de Nómina

 

Apropiación destinada al pago de la asignación básica mensual fijada por la ley para los diferentes cargos incluidos en la planta de personal de cada Entidad, legalmente autorizada.

 

3.1.1.01.04 Gastos de Representación

 

Apropiación destinada a la compensación de los gastos que ocasiona el desempeño de un cargo del nivel directivo, asesor y de aquellos cargos que por acuerdos o normas preexistentes tengan derecho a éstos. Su reconocimiento y pago se efectuará con base en las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.1.01.05 Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y Trabajo Suplementario

 

Apropiación para efectuar el pago por el trabajo realizado en horas adicionales diferentes a la jornada ordinaria para los niveles asistencial y técnico. Con cargo a este rubro se atenderán los gastos que ocasionen el reconocimiento en dinero de días compensatorios.

 

Su reconocimiento y pago están sujetos a las limitaciones establecidas en las disposiciones legales vigentes y en ningún caso las horas extras tendrán carácter permanente.

 

3.1.1.01.06 Auxilio de Transporte 

 

Pago que se reconoce para el transporte a los empleados y trabajadores de la Administración Distrital, para determinados niveles salariales de conformidad con lo establecido en las convenciones colectivas y disposiciones legales vigentes.

 

3.1.1.01.07 Subsidio de Alimentación 

 

Pago que se reconoce para la alimentación de los empleados y trabajadores de la Administración Distrital, para determinados niveles salariales de conformidad con las convenciones y las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.1.01.08 Bonificación por Servicios Prestados

 

Pago a que tienen derecho los empleados públicos, por cada año continuo de servicios, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.1.01.11 Prima Semestral

 

Reconocimiento extralegal, que para efectos de su liquidación se constituye en factor salarial, pagadera a los empleados y trabajadores de la Administración Distrital, de conformidad con las normas vigentes y con lo establecido en las convenciones colectivas o convenios vigentes.

 

3.1.1.01.12 Prima de Servicios 

 

Reconocimiento a que tienen derecho los empleados y trabajadores a los que se les aplica el régimen prestacional de la Nación de conformidad con las normas vigentes.

 

3.1.1.01.13 Prima de Navidad

 

Prestación social en favor de los empleados y trabajadores, como retribución especial por servicios prestados durante cada año o fracción de él y pagadera en el mes de diciembre, de conformidad con las normas vigentes.

 

3.1.1.01.14 Prima de Vacaciones

 

Reconocimiento y pago a los empleados y trabajadores de la Administración Distrital por cada año de servicio o proporcional en los casos señalados en la Ley, liquidada con el salario devengado en el momento del disfrute conforme a las normas legales vigentes.

 

3.1.1.01.15 Prima Técnica

 

Reconocimiento económico a los empleados con título profesional que desempeñan empleos en los niveles directivo, asesor y profesional de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, sea cual fuere el año en que se lleve a cabo su reconocimiento.

 

3.1.1.01.16 Prima de Antigüedad

 

Apropiación para el pago a empleados y trabajadores de la Administración Distrital, en proporción a los años de servicio prestados de acuerdo con las normas legales y convenciones o convenios vigentes.

 

3.1.1.01.17 Prima Secretarial

 

Apropiación para atender el reconocimiento a los empleados de la Administración Distrital, que desempeñen el cargo de Secretario y Secretario Ejecutivo de acuerdo con las normas legales vigentes.

 

3.1.1.01.18 Prima de Riesgo

 

Apropiación para pagar el reconocimiento a los empleados con cargos de especial riesgo, de conformidad con los Acuerdos vigentes. Este pago será procedente, siempre y cuando en el cargo del empleado persistan las circunstancias especiales de riesgo que originaron el pago de tal prima.

 

3.1.1.01.20 Otras Primas y Bonificaciones

 

Son aquellos gastos de personal por concepto de primas y bonificaciones, diferentes a las enunciadas anteriormente.

 

3.1.1.01.21 Vacaciones en Dinero

 

Es la compensación en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas que se paga al personal que se desvincula definitivamente de la entidad. Su cancelación se hará con cargo al presupuesto vigente, cualquiera que sea el año de su causación.

 

3.1.1.01.23 Indemnizaciones Laborales

 

Tiene como fin efectuar los pagos que por tal concepto debe sufragar el Distrito Capital a través de las Entidades y Organismos originados por la supresión del cargo y en general las que prevé la Ley. 

 

3.1.1.01.25 Convenciones Colectivas o Convenios

 

Apropiación para cubrir los gastos derivados de convenciones colectivas de trabajo, incluidas las pensiones transitorias y los convenios celebrados por la Administración Distrital con los sindicatos de empleados y trabajadores, distintas a las que hacen relación con la remuneración y prestaciones sociales legales.

