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RESOLUCIÓN 282 DE 2025
(Julio 21)
Por la cual se ordenan inclusiones a la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico-LICBIC-CDA del ámbito distrital, se efectúan Declaratorias de Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico-LICBIC-CDA del ámbito distrital, se ordena su registro en el Registro BIC-CDA y se dictan otras disposiciones sobre la materia
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, y en especial las conferidas por el numeral 20 del artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021 y los artículos 6 y 42 del Decreto 522 de 2023, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 de la Constitución Política de 1991 establece que "[e]/ patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. (...)".
Que el articulo 209 ibídem, dispone que la función administrativa se halla al servicio de los intereses generales, se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, y añade que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el parágrafo del artículo 2.3.1.3. del Decreto Nacional 1080 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura" señala que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. actuará en el Distrito Capital como autoridad competente en todo lo relacionado con las declaratorias y revocatorias de Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico BIC-CDA, el ingreso a la Lista Indicativa de Candidatos de Bienes de Interés de Carácter Documental Archivístico LIC-BIC-CDA, la solicitud y aprobación del Plan Especial de Manejo y Protección de Carácter Documental Archivístico -PEMP-CDA, y la aplicación del Régimen Especial de Protección-REP del patrimonio cultural de carácter documental archivístico, para lo cual expedirá los correspondientes actos administrativos.
Que el artículo 2.4.1.3.2., de la mencionada norma, define las categorías de bienes muebles declarados como bienes de interés cultural en: colecciones privadas y públicas, monumentos en espacio público y bienes muebles asociados a inmuebles.
Que el artículo 2.4.1.9., ibídem, determina el contenido del acto administrativo mediante el cual se declara un bien mueble como Bien de Interés Cultural.
Que el artículo 2.4.1.10 del citado Decreto, define los bienes de interés cultural, como:
"(...) aquellos que por sus valores y criterios representan la identidad nacional, declarados mediante acto administrativo por la entidad competente, quedando sometidos al régimen especial de protección definido en la ley; estos pueden ser de naturaleza mueble, inmueble o paisajes culturales.
Los bienes del patrimonio arqueológico se consideran bienes de interés cultural de la nación de conformidad con lo estipulado en la Ley 397 de 1997 modificada por la Ley 1185 de 2008."
Que el Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, modificado por el Acuerdo Distrital 638 de 2016, consagra en su artículo 48 las funciones básicas de la Secretaría General, encontrándose entre ellas, en el literal e) la de "[formular la política de gestión documental y archivos, organizar el Sistema Distrital de Archivos y conservar, proteger y difundir la memoria institucional e histórica del Distrito".
Que atendiendo la competencia en materia de BIC-CDA establecida en el Decreto Nacional 1080 de 2015 a los Alcaldes Distritales, mediante los Decretos Distritales 140 de 2021 y 522 de 2023, se asignaron las funciones relacionadas con la inclusión en Lista Indicativa de Candidatos de Bienes de Interés de Carácter Documental Archivístico (LIC-BICCDA) y la Declaratoria de Bienes de Interés de Carácter Documental Archivístico (BICCDA) a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante el Acuerdo No. 001 de 2024, el Archivo General de la Nación adoptó el Acuerdo Único de la Función Archivística, así como la reglamentación de las condiciones para la declaratoria de Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico BIC-CDA, definiendo la Lista Indicativa de Candidatos de Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico LICBIC-CDA, como un registro de información al cual deben ingresar los bienes que están en procesos de ser declarados como un BIC-CDA, señalando de igual forma, que el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado y las autoridades competentes conformarán y administrarán su propia LICBIC-CDA y velarán por su publicación y actualización.
