RESOLUCIÓN 213 DE
2025
(Junio 25)
Por la cual se
modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los
empleos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca
LA DIRECTORA (E)
DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ – CUNDINAMARCA
En ejercicio de
las facultades que le confiere el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015,
el artículo 27 de la Ley 2199 de 2022, el numeral 17 del artículo 3 del Acuerdo
Regional No. 003 de 2022, la Resolución Administrativa 001 de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que, a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de
2020, que modificó el artículo 325 de la Constitución Política, se creó la
Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, reglamentada por la Ley 2199 de 2022,
mediante la cual se expidió el régimen especial de la Región Metropolitana
Bogotá-Cundinamarca.
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley
2199 de 2022, se estableció que la naturaleza de la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca es la de una entidad administrativa de asociatividad regional
con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público,
autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades
territoriales que la integran concurren en el ejercicio de las competencias que
les corresponden, con el fin de hacer eficaces los principios constitucionales
de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función
administrativa y en la planeación del desarrollo dada su interdependencia
geográfica, ambiental, social o económica.
Que el artículo 122 de la Constitución Política consagra que
no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o
Reglamento.
Que la Ley 909 de 2004 estableció las disposiciones
generales sobre la gestión del talento humano en las entidades del Estado,
señalando en su artículo 15 que las entidades deben elaborar y mantener
actualizados los manuales de funciones y competencias y se estableció la
necesidad de describir las funciones, los requisitos y las competencias de los
cargos en la planta de personal, asegurando la congruencia con los principios
de meritocracia y eficiencia.
Que el artículo 13 del Decreto Ley 785 de 2005 especifica
que las entidades deben elaborar los manuales de funciones y competencias de
los empleos, en los cuales se deben incluir, entre otros aspectos, los
requisitos académicos, profesionales y de experiencia necesarios para el
desempeño de las funciones.
Que a través del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015
mediante el cual se compila y unifica la regulación del sector administrativo,
en su artículo 2.2.2.6.1 se detalla la obligación de las entidades de expedir
los manuales de funciones, competencias laborales y perfiles de los empleos,
para garantizar un adecuado desempeño y cumplimiento de las metas
institucionales; así mismo se indica que la adopción, adición, modificación o
actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del
jefe del organismo o entidad.
Que, el Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083
de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto 815 de 2018, determinó las
competencias laborales comunes a los empleados públicos y las competencias
generales de los distintos niveles jerárquicos en los que se agrupan los
empleos de las entidades a las cuales se aplican los Decretos Ley 770 y 785 de
2005.
Que, mediante el Acuerdo Regional 003 del 20 de diciembre de
2022 se determinó la estructura organizacional de la Región Metropolitana
Bogotá, se determinaron las funciones y se dictaron otras disposiciones.
Que con ocasión a la expedición del Acuerdo Regional 004 del
20 de diciembre de 2022, se aprobó la planta de personal de la Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, y se dictaron otras disposiciones.
Que con la Resolución 002 del 9 de enero de 2024, se
estableció el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la
entidad, y mediante Resolución 041 de 14 de febrero de 2024, se incorporaron
algunos cargos al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.
Que en el artículo 4 de la Resolución 002 de 2024, resolvió:
"Modificaciones. El Director General de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, mediante acto administrativo realizará las modificaciones o
adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales"
Que de conformidad con el documento de justificación técnica
para el ajuste al Manual Específico De Funciones y Competencias Laborales de la
Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca suscrito por la Subdirectora de
Gestión Corporativa, se evidencia la pertinencia de modificar este documento
para la inclusión de algunas disciplinas académicas para el empleo Jefe de
Oficina Asesora Código 115 Grado 03 de la Oficina Asesora De Comunicaciones Y
Participación Ciudadana, así como la creación del perfil funcional de Auxiliar
Administrativo Código 407 Grado 12 de la Oficina de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el Manual Específico de
funciones y de Competencias Laborales, de los empleos que se señalan a
continuación:
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l. IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
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Directivo
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Denominación del empleo:
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Jefe Oficina Asesora
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Código:
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115
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Grado:
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03
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N O de cargos:
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dos (02)
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Dependencia
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Oficina Asesora De
Comunicaciones Y Participación
Ciudadana
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Cargo del Jefe inmediato:
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Director General
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ll. ÁREA FUNCIONAL
OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
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Establecer y liderar las
estrategias de comunicación externa e interna y la participación ciudadana de
la Región Metropolitana.