 

3.1.1.01.26 Bonificación Especial de Recreación

 

Apropiación destinada para el pago de la Bonificación en mención, que les corresponda a los servidores públicos, de conformidad con el Decreto 1919 DE 2002, equivalente a dos (2) días de asignación básica mensual, en el momento de iniciar el disfrute del respectivo período vacacional. Igualmente, habrá lugar a esta bonificación cuando las vacaciones se compensen en dinero.

 

3.1.1.01.27 Reconocimiento por Coordinación

 

Apropiación destinada para efectuar los gastos por concepto del reconocimiento por coordinación que efectúen las entidades a los funcionarios de conformidad con el Acuerdo 92 de 2003 y las normas reglamentarias.

 

3.1.1.01.28 Reconocimiento por Permanencia en el Servicio Público

 

Corresponde a la erogación relacionada con el pago del Reconocimiento por Permanencia en el Servicio Público en el Distrito Capital de conformidad con el Acuerdo 276 de 2007, modificado por el Acuerdo 336 de 2008 y 528 de 2013.

 

3.1.1.01.29 Sueldos Trabajadores Oficiales

 

Apropiación destinada al pago de los sueldos que le corresponden al personal vinculado como trabajador oficial de las Entidades.

 

3.1.1.02  SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

 

Apropiación destinada al pago del personal que se vincula en forma ocasional o para suplir necesidades del servicio y los siguientes contratos de prestación de servicios relacionados con la administración o funcionamiento de la entidad, cuando éstas no puedan realizarse con personal de planta: a) Contratos de Prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, celebrados con personas naturales o jurídicas para desarrollar actividades de carácter profesional. b) Los celebrados con personas naturales o jurídicas para desarrollar labores no profesionales, sea de carácter técnico o predominantemente materiales y no calificadas c) Los contratos para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales; d) Contratos de consultoría.

 

3.1.1.02.01 Personal Supernumerario

 

Apropiación destinada al pago de la remuneración para el personal vinculado ocasionalmente por vacancias temporales en caso de licencias, vacaciones o para desarrollar actividades de carácter transitorio. Por este rubro se pagarán las prestaciones sociales, los aportes patronales y demás conceptos a que haya lugar.

 

3.1.1.02.02 Jornales

 

Apropiación para atender los pagos de los trabajadores vinculados por contrato de trabajo, que desarrollen labores manuales en las diferentes actividades de la Administración.  

 

3.1.1.02.03 Honorarios  

 

3.1.1.02.03.01 Honorarios Entidad

 

Por este rubro se deberán cubrir los estipendios a los servicios profesionales celebrados con personas naturales o jurídicas para desarrollar actividades de carácter profesional, con quien esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, cuando éstas no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. Igualmente, podrán imputarse contratos de consultoría cuando no se desarrollen dentro de proyectos de inversión, de conformidad con lo establecido en la normatividad legal vigente.

 

Por este rubro se podrán pagar los honorarios de los miembros de las juntas directivas, consejeros, asesores, secuestres, peritos, curadores ad-litem, avaluadores, comisiones de éxito, honorarios de los árbitros de los tribunales de arbitramento y honorarios y gastos administrativos de los amigables componedores, de acuerdo con las normas vigentes.  

 

3.1.1.02.03.02 Honorarios Concejales

 

Es el pago por la asistencia de los Concejales a las sesiones plenarias y a las de las comisiones permanentes que tengan lugar en días distintos a los de aquellas. Su pago se realizará con base en las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.1.02.04 Remuneración Servicios Técnicos

 

Por este rubro se deberán cubrir los contratos de prestación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas para desarrollar labores no profesionales, sea de carácter técnico o predominantemente materiales y no calificadas para actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad, cuando éstas no puedan realizarse con personal de planta, de conformidad con el artículo 32 numeral 3, de la Ley 80 de 1993.

 

3.1.1.02.05 Bonificación Escoltas Alcaldía

 

Apropiación destinada para el pago de la Bonificación que le corresponde al Oficial de Enlace y del personal de escoltas de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 

 

3.1.1.02.06 Otros Reconocimientos Convencionales

 

Comprende las erogaciones por concepto de otros reconocimientos pactados en las convenciones colectivas. 

 

3.1.1.02.99 Otros Gastos de Personal

 

Corresponde a los Gastos de Personal que no están clasificados dentro de las definiciones anteriores y se encuentran autorizados por norma legal vigente, como es el caso de los costos de las Convocatorias adelantadas por la CNSC, entre otros.

 

3.1.1.03 APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO 

 

Son los pagos que deben hacer las Entidades Distritales por concepto de aportes liquidados sobre las nóminas y establecidos por norma legal, a las entidades del sector privado y público y demás erogaciones que se deriven de dichas liquidaciones. 