Que el Acuerdo ibídem, establece que la inclusión en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico, LICBIC-CDA, es un paso previo y obligatorio de registro de información respecto al bien que esté en proceso de declaratoria, fijando para ello los requisitos y procedimiento de inclusión, y estableciendo que toda decisión de la inclusión o su negativa deberá efectuarse mediante acto administrativo debidamente motivado y notificado de conformidad con lo dispuesto por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que, así mismo, el Acuerdo en mención, establece que en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico, -LICBIC-CDA se indicará como mínimo la siguiente información: el nombre del bien incorporado a la misma, la fecha de inscripción, la coincidencia del bien con los valores y criterios de valoración requeridos para la declaratoria, la solicitud del Plan Especial de Manejo y Protección de Carácter Documental Archivístico PEMP-CDA (si se requiere) y el número del acto administrativo de inclusión. Así mismo, contendrá un campo de información sobre las solicitudes no aceptadas, señalando los motivos de la no inclusión y número de acto administrativo que así lo declaró.
Que el articulo 2 del Decreto Distrital 828 de 2018, estableció que la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. actúa como Archivo General de Bogotá, conforme a los artículos 2.8.2.1.5 y 2.8.2.1.6 del Decreto Nacional 1080 de 2015, o la norma que lo modifique, aclare o sustituya.
Que el numeral 5 del artículo 2 del Decreto Distrital 140 del 14 de abril de 2021 establece como función de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., "[formular la política de gestión documental y archivos, organizar el Sistema Distrital de Archivos y conservar, proteger y difundir la memoria institucional e histórica del Distrito", mientras que el numeral 20 del artículo 13, ibídem, señala como función del Despacho del Secretario General, la de "[e]xpedir los actos administrativos relacionados con: inclusiones en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico (LICBIC-CDA), declaratorias y revocatorias de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico (BIC-CDA) del ámbito distrital, aprobación de Planes Especiales de Manejo y Protección de Carácter Documental Archivístico -PEMP-CDA-, previo concepto del Consejo Distrital de Archivos de Bogotá".
Que los Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico-BIC-CDA, corresponden a una categoría legal especial de bienes del patrimonio cultural de la Nación de naturaleza documental que tienen características y valores de importancia para el Patrimonio Cultural de la Nación.
Que el Decreto Distrital 522 de 2023, reglamentó el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, el cual tiene por objeto contribuir a la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad, gestión y divulgación del patrimonio cultural del ámbito Distrital, así como el señalamiento de las acciones de articulación, información y seguimiento del sistema.
Que el artículo 6 del Decreto Distrital 522 de 2023 "Por medio del cual se reglamenta el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural y se dictan otras disposiciones", asignó las siguientes competencias a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá en el marco del Sistema Distrital de Patrimonio Cultural:
"6.1 Orientar y liderar la formulación, implementación y seguimiento de las políticas para la protección de los recursos documentales de interés público para la ciudad, de los fondos y colecciones de carácter documental archivístico en los que se identifiquen cualidades de valor patrimonial y su disposición para la consulta y el servicio de la ciudadanía.
6.2. Promover la protección, conservación y divulgación del patrimonio documental de la ciudad y apoyar e impulsar la identificación, organización y protección de archivos privados que revistan especial importancia cultural, científica, técnica o histórica para la ciudad.
6.3 Realizar la inclusión en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico (LICBIC-CDA), de los bienes susceptibles de ser declarados Bienes de Interés Cultural en dicho ámbito previo concepto del Consejo Distrital de Archivos.
6.4 Efectuar la declaratoria o revocatoria de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico (BIC CDA) del ámbito distrital y definir los que requieren un Plan Especial de Manejo y Protección -PEMP, previo concepto del Consejo Distrital de Archivos.
6.5 Definir el procedimiento y autorizar, cuando proceda y bajo las condiciones establecidas por el Archivo General de la Nación-AGN la exportación temporal de Bienes de Interés Cultural de Carácter Archivístico (BIC-CDA) del ámbito Distrital, así como su enajenación.
