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RESOLUCIÓN 037 DE 2025
(Febrero 13)
Por medio de la cual se ordena la transferencia de recursos para la vigencia 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca a la Agencia Regional de Movilidad – ARM
LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 2199 de 2022, los Acuerdos Regionales 001 y 003 de 2022, 004 de 2023, y 007 de 2024, las Resoluciones 030 y 403 de 2024; y
CONSIDERANDO:
1. Que, a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020 se modificó el artículo 325 de la Constitución Política, en el sentido de crear la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca (en adelante “Región Metropolitana”), la cual fue reglamentada por la Ley Orgánica 2199 del 2022 que, adicionalmente, adoptó su régimen especial y definió y reglamentó su funcionamiento, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución.
2. Que el artículo 32 de la Ley 2199 de 2022, creó la Agencia Regional de Movilidad, a través de la cual la Región Metropolitana ejercerá la autoridad Regional de Transporte, como entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte a nivel regional.
3. Que el artículo 13 del Acuerdo Regional 004 del 15 de agosto de 2023 (Estatuto de Presupuesto de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca) indicó la posibilidad que la Región Metropolitana pueda hacer aportes y transferencias a sus Entidades Adscritas. Así, se estableció que en el presupuesto de rentas y recursos de capital se identifiquen y clasifiquen por separado las rentas y recursos de las entidades adscritas, dentro de la metodología de cómputo de las rentas del presupuesto general, en los siguientes términos: “(…) Para estos efectos entiéndase por: a) Rentas Propias: Todos los ingresos corrientes de las entidades adscritas, excluidos los aportes y transferencias de la Región. b) Recursos de Capital: Los excedentes Financieros, los recursos del balance, las donaciones, reintegros y otros recursos no apropiados”.
4. Que el artículo 75 ibidem definió que “(…) De conformidad con el principio presupuestal de Unidad de Caja, la tesorería de la Región Metropolitana a través del mecanismo de cuenta única recaudará, administrará, invertirá y girará los recursos de la Región y de sus entidades adscritas. También podrá prestar estas funciones de tesorería a las entidades vinculadas mediante convenio. (…)”.
5. Que el artículo 23 del Acuerdo Regional 007 del 14 de agosto de 2024 estableció entre otros que “(…) El patrimonio y rentas de la Agencia Regional de Movilidad podrá estar constituido por los aportes iniciales y sus incrementos directos, y/o por las asignaciones o transferencias de los recursos de la Región Metropolitana (…)”.
6. Que mediante Acuerdo Regional 023 del 04 de diciembre de 2024, se expidió el presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, sus entidades adscritas y se dictaron otras disposiciones; en el artículo 3, se aprobó el presupuesto anual de gastos y plan anual de inversiones de la RMBC, donde en Transferencias Corrientes, en el rubro 2.1.3.05.09.099 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD, se asignaron recursos por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) MONEDA CTE.
7. Que la Resolución 526 del 27 de diciembre de 2024 - “Por la cual se efectúa la liquidación del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 2 se estableció en Transferencias Corrientes, en el rubro 2.1.3.05.09.099 AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD, recursos por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) MONEDA CTE.
8. Que, en consonancia con las anteriores disposiciones normativas, la Región Metropolitana ha determinado hacer la transferencia de los citados recursos a la AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD, para que ésta atienda los requerimientos de Gastos de Funcionamiento y de Gastos de Inversión que implica su entrada en funcionamiento.
9. Que la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, en virtud del numeral 2 del literal a) del artículo 12 del Acuerdo Regional 003 de 2022, tiene la función de dirigir los asuntos administrativos, financieros y de gestión del talento humano de la entidad; y el artículo 5 de la Resolución número 030 de 2024, le delegó la función de la ordenación del pago de todas las obligaciones a cargo de la entidad, sin límite de cuantía y con independencia de su fuente de financiación.
10. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Regional 023 del 04 de diciembre de 2024, la Resolución 526 del 27 de diciembre de 2024, y a las funciones atribuidas a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, es procedente ordenar el pago de la transferencia hacia la AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD para la vigencia fiscal 2025 por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) MONEDA CTE.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. ORDENAR el pago de la transferencia con destino a la AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD para la vigencia fiscal 2025 por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000) MONEDA CTE.
ARTÍCULO 2. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. El pago de la transferencia con destino a la AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD se encuentra amparado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 89 de fecha 27 de enero de 2025.
ARTÍCULO 3. COMUNICACIÓN. Comunicar el presente acto administrativo a la Directora Ad Hoc de la Agencia Regional de Movilidad y a la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, para que procedan conforme a sus competencias.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de febrero del año 2025.
JENNIFER BERMÚDEZ DUSSÁN
Subdirectora de Gestión Corporativa
Nota: ver norma original en Anexos |