 

3.1.1.03.01 APORTES PATRONALES SECTOR PRIVADO

 

Son los pagos que deben hacer las Entidades de la Administración Distrital por concepto de aportes liquidados sobre las nóminas y establecidos por norma legal a las entidades del sector privado.

 

3.1.1.03.01.01 Cesantías Fondos Privados

 

Corresponde al pago de Cesantías y cuotas partes que las entidades de la Administración Distrital deben cancelar al respectivo Fondo Privado, para el pago de cesantías del personal vinculado de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Igualmente, este rubro se afectará con el pago por concepto de intereses sobre cesantías.

 

3.1.1.03.01.02 Pensiones Fondos Privados

 

Aporte patronal con destino a las Administradoras de Fondos de Pensiones Privados, según la afiliación de cada empleado.

 

3.1.1.03.01.03 Salud EPS Privadas

 

Aporte patronal con destino a las Empresas Promotoras de Salud Privadas, según la afiliación de cada empleado y una vez descontadas las incapacidades cubiertas por la entidad.

 

3.1.1.03.01.04 Riesgos Profesionales Sector Privado

 

Aporte Patronal para el Sistema de Riesgos Profesionales, cuyas Entidades Aseguradoras tienen el carácter de Entidades Privadas, conforme al porcentaje y la base legal vigente para el Sistema.

 

3.1.1.03.01.05 Caja de Compensación

 

Aporte establecido por la Ley 21 de 1982 correspondiente al  4% del valor de la nómina como aporte parafiscal  destinado a la Caja de Compensación. 

 

3.1.1.03.02 APORTES PATRONALES SECTOR PÚBLICO

 

Son los pagos que deben hacer las Entidades de la Administración Distrital por concepto de aportes liquidados sobre las nóminas y establecidos por norma legal a las entidades del sector público.

 

3.1.1.03.02.01 Cesantías Fondos Públicos

 

Corresponde al pago de Cesantías y cuotas partes que las entidades de la Administración Distrital deben cancelar al respectivo Fondo Público, para el pago de cesantías del personal vinculado de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

 

Igualmente, este rubro se afectará con el pago por concepto de intereses sobre cesantías.

 

 

3.1.1.03.02.02 Pensiones Fondos Públicos

 

Aporte patronal con destino a las Administradoras de Fondos de Pensiones Públicos, según la afiliación de cada empleado.

 

3.1.1.03.02.03 Salud EPS Públicas

 

Aporte patronal con destino a las Empresas Promotoras de Salud Públicas, según la afiliación de cada empleado y una vez descontadas las incapacidades cubiertas por la entidad

 

3.1.1.03.02.04 Riesgos Profesionales Sector Público

 

Aporte Patronal para el Sistema de Riesgos Profesionales, cuyas Entidades Aseguradoras tienen el carácter de Entidades Públicas, conforme al porcentaje y la base legal vigente para el Sistema.

 

3.1.1.03.02.05 ESAP

 

Aporte establecido por la Ley 21 de 1982 con el propósito de financiar los programas de educación y capacitación universitaria que preste esta entidad.

 

3.1.1.03.02.06 ICBF 

 

Aporte parafiscal establecido por las Leyes 27 de 1974 y 89 de 1988 con el propósito de financiar los programas de asistencia social que presta esta institución.

 

3.1.1.03.02.07 SENA

 

Aporte parafiscal establecido por las Leyes 58 de 1963 y 21 de 1982 con el propósito de financiar los programas de capacitación técnica que presta esta entidad.

 

3.1.1.03.02.08 Institutos Técnicos


Corresponde a los aportes que se deben realizar de conformidad con la Ley 21 de 1982.

 

3.1.1.03.02.09 Comisiones

 

Corresponde al pago por administración de los recursos que las entidades distritales le giran al FONCEP para el pago de cesantías.

 

3.1.1.03.03.99 Otros Aportes Patronales

 

Corresponde a otros aportes patronales que no están clasificados dentro de las definiciones anteriores y se encuentran autorizados por norma legal vigente. 

 

3.1.2 GASTOS GENERALES

 

Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios para el funcionamiento de las entidades de la Administración Distrital, así como para el pago de Sentencias Judiciales, Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas y otros gastos.

 

3.1.2.01 ADQUISICIÓN DE BIENES 

 

Son los gastos relacionados con la compra de bienes muebles tangibles e intangibles, duraderos y de consumo, necesarios para que las entidades de la Administración Distrital cumplan con su objeto social. Se excluyen los bienes que por su naturaleza forman parte del presupuesto de inversión. Se clasifican en:

 

3.1.2.01.01 Dotación

 

Partida destinada para atender la compra de vestuario de trabajo para servidores y trabajadores de las entidades de la Administración Distrital, según las labores que desempeñen de conformidad con lo ordenado en la Ley, los Acuerdos y Convenios vigentes. También incluye uniformes a personal que por la naturaleza y necesidades del servicio así lo requiera. 