6.6 Establecer lineamientos técnicos para los procesos de exhibición de bienes de interés cultural de carácter archivístico en el Distrito Capital, cuya tenencia sea ejercida por las iglesias o confesiones religiosas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.8.11.1 del Decreto Nacional 1070 de 2015 y de acuerdo con los lineamientos del Archivo General de la Nación.
6.7 Autorizar la Intervención en conservación documental de los bienes declarados BIC-CDA del ámbito distrital.
6.8 Aportar información para la construcción y seguimiento de indicadores del Sistema Distrital de Patrimonio Cultural."
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante Resolución 021 de 2025 ordeno la creación de la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico -LICBIC-CDA- del ámbito distrital, como un instrumento dentro del sistema público de información que debe estar disponible en página WEB y en registro físico de la Entidad, asegurando su actualización y cumpliendo con los requerimientos mínimos de información reglamentariamente exigidos.
Que mediante comunicaciones con radicado 1-2025-19070, 1-2025-19096 y 1-2025-19071, el Director del Archivo de Bogotá presenta formalmente trámite de solicitud a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, para el estudio del dossier técnico por parte del Consejo Distrital de Archivos de Bogotá como organismo encargado de conceptuar sobre la inclusión en la LICBIC-CDA y Declaratoria BIC de los siguientes Fondos Documentales bajo custodia de la Dependencia: 1. Fondo Documental "Administración del Ramo de Propios" con documentos comprendidos entre 1596 y 1873, y perteneciente al Archivo de Bogotá. 2. Serie "Libros de Actas de Inhumación y Exhumación" - Fondo EDIS (perteneciente a la colección del Archivo de Bogotá) que comprende los años 1835 hasta 2007. 3. Cuatro series: "Libros necrológicos", "Libros de índices alfabéticos de inhumaciones", "Informes de inhumaciones" y "Licencias de inhumación" perteneciente al Fondo Documental de la Secretaría Distrital de Salud del Archivo de Bogotá que comprende los años 1900 hasta 1996.
Que para este fin se creó el Expediente No. 0000001BIC donde reposa toda la información relacionada con este trámite.
Que en observancia de lo establecido en el numeral 8 del artículo 25 del Decreto Distrital 140 de 2021, la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, gestionó las siguientes solicitudes de inclusión en LICBIC-CDA y de Declaratoria BIC-CDA:
Que la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá como Secretaría Técnica del Consejo de Distrital de Archivos de Bogotá, expuso ante este organismo las solicitudes arriba señaladas y su correspondiente presentación técnica en sesión del día 20 de junio de 2025, identificando y explicando los antecedentes, identificación, estudios y valoración patrimonial, las cuales se sintetizaron de la siguiente manera:
"En ese sentido, y con el propósito de contextualizar a los consejeros sobre las acciones que se vienen adelantando en esta materia, el presidente concede el uso de la palabra a la profesional, Ani Yadira Niño, historiadora y profesional integrante del grupo de investigaciones de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, quien pasó a explicar cada uno de los fondos propuestos:
1. Fondo Documental "Administración del Ramo de Propios" con documentos comprendidos entre 1596 y 1873, y perteneciente al Archivo de Bogotá.
Fechas extremas: 21/05/1596-29/10/1873.
Volumen: 27 cajas (27 tomos).
Ubicación: Depósito 306 de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá
La profesional expuso los elementos técnicos e históricos que justifican la postulación de este fondo documental, destacando su relevancia como insumo de investigación y memoria institucional. Se señalaron como principales conclusiones:
- Aporta significativamente a la investigación histórica de Bogotá y del país por tratarse de la documentación más antigua que se conserva de la ciudad en el Archivo de Bogotá.
- Permite actualizar o contrastar las interpretaciones sobre los regímenes administrativos y políticos coloniales.
- Contiene datos biográficos relevantes sobre figuras históricas como Antonio Nariño y Camilo Torres Tenorio.
- Documenta aspectos relacionados con la educación y el trabajo femenino en la época.
