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RESOLUCIÓN 364 DE 2024 (Mayo 31) Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá EL SECRETARIO DE DESPACHO
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación. Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”. Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala: “(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica. (…)”. Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: " (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”
Que el Decreto Distrital 340 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: “(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.
Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2022, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.
Que el Decreto Distrital en mención, en su artículo 12 literal (h), contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: "(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)".
Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura, mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades.
Que, en consonancia con lo anterior, esta Secretaría mediante su proceso misional de Fomento, impulsa programas desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales. Que la Dirección de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene como propósito impulsar la economía cultural y la creatividad para la generación de condiciones de sostenibilidad y desarrollo en el sector cultural y creativo. Desde allí se viene liderando la implementación de la Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa (2019 - 2038), en donde una de las metas consiste en diseñar e implementar una estrategia para reconocer, crear, fortalecer, consolidar y/o posicionar Distritos Creativos, así como espacios adecuados para el desarrollo de actividades culturales y creativas. Es así cómo se identifican los Distritos Creativos, espacios geográficamente delimitados donde convergen la cultura, la creatividad y el emprendimiento, y funcionan como áreas de desarrollo social, cultural y económico.
Que en Bogotá se reconocen dos tipos de Distritos Creativos: - Distritos espontáneos: son aquellos que han concentrado de manera voluntaria por agentes creativos actividades culturales y creativas, congregan equipamientos culturales y realizan numerosas prácticas asociadas al sector. Entre estos, están: San Felipe, Chapinero, Usaquén, Centro Internacional, La Playa, Candelaria-Santa fe, Teusaquillo, La 85, Parque de la 93. - Distritos inducidos: son el resultado de programas de gobierno, que tienen la intención de transformar espacios en nuevos motores de desarrollo económico, social y cultural. Entre estos están: Bronx Distrito Creativo, Fontibón y Distrito de Ciencia Tecnología e Innovación.
Que desde el 2022 se viene desarrollando una estrategia para el fortalecimiento y posicionamiento de la Red de Distritos Creativos - RED, en donde se proyecta alcanzar una mayor difusión de cada uno de los quince Distritos Creativos de Bogotá, por medio de diversas intervenciones tanto mediáticas, como tangibles. Para el 2024 y con el propósito de continuar afianzando el posicionamiento de los Distritos Creativos, territorios delimitados en el Decreto 280 de 2020 y actualizado por el Decreto 539 de 2023, como lugares de interés cultural, turístico y social de la ciudad.
Que desde la Red de Distritos Creativos - RED se tiene contemplado dentro de su planeación estratégica, fomentar los encadenamientos productivos y la oferta creativa y cultural territorial de los agentes del sector cultural y creativo de la ciudad en diferentes plataformas de circulación que promuevan el desarrollo de sus actividades económicas.
Que la presente invitación cultural tiene como objeto seleccionar artistas que residan o desarrollen sus actividades en alguno de los cinco (5) Distritos Creativos priorizados para la presente invitación: (i) San Felipe, (ii) Diverso La Playa, (iii) Candelaria - Santa Fe, (iv) Centro Internacional y, (v) Teusaquillo o en las localidades donde están ubicados los mismos. Ver mapa de delimitación Distritos Creativos de Bogotá: http://tinyurl.com/Mapa-Distritos-Creativos
Que, en ese sentido, se invita a las personas naturales, agrupaciones o personas jurídicas que residan o desarrollen sus actividades artísticas o culturales en alguno de los cinco (5) Distritos Creativos priorizados a inscribirse y presentar sus iniciativas, atendiendo las condiciones específicas de la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá.
Que para soportar la invitación cultural que se apertura, la SCRD, cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal que se relaciona a continuación:
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que, en consideración de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura a la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a partir del 31 de mayo de 2024, donde la disponibilidad presupuestal, el número de incentivos y los montos respectivos, se encuentra relacionada de la siguiente manera:
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la invitación cultural para el desarrollo de actividades artísticas y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 1178 del 20 de mayo de 2024.
ARTÍCULO CUARTO: La Dirección de Economía, Estudios y Política será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en esta invitación cultural, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.
ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.
ARTÍCULO OCTAVO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los 31 días del mes de mayo del año 2024.
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos. |