 

3.1.2.01.02 Gastos de Computador

 

Gastos por concepto de servicios de arrendamiento y mantenimiento de equipos de computación Hardware y Software, de procesamiento electrónico de datos de grabación e impresión, contratos cuyo objeto sea facilitar el funcionamiento de sistemas de cómputo, la adquisición de medios magnéticos de almacenamiento de información, suministro para impresión, firma electrónica, certificados digitales, cinta para código de barras, custodia de base de datos, licencia antivirus y demás gastos necesarios para el continuo y eficiente manejo del hardware y software que requiere la entidad. En ningún caso incluye adquisición de equipos de cómputo y equipos de impresión y comunicaciones, contratación de personal temporal y contratos de gestión documental.

 

3.1.2.01.03 Combustibles, Lubricantes y Llantas

 

Apropiación destinada para la compra de combustibles incluido el gas vehicular, aceites combustibles, lubricantes tales como grasas, aceite motor, aceite caja, aceite transmisión y aceite hidráulico y llantas que requieran los vehículos, maquinaria y equipos utilizados por la Administración Distrital.

 

3.1.2.01.04 Materiales y Suministros

 

Apropiación destinada a la adquisición de bienes tales como papelería, útiles de escritorio, diademas telefónicas o inalámbricas, cafetería, alimentos y aseo, medicinas, materiales desechables de laboratorio y uso médico, materiales para seguridad, vigilancia y lavandería, alarmas y sistemas electrónicos de seguridad para propiedades y vehículos, elementos para la conservación de bienes muebles, campañas agrícolas, educativas y similares, material fotográfico, material necesario para artes gráficas y microfilmación, adquisición de bienes de consumo final o fungibles que no son objeto de devolución así como hologramas, stickers para código de barras. Por este rubro no se podrán adquirir equipos. 

 

3.1.2.01.05 Compra de Equipo

 

Apropiación destinada a la compra de equipos de menor cuantía para el área administrativa cuyo monto anual no exceda de cuarenta (40) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

3.1.2.02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 

 

Son los gastos relacionados con la contratación de servicios con personas naturales o jurídicas necesarios para que las entidades de la Administración Distrital cumplan con su objeto social y que  permitan mantener y proteger los bienes de su propiedad o los que estén a su cargo. Se clasifican en:

 

3.1.2.02.01 Arrendamientos 

 

Apropiación destinada a cubrir los gastos ocasionados por cánones de arrendamiento de bienes inmuebles de propiedad oficial o particular, ocupados por las entidades de la Administración Distrital, expensas de administración de los mismos, así como arrendamiento de bienes muebles como vehículos, maquinaria y equipo especializados.

 

3.1.2.02.02 Viáticos y Gastos de Viaje

 

Rubro para atender los gastos de transporte, manutención y alojamiento de los empleados y trabajadores distritales que se desplacen en comisión oficial al interior o exterior del País o en representación de la entidad, de acuerdo con las normas vigentes. Por este rubro no se puede atender el pago de viáticos del personal vinculado por honorarios y remuneración de servicios técnicos. No se podrá imputar a este rubro los gastos correspondientes a la movilización dentro del perímetro urbano de la ciudad, ni viáticos y gastos de viaje a contratistas. 

 

3.1.2.02.03 Gastos de Transporte y Comunicación

 

Apropiación destinada a cubrir los gastos por concepto de portes aéreos y terrestres, empaques, embalajes y acarreos, alquiler de líneas telefónicas, télex, fax, telégrafo, servicio de mensajería, correo postal, correo electrónico, pago por el uso del espectro electromagnético, provisión del servicio de internet, beeper, celular, intranet, extranet, suscripción y servicio de televisión por cable, enlaces de telecomunicaciones y/o elementos accesorios o inherentes a las mismas, redes inalámbricas, líneas con redes o bases de datos, servicios de voz, canales dedicados de datos y centros de datos, subasta electrónica y otros medios de comunicación y transporte dentro de la ciudad de los empleados en cumplimiento de sus funciones, gastos de parqueadero de vehículos oficiales cuando a ello hubiere lugar, peajes, así como la compra de celulares y sus costos inherentes o accesorios. Por este rubro no se podrá contratar personal.

 

3.1.2.02.04 Impresos y Publicaciones

 

Rubro destinado al suministro de material didáctico, libros de consulta, periódicos y revistas, suscripciones, diseño, diagramación, divulgación y edición de libros, revistas, cartillas, vídeos y memorias; edición de formas, fotocopias, encuadernación, empaste, sellos, avisos, formularios, fotografías, renovación derecho código de barras, enmarcación de foto mosaicos, impresión de pendones, carnets para el personal que desempeñe funciones en las entidades, así como las publicaciones en la gaceta oficial, y autenticaciones.