- Facilita el análisis de los principios ideológicos que sustentaban la acción gubernamental de la monarquía española en América.
- Constituye una fuente primaria para el estudio del desarrollo social bajo el dominio del imperio español.
2. Serie "Libros de Actas de Inhumación y Exhumación" - Fondo EDIS (perteneciente a la colección del Archivo de Bogotá) que comprende los años 1835 hasta 2007.
Fechas extremas: 01/09/1835-25/10/2007.
Volumen: 79 cajas (341 carpetas).
Ubicación: Depósito 301 de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá.
Seguidamente, se presentó la evaluación técnica de la serie documental proveniente del Fondo de la Empresa Distrital de Servicios Públicos (EDIS), destacando su trascendencia más allá del ámbito administrativo. Entre los argumentos esbozados se encuentran:
- Permite reconstruir prácticas estatales frente a la muerte y analizar desigualdades sociales y respuestas a emergencias sanitarias.
- Contribuye al estudio de procesos de modernización urbana y políticas de salud pública
- Brinda elementos para reflexionar sobre transformaciones sociales y respuestas institucionales frente al crecimiento poblacional.
-Contiene registros de inhumaciones de personas no identificadas (NN), fundamentales en procesos de verdad, memoria y justicia relacionados con el conflicto armado interno.
3. Cuatro series: "Libros necrológicos", "Libros de índices alfabéticos de inhumaciones", "Informes de inhumaciones" y "Licencias de inhumación" perteneciente al Fondo Documental de la Secretaría Distrital de Salud del Archivo de Bogotá que comprende los años 1900 hasta 1996.
Fechas extremas: 1/05/1900-13/05/1996.
Volumen: 309 cajas y 61 tomos de gran formato.
Ubicación: Depósito 301 de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá.
En el tercer componente de la presentación, se expusieron las series documentales producidas por la Secretaría Distrital de Salud Se resaltó su valor histórico con base en los siguientes criterios:
- Documentan la evolución administrativa y sanitaria de la ciudad, además de ofrecer perspectivas sobre su historia social, económica y política.
- Son clave para el análisis de políticas públicas en salud, desigualdades sociales y los impactos del conflicto armado en el contexto urbano de Bogotá.
Se indica que la documentación se encuentra en un estado de conservación óptimo, y los deterioros que presenta están principalmente relacionados con el envejecimiento natural por lo cual, no requiere de Plan Especial de Manejo y Protección PEMP. Para asegurar su preservación, el Archivo de Bogotá ha usado unidades de almacenamiento en foamboard y recubrimiento de cartón pH neutro, así como cajas X y carpetas de cuatro aletas de Propalcote®. Así mismo, se han eliminado y retirado elementos que puedan contribuir con su deterioro como lo son ganchos u otros elementos metálicos.
Dejando como reflexión ante el Consejo Distrital de Archivos los estudios técnicos que sustentan la pertinencia de incluir los fondos y series documentales mencionados en la LICBIC-CDA, en virtud de su alto valor patrimonial, investigativo y social.
Acto seguido, el doctor Ricardo Guillermo Rivadeneira Velásquez, en su calidad de Director del Archivo de Bogotá, procede a exponer ante los miembros del Consejo el procedimiento institucional y normativo requerido para adelantar la declaratoria como Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico - BIC-CDA de los fondos y series documentales previamente presentados en sesión.
Durante su intervención, enfatiza la importancia de contar con el respaldo formal del Consejo para continuar con la gestión correspondiente ante el Despacho del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, instancia competente para emitir el acto administrativo de declaratoria, en concordancia con lo dispuesto en la normatividad patrimonial y archivística vigente. Tras la explicación, se abre un espacio para que los consejeros formulen sus observaciones respecto a la presentación técnica realizada por la profesional Ani Yadira Niño Delgado.