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IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
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1. Liderar
el diseño y a la implementación de la política, estrategias, y lineamientos
de la Región Metropolitana Bogotá -Cundinamarca en materia de comunicación y
relacionamiento externo e interno, con el fin de asegurar una comunicación y
de participación ciudadana de la entidad entre sus diferentes dependencias y
con sus públicos objetivo, entre los que se encuentran sus grupos de interés
y a la ciudadanía en general.
2. Apoyar
el funcionamiento y operación del Ágora Metropolitana y demás iniciativas
encaminadas a propiciar el acceso a la información, a la transparencia en la
gestión, a la colaboración, a la innovación social y el control social y
ciudadano.
3. Liderar
a la divulgación de las actividades de la Región Metropolitana Bogotá -
Cundinamarca a través de los diferentes medios de comunicación.
4. Administrar
y realizar seguimiento a todos los canales de comunicación externos de la
Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, incluyendo a la página web y las
redes sociales, fomentando una adecuada comunicación con los grupos de
interés, de acuerdo con las necesidades de divulgación de información
establecidas para cada uno.
5. Gestionar
las relaciones con los medios de comunicación.
6. Dirigir
el proceso de conceptualización, diseño, producción e implementación de
campañas de comunicación pública acorde con las necesidades las directrices
establecidas.
7. Definir
a la estrategia y lineamientos para el uso y manejo de la imagen corporativa
y gestión de marca.
8. Administrar
y desarrollar el seguimiento a los canales de comunicación interna de la
Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, asegurando un flujo oportuno de a
la información relevante.
9. Gestionar
el desarrollo de aliados estratégicos para fortalecer a la gestión de la
Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca.
10. Dirigir
el seguimiento, al medición y retroalimentación sobre los resultados de las
iniciativas de comunicación y participación que desarrolle al Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca.
11. Brindar
asistencia para garantizar la consecución de los objetivos de los procesos
que consolidan el derecho de participación de la ciudadanía, especialmente
frente al Ágora Metropolitana.
12. Gestionar
el proceso precontractual, contractual y postcontractual de los bienes y
servicios que requiera la Entidad en materia de Comunicaciones y
Participación Ciudadana, conforme a las competencias establecidas en los
manuales y procedimientos.
13. Ejercer
la supervisión o apoyo a la supervisión que le sean asignados por el
ordenador del gasto, de los contratos y/o convenios suscritos por la Región,
que guarden relación con el propósito del empleo o las funciones de la
Oficina a su cargo.
14. Responder
por la memoria institucional, la clasificación, organización y configuración
de los archivos de gestión de su área y su transferencia al archivo central,
conforme a las normas especiales que determinen la materia.
15. Promover
y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado
de Gestión de la dependencia
16. Las
demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la
dependencia.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES
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Habilidades de redacción y
comunicación
Conocimiento y manejo de
redes
sociales y canales
digitales.
Conocimiento y manejo de
diseño gráfico y digital
Conocimiento y manejo de
programas y herramientas de diseño gráfico
Conocimiento y manejo de
herramientas de edición multimedia.
Conocimiento y manejo de
administración de contenidos web.
Conocimientos de logística.
Normatividad vigente
relacionada con participación ciudadana y servicio al ciudadano
Gestión de prensa
Manejo de Fuentes
Sistema Integrado de
Gestión
Código de Ética
Estatuto Anticorrupción
Plan Distrital de
Desarrollo
Plan Nacional de Desarrollo
Plan de Ordenamiento
Territorial
Formulación, ejecución y
evaluación de proyectos.
Uso de Herramientas
Tecnológicas
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VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
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COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
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|
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y
al ciudadano
- Compromiso con la
organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio
- Uso de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones
|
Confiabilidad Técnica
Creatividad e Innovación
Iniciativa
Construcción de Relaciones
Conocimiento del Entorno
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VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
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ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
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|
Título profesional en
Diseño, del NBC Diseño.
Título profesional en
Publicidad, del NBC Publicidad y Afines.
Título profesional en
Comunicación Social y Periodismo, del NBC Comunicación Social Periodismo y
afines.
Título profesional en
Ciencias Políticas o Relaciones Internacionales del NBC Ciencia Política,
Relaciones Internacionales.
Título profesional en
Administración de Empresas, Administración Pública del NBC Administración.
Título profesional
Sociología, Trabajo Social del
NBC en Sociología, Trabajo
Social y afines
Título profesional Derecho
del NBC en Derecho y afines.
Título profesional en
Ingeniería Industrial del NBC Ingeniería Industrial y afines.