 

3.1.2.02.05 Mantenimiento y Reparaciones

 

3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad

 

Por este rubro se registran los gastos correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos, bienes muebles e inmuebles que ocupen las entidades distritales así como los conceptos técnicos sobre funcionamiento de ascensores o carga vertical, mantenimiento de  sistemas de comunicación como planta telefónica, PBX, entre otros, mantenimiento y actualización del sistema de control de incendios y los repuestos, accesorios, batería de vehículos, equipos de conversión y seguridad que se requieran para tal fin; contratos por servicios de aseo y/o cafetería, vigilancia y lavado de vehículos. También se registra por este rubro la conversión de vehículos de gasolina a gas. En ningún caso incluye la adquisición de equipos de cómputo y equipos de impresión y comunicaciones, ni contratación de personal temporal y ni remodelación integral de oficinas. 

 

3.1.2.02.05.02 Mantenimiento C.A.D.

 

Cuenta destinada a registrar los pagos que por concepto de administración, vigilancia, aseo, mantenimiento y reparación que se requieren para el edificio del Centro Administrativo Distrital.

 

3.1.2.02.05.03 Mantenimiento Contraloría de Bogotá

 

Cuenta destinada a registrar los pagos que por concepto de administración, vigilancia, aseo, mantenimiento y reparación que se requieren para el edificio de la Contraloría de Bogotá. 

 

3.1.2.02.06 Seguros

 

3.1.2.02.06.01 Seguros Entidad

 

Apropiación destinada a cubrir el costo previsto en los contratos o pólizas de amparo que cubran todo riesgo, daños materiales a bienes inmuebles, automóviles, manejo global para entidades oficiales, responsabilidad civil extracontractual, transporte de valores, transporte de mercancías, SOAT, maquinaria y equipos, sustracción clavo a clavo, cumplimiento y seguros de vida, seguro de lesiones corporales que ampare a funcionarios de la Administración Distrital, así como seguros que amparen a funcionarios del nivel directivo contra riesgo de perjuicios causados a terceros por las acciones en ejercicio de sus funciones. Igualmente, se pagarán las pólizas de manejo que requieran los funcionarios distritales, y los deducibles por concepto de reclamaciones a compañías aseguradoras y las cauciones judiciales expedidas por compañías de seguros. 

 

3.1.2.02.06.02 Seguros de Vida Concejales

 

Partida destinada al pago de los seguros de vida de los concejales de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.2.02.06.03 Seguros de Salud Concejales


Apropiación destinada al pago de los seguros de salud a que tienen derecho los concejales del Distrito Capital de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes.

 

3.1.2.02.07 Suministro de Alimentos

 

Comprende los gastos de alimentación para los servidores públicos de las entidades distritales que así los contemplen, con la debida justificación. 

 

3.1.2.02.08 Servicios Públicos

 

Rubro para sufragar los servicios facturados de energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo, gas, gas natural y telefonía fija de los inmuebles e instalaciones en los cuales funcionen las entidades de la Administración Distrital, cualquiera que sea el año de su causación. También incluye aquellos costos accesorios tales como instalaciones, reinstalaciones, acometidas y traslados.

 

3.1.2.02.09 Capacitación

 

Por este rubro se realizarán los gastos que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, formación y utilidad de nuevos conocimientos que contribuyan al mejoramiento institucional, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios. Se clasifica en capacitación interna y capacitación externa.

 

3.1.2.02.09.01 Capacitación Interna

 

Rubro destinado a promover el desarrollo integral del recurso humano, elevar el nivel de compromiso de los empleados, fortalecer la capacidad de aportar conocimientos, habilidades y actitudes para el mejor desempeño laboral, facilitar la preparación permanente de los empleados y para contribuir al mejoramiento Institucional.

 

Por este rubro, se atenderán los gastos que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación y estímulos que autoricen las normas legales vigentes. 

 

No se deberán hacer gastos con destino al pago de la educación definida como Formal, de conformidad con la Ley General de Educación.  

  

3.1.2.02.09.02 Capacitación Externa

 

Por este rubro se atenderán los gastos que tengan por objeto atender las necesidades de capacitación, adquisición y transferencia de conocimiento por parte de expertos nacionales e internacionales en temas que contribuyan al mejoramiento y especialización del desempeño institucional. Se atenderán también los gastos inherentes o derivados de la realización de dichas capacitaciones. 

 

3.1.2.02.10 Bienestar e Incentivos

 

Rubro destinado a sufragar los gastos generados en procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado y el de su familia en aspectos del nivel educativo, recreativo, habitacional y de salud, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios y las demás disposiciones legales vigentes. Incluye incentivos para funcionarios de atención al ciudadano de acuerdo con el Decreto Nacional 2641 de 2012.