Posteriormente, el secretario Técnico del Consejo Distrital de Archivos, procede a someter a votación, de manera clara y diferenciada, las siguientes proposiciones ante los miembros del CDA, así:
- ¿Emite Usted concepto favorable para que el fondo "Administración del Ramo de Propios" Con documentos comprendidos entre 1596 y 1873 y perteneciente a la colección del Archivo de Bogotá sea declarado Bien de Interés Cultural de carácter documental archivístico del Distrito Capital mediante acto administrativo?
- ¿Emite Usted concepto favorable para que la serie "Libros de Actas de Inhumación y Exhumación" del Fondo EDIS que comprende los años 1835 hasta 2007 (perteneciente a la colección del Archivo de Bogotá) sea declarado Bien de Interés Cultural de carácter documental archivístico del Distrito Capital mediante acto administrativo?
- ¿Emite Usted concepto favorable para que las cuatro series: "Libros necrológicos", "Libros de índices alfabéticos de inhumaciones", "Informes de inhumaciones" y "Licencias de inhumación" que comprende los años 1900 hasta 1996, ¿y perteneciente al Fondo Secretaría de Salud del Archivo de Bogotá pueda ser sea declarado Bien de Interés Cultural de carácter documenta, archivístico del Distrito Capital mediante acto administrativo?
Finalizada la votación, se deja constancia de que la totalidad de los consejeros presentes manifiestan su aprobación de forma unánime respecto a todas las proposiciones sometidas a consideración, expresando su respaldo integral al procedimiento propuesto en este consejo frente a la declaratoria formal de los archivos mencionados como bienes de interés cultural del orden distrital.
En consecuencia, se aprueba continuar con el trámite administrativo correspondiente para la formalización de la declaratoria ante el señor Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá"
Que el Consejo Distrital de Archivos de Bogotá adelantó la deliberación y revisión de las solicitudes de inclusión LICBIC-CDA y Declaratoria BIC, y dio concepto favorable correspondiente a cada una de ellas, tal como consta en el Acta No. 4 de 2025 Sesión Ordinaria de 20 de junio de 2025; así mismo conceptuó que los Fondos objeto de declaratoria no requieren Plan Especial de Manejo y Protección -PEMP al estar bajo los parámetros de conservación implementados por la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá.
Que el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. en uso de sus facultades, en cumplimiento de sus funciones y con fundamento en el concepto del Consejo Distrital de Archivos de Bogotá, procederá: a incluir en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico LIBIC-CDA, declarar Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico del ámbito distrital, y registrar de oficio en el Registro BIC-CDA al Fondo Documental y Series Documental arriba identificadas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1º-: Inclusión en la LICBIC-CDA del ámbito distrital. Ordénese la inclusión a la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivístico (LICBIC-CDA) del ámbito distrital, de los siguientes Fondos y Series Documentales de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá:
Artículo 2º-: Declaratorias BIC-CDA. Declarar como Bienes de Interés Cultural del Ámbito Distrital, a los siguientes Fondos Documentales y Series Documentales:
Artículo 3º-: Registrar en el Registro BIC-CDA el Fondo Documental y Series Documentales objeto de la presente Resolución.
Artículo 4º-: Comunicar la presente Resolución a la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá a través de la Subdirección de Gestión Documental para lo de su competencia, para efecto del Registro de BIC-CDA y al Archivo General de la Nación "Jorge Palacios Preciado" de las declaratorias objeto de la presente Resolución.
Artículo 5°-: Ordenar a la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., publicar en la página web oficial de la entidad, el contenido del presente acto administrativo junto con sus respectivos anexos y remitir copia del presente acto administrativo al Expediente No. 0000001 BIC.
Artículo 6º-: Publicar por parte de la Subdirección Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la Gaceta Distrital, el contenido del presente acto administrativo junto con sus respectivos anexos.
Artículo 7º-: Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio del año 2025.
MIGUEL ANDRES SILVA MOYANO
Secretario General
Nota: Ver norma original en Anexos. |