Título de postgrado en la
modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del
cargo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos establecidos por la Ley.
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Treinta y cuatro (34) meses
de experiencia profesional relacionada.
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l.
IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
|
Asistencial
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|
Denominación
del empleo:
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Auxiliar
Administrativo
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Código:
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407
|
|
Grado:
|
12
|
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N O de
cargos:
|
Tres (3)
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|
Dependencia
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Donde se
ubique el empleo
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Cargo del
Jefe inmediato:
|
Quien
ejerza la supervisión directa
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ll. ÁREA
FUNCIONAL
OFICINA
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
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III.
PROPÓSITO PRINCIPAL
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Preparar, organizar y administrar con calidad y oportunidad, los
documentos y correspondencia de la dependencia, conforme a los lineamientos
de gestión documental aplicables para la Entidad
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IV.
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
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1. Recibir, revisar, clasificar,
radicar, distribuir, enviar, entregar y controlar documentos, datos,
elementos, correspondencia, de competencia de la entidad, de acuerdo con los
procedimientos establecidos, las tablas documentales y los lineamientos
impartidos por la Entidad.
2. Asistir en la elaboración y
programación de la agenda del jefe inmediato, contribuyendo en el
cumplimiento de los compromisos adquiridos para su desarrollo oportuno.
3. Transcribir los documentos,
presentaciones, actas, guías que elabore la dependencia, de acuerdo con las
instrucciones del jefe inmediato.
4. Participar en la
elaboración de los instrumentos necesarios para recolectar, organizar y
analizar la información
5.Elaborar
oficios, informes, documentos y memorandos en general asignados por la
dependencia y dar respuesta a las solicitudes internas y externas de
competencia de la entidad, bajo la normatividad que aplique a cada tema.
6. Consolidar
los informes y presentaciones que le sean asignados por el jefe inmediato
7. Realizar
la atención telefónica, virtual y presencial de los usuarios internos y
externos de la dependencia, de acuerdo con las disposiciones legales
aplicables a la atención al ciudadano.
8. Manejar
los programas de informática instalados en la dependencia y a su cargo, y
responder por el uso adecuado por las claves de acceso que le sean asignadas,
conforme a las políticas de seguridad de la información.
9. Suministrar
la información, documentos y elementos que sean solicitados de acuerdo con
los tramites autorizaciones y procedimientos establecidos de manera oportuna.
10. Efectuar
el control periódico sobre los elementos de consumo con el fin de determinar
su necesidad real y solicitar los elementos necesarios oportunamente.
11. Desarrollar
la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de
la dependencia.
12. Responder
por la memoria institucional, la clasificación, organización y configuración
de los archivos de gestión de la dependencia y su transferencia al archivo
central, conforme a las normas especiales que determinen la materia.
13. Las demás funciones
que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de empleo
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
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Conocimiento general de la
Constitución Política
Conocimiento de las
Políticas de Atención al Ciudadano Normas básicas de redacción
Conocimientos básicos en
materia de gestión documental
Conocimientos en Ofimática
Código de Ética y Buen
Gobierno
Ley de Transparencia y
Acceso a la Información
Régimen del Servidor
Público
Herramientas ofimáticas
Manejo de Sistemas de
Información
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VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
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COMUNES
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POR NIVEL JERÁRQUICO
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|
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la
organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
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Confiabilidad
Disciplina
Responsabilidad
Instrumentación de decisión
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VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
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ESTUDIOS
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EXPERIENCIA
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Diploma de bachiller en
cualquier modalidad.
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Sin experiencia
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ARTÍCULO 2. Copia manual de funciones y competencias
comportamentales. El Subdirector de Gestión Corporativa de la Región
Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, entregará a cada servidor una (1) copia de
las respectivas funciones y competencias determinadas en el presente Manual
Específico de Funciones y Competencias Laborales, para el respectivo empleo en
el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia, o cuando
implique cambio de sus funciones.
ARTÍCULO 3. Equivalencias. Cuando para el desempeño
de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado,
los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las
leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras
calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. En los casos
establecidos en la ley será obligatoria la presentación de la matricula o
tarjeta profesional.
Parágrafo. Las equivalencias entre estudios y
experiencias serán las establecidas en el artículo 25 del Decreto Nacional 785
de 2005.
ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución
002 de 09 de enero de 2024.
PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de junio del año 2025.
GISELA PAOLA
LABRADOR ARAÚJO
Directora (E)
Nota: Ver norma original en Anexos.