 

3.1.2.02.11 Promoción Institucional

 

Apropiación para gastos por concepto de eventos oficiales, y gastos tendientes a fortalecer la imagen institucional, y los que se ocasionen en las actividades propias de la Administración Distrital y demás actos protocolarios. Incluye, la adquisición de chaquetas o chalecos con el logo distintivo de la imagen institucional -que requieran ser utilizados en eventos oficiales externos y en la orientación de servicios a los ciudadanos.

 

3.1.2.02.12 Salud Ocupacional

 

Apropiación destinada a cubrir los gastos por la adquisición de elementos ergonómicos tales como sillas, descansapiés, entre otros y los que demanden los programas de salud ocupacional consistentes en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y seguridad industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria por los servidores públicos y personal contratado por remuneración servicios técnicos y honorarios entidad, en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nacional 1072 de 2015 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

3.1.2.02.13 Programas y Convenios Institucionales

 

Rubro destinado a cubrir las obligaciones que demande el cumplimiento de aquellos convenios que suscriban las entidades distritales. 

 

3.1.2.02.13.02 C.A.D.E.

 

Pagos que por concepto de gastos administrativos de operación y fortalecimiento requieran los Centros de Atención del Distrito Capital-C.A.D.E.

 

3.1.2.02.13.99 Otros Programas y Convenios Institucionales

 

Cubre las obligaciones que demande el cumplimiento de aquellos convenios que suscriba el Distrito Capital con otras entidades de derecho público o privado, nacionales o internacionales, debidamente autorizados de conformidad con las disposiciones legales vigentes, tales como cuotas o emolumentos de afiliación, membrecías y demás gastos derivados de la vinculación de las entidades del Distrito Capital a dichos organismos, así como la suscripción de convenios con los entes universitarios y el SENA para el ingreso de pasantes y aprendices que presten el apoyo requerido para el fortalecimiento institucional de la entidad. Por este rubro también se atenderán las obligaciones derivadas de inscripción y cuotas a entidades de vigilancia y control. 

 

3.1.2.02.15 Gastos Administrativos E.D.T.U.

 

Rubro destinado al pago de administración, vigilancia, aseo, mantenimiento y reparación de la E.D.T.U. liquidada.

 

3.1.2.02.16 Gastos Electorales

 

Rubro destinado al pago de todos aquellos gastos inherentes para cubrir oportuna y eficientemente el proceso electoral, en el cual el Distrito participe en cumplimiento de la Ley.

 

3.1.2.02.17 Información

 

Incluye los gastos de generación y divulgación oportuna de información de carácter general, tributaria, fiscal o contractual, cuyo fin sea institucional, cívico, cultural o educativo, mediante mecanismos de intranet,  internet o tiendas virtuales, así como boletines informativos impresos, periódicos y/o tableros electrónicos institucionales o espacios en radio o televisión, al igual que imágenes que se hagan visibles desde las vías de uso público, como vallas, pancartas, pendones, pasacalles, carteleras, tableros electrónicos y otros medios orientados a este propósito, siempre y cuando este tipo de gasto no esté contemplado como parte integral, accesoria o inherente a los proyectos de inversión.

 

3.1.2.02.18 Publicidad

 

Rubro destinado al pago por la promoción en medios masivos de comunicación, permanentes o temporales, fijos o móviles, destinada a llamar la atención de la ciudadanía a través de leyendas o elementos visuales o auditivos en general, como dibujos, fotografías, letreros o cualquier otra forma de imagen y/o sonido cuyo fin sea institucional, siempre y cuando este tipo de gasto no esté contemplado como parte integral, accesoria o inherente a los proyectos de inversión.

 

3.1.2.03  OTROS GASTOS GENERALES

 

3.1.2.03.01 Sentencias Judiciales

 

Provee los recursos para pagar el valor de las sentencias, laudos, conciliaciones, transacciones y providencias de autoridad jurisdiccional competente, en contra de la Administración Distrital y en favor de terceros, exceptuando las obligaciones que se originen como consecuencia de proyectos de inversión u obligaciones pensionales, los cuales serán cancelados con cargo al mismo rubro o proyecto que originó la obligación principal. 

 

Los gastos conexos a los procesos judiciales y extrajudiciales fallados, se pagarán por el mismo rubro que se pague la sentencia, laudo, etc. También se podrá pagar por este rubro la tarifa por utilización de Centros de Arbitraje al igual que los gastos de administración y los demás gastos con su correspondiente IVA, relacionados con los procesos ante los tribunales de arbitramento, así como los seguros que requieran el levantamiento de embargos judiciales.

 

3.1.2.03.02 Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas

 

Apropiación destinada al pago de tributos, tasas, contribuciones, derechos, sanciones  y multas que se ocasionen para el funcionamiento de la Administración, cualquiera que sea el año de su causación. Entre éstos se incluye el pago por el certificado de emisiones atmosféricas de fuentes móviles o Revisión Técnico Mecánica y Certificado de Emisión de Gases a los vehículos oficiales,  gastos notariales y de escrituración, certificados de libertad y tradición y de cámara y comercio, notificaciones, arancel judicial, paz y salvos, impuesto al fondo del deporte, cuatro por mil, multas e intereses impuestos por el ICBF y el SENA, primas por suscripción de contratos de estabilidad jurídica, gastos generados para licencias de construcción tanto de las sedes administrativas como de las misionales, entre otros. 

 

3.1.2.03.03 Intereses y Comisiones

 

Apropiación destinada al pago de los intereses y comisiones que se ocasionan por las operaciones de tesorería y demás servicios y costos financieros. Incluye el pago de comisiones por efecto de venta o enajenación de bienes muebles.

 

3.1.2.03.06 Pago Administración Sistema SIMIT

 

Corresponde a la apropiación destinada a atender el pago por la administración del Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito - SIMIT, acorde con la Ley 769 de 2002 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

3.1.2.03.99 Otros Gastos Generales

 

Por este rubro se atienden los gastos eventuales, accidentales o fortuitos no incluidos específicamente dentro de los rubros de gastos generales que se presenten durante la vigencia fiscal y cuya erogación sea imprescindible e inaplazable para el funcionamiento y buena marcha de la Administración. Este rubro requiere para su ejecución de resolución motivada por parte del ordenador del gasto.

 

 

3.1.3 TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

Recursos con destino al presupuesto de funcionamiento y operación de entidades públicas distritales descentralizadas, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Comprende también los destinados a atender otros gastos externos para el funcionamiento ordinario de la entidad y otras transferencias que se den en cumplimiento de normas y convenios.

 

3.1.4 DÉFICIT COMPROMISOS VIGENCIA ANTERIOR 

 

Es el resultado deficitario entre los compromisos adquiridos y los ingresos recibidos en una vigencia fiscal.

 

3.1.5 PASIVOS EXIGIBLES

 

Son compromisos debidamente perfeccionados que fenecen presupuestalmente por no haber sido cancelados en la vigencia en que se constituyeron como reserva presupuestal y que por lo tanto, deben pagarse con cargo al presupuesto de la vigencia en que se hagan exigibles.

 

3.1.7 PAGO DE CESANTIAS 

 

3.1.7.01 PAGO DE CESANTIAS AFILIADOS

 

Corresponde a los pagos realizados por el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP por concepto de cesantías a sus afiliados.

 

3.2 SERVICIO DE LA DEUDA

 

Son los gastos que tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales originadas en operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización y las conexas a las anteriores realizadas conforme a las normas respectivas cuyos vencimientos ocurran durante la vigencia fiscal respectiva.

 

Los gastos de servicio de la deuda incluyen por tanto los pagos de capital, intereses, comisiones y gastos e imprevistos derivados de estas operaciones.

 

3.2.1 INTERNA

 

Son los gastos por servicio de la deuda originadas en operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización y las conexas a las anteriores que se celebren con residentes del territorio colombiano exclusivamente con entidades financieras en el territorio nacional, para ser pagaderas en moneda legal colombiana.

 

3.2.1.01 Capital

 

Corresponde a las amortizaciones de capital que se hayan pactado en cada contrato, pagaré o prospecto de emisión correspondientes a las operaciones de crédito público interno, las asimiladas a éstas, así como de las operaciones de manejo y procesos de titularización suscritos por el Distrito.

 

3.2.1.02 Intereses

 

Corresponde a los pagos derivados de la financiación de operaciones de crédito público internas, sus asimiladas, de manejo de deuda y procesos de titularización, de acuerdo con las condiciones pactadas en cada obligación.

 

3.2.1.03 Comisiones y Otros

 

Son los gastos asociados con la remuneración de servicios y comisiones derivados de la realización de operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización y las conexas a las anteriores u otras operaciones de financiamiento celebradas en el país. Se encuentran incluidas, entre otras, las comisiones por asesoría legal, asesoría financiera, encargos fiduciarios de fuente de pago, contratos de fiducia mercantil en procesos de titularización, contratos de administración de emisión de bonos, calificación de riesgo, representación legal de tenedores de bonos, comisión por colocación de bonos, servicio de inscripción y registro de títulos valores, bolsas de valores y todas aquellas personas naturales y jurídicas que por su naturaleza y funciones hayan de recibir pagos inherentes a la contratación de estas operaciones y demás gastos asociados.

 

Este rubro comprende también los compromisos que se deriven de las garantías otorgadas por el Distrito para el cumplimiento de obligaciones de pago propias o de otras Entidades Estatales, o para la realización de operaciones de financiamiento.

 

3.2.1.04 Imprevistos

 

Son las apropiaciones destinadas a cubrir las eventualidades relacionadas con la contratación de operaciones de crédito público, asimiladas; operaciones de manejo de deuda y procesos de titularización internos y las conexas a las anteriores y que por su naturaleza no pueden incluirse en los conceptos anteriores.

 

3.2.2  EXTERNA

 

Son los gastos por servicio de la deuda originados en operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización y las conexas a las anteriores que se celebren con entidades financieras externas residentes y no residentes en el país. 

 

3.2.2.01 Capital

 

Corresponde a las amortizaciones de capital que se hayan pactado en cada contrato, pagaré o prospecto de emisión correspondientes a las operaciones de crédito público externo, las asimiladas a éstas, así como de las operaciones de manejo y procesos de titularización suscritos por el Distrito.

 

3.2.2.02  Intereses

 

Corresponde a los pagos derivados de la financiación de operaciones de crédito público externas, sus asimiladas, de manejo de deuda y procesos de titularización de acuerdo con las condiciones pactadas en cada obligación.

 

3.2.2.03  Comisiones y Otros

 

Son los gastos asociados con la remuneración de servicios y comisiones derivados de la realización de operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización y las conexas a las anteriores u otras operaciones de financiamiento externas.

 

Se encuentran incluidas entre otras las comisiones por asesoría legal, asesoría financiera, encargos fiduciarios para administración y fuente de pago de emisiones de bonos, contratos de fiducia mercantil en procesos de titularización, calificación de riesgo, agentes de proceso, comisión por colocación de bonos, traducciones oficiales, servicios de inscripción y registro de títulos valores, bolsas de valores y todas aquellas personas naturales y jurídicas que por su naturaleza y funciones hayan de recibir pagos inherentes a la contratación de estas operaciones y demás gastos asociados.

 

Este rubro comprende también los compromisos que se deriven de las garantías y contragarantías otorgadas por el Distrito para el cumplimiento de obligaciones de pago propias o de otras Entidades Estatales, o para la realización de operaciones de financiamiento. 

 

3.2.2.04  Imprevistos

 

Son las apropiaciones destinadas a cubrir las eventualidades relacionadas con la contratación de operaciones de crédito público, asimiladas, operaciones de manejo de deuda, procesos de titularización externos y las conexas a las anteriores que por su naturaleza no pueden incluirse en los conceptos anteriores.

 

3.2.3 PENSIONES

 

Son los valores correspondientes al pago de bonos pensionales y/o cuotas partes de bonos pensionales a que está obligado el Distrito Capital a través del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá en desarrollo de la normatividad vigente. 

 

3.2.5 TRANSFERENCIA SERVICIO DE LA DEUDA 

 

3.2.5.02 OTRAS TRANSFERENCIAS

 

Apropiación con destino a financiar el pago del servicio de la deuda y otros gastos del servicio de la deuda de entidades públicas. 

 

3.3 INVERSIÓN

 

Gastos en que incurre el Distrito para el desarrollo económico, social, cultural y ambiental de la ciudad, es decir, aquellos que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos y al cumplimiento del Plan de Desarrollo.

 

La característica fundamental de este gasto, debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social.

 

La clasificación, presentación y estructura de la inversión será la siguiente:

 

3.3.1                                   Directa

 

3.3.1.15                              Bogotá Mejor para Todos

 

3.3.1.15.01                         Pilar o Eje Transversal

 

3.3.1.15.01.01                    Programa

 

3.3.1.15.01.01.XXXX          Código - Proyecto

  

3.3.2 TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN


Recursos con destino al presupuesto de inversión de entidades públicas distritales descentralizadas, destinadas a financiar sus gastos de inversión. Así mismo incluye otras transferencias que se den en cumplimiento de normas y convenios.

 

3.3.3 DÉFICIT COMPROMISOS VIGENCIA ANTERIOR

 

Es el resultado deficitario entre los compromisos adquiridos y los ingresos recibidos en una vigencia fiscal.

 

3.3.4 PASIVOS EXIGIBLES


Son compromisos debidamente perfeccionados que fenecen presupuestalmente por no haber sido cancelados en la vigencia en que se constituyeron como reserva presupuestal con cargo a inversión y que por lo tanto deben pagarse en la vigencia en que se hagan exigibles.

 

ARTÍCULO 45.  El presente Decreto se acompaña con unos anexos informativos que contienen el detalle de ingresos y gastos para el año fiscal 2018. 

 

ARTÍCULO 46.  VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1º) de enero de 2018. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de diciembre del año 2017.

 

DANIEL MEJÍA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor de Bogotá Distrito Capital (E)

 

JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO

 

Secretario Distrital de Hacienda (E)


Nota: Ver Anexos.