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Resolución 001 de 2025 Agencia Regional de Movilidad - ARM

Fecha de Expedición:
25/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2025

 

(Marzo 25)

 

Por lo cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD para la vigencia fiscal 2025

 

LA DIRECTORA AD HOC DE LA AGENCIA REGIONAL DE MOVILIDAD

 

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Artículo 3 del Acuerdo regional 024 de 2024; у

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante el artículo 32 de la Ley Orgánica 2199 de 2022, se creó la Agencia Regional de Movilidad, a través de la cual, la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca ejercerá la autoridad Regional de Transporte, como entidad pública adscrita a esta, encargada de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte a nivel regional. Esta entidad estará a cargo del Sistema de Movilidad Regional, el cual está integrado por el conjunto de infraestructuras y servicios de transporte público y privado de carácter regional que conectan las personas y mercancías entre los municipios del ámbito geográfico de la movilidad, así como los demás elementos requeridos para su organización, planeación, gestión, regulación, financiación y operación.

 

Que, mediante el Acuerdo Regional 004 de 2023, se expidió el Estatuto Presupuestal de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, el cual de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 regula el Sistema Presupuestal de la Región Metropolitana compuesto por el presupuesto anual del nivel central de esta entidad y el presupuesto de sus entidades adscritas asimiladas presupuestalmente a los establecimientos públicos, por tanto, todas las disposiciones en esta materia deben ceñirse a las prescripciones allí contenidas.

 

Que, el Acuerdo Regional 004 de 2023 define en su Capítulo XI las reglas sobre LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL y en su artículo 67 "De las adiciones y traslados", estableció entre otros que "(...) El Director de la Región Metropolitana y los representantes legales de las entidades adscritas y vinculadas efectuarán traslados dentro de los componentes internos de los rubros de gastos (...)"

 

Que, por otra parte, en el Acuerdo Regional 007 del 14 de agosto de 2024 del Consejo Regional, se adoptaron los estatutos de la Agencia Regional de Movilidad, como una entidad adscrita a la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, siendo esta una Agencia Estatal de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden territorial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica y patrimonio independiente.

 

Que, el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca aprobó el Acuerdo Regional 023 del 2024 - "Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, sus entidades adscritas y se dictan otras disposiciones".

 

Que, a través del Acuerdo Regional 024 del 11 de diciembre de 2024 se designó como directora Ad Hoc para la Agencia Regional de Movilidad a la Doctora Clara Inés Márquez Vásquez.

 

Que, la liquidación del presupuesto anual de gastos de funcionamiento e inversiones de la Agencia Regional de Movilidad para la vigencia 2025, se encuentra contenida en el Artículo 2 de la Resolución 528 del 2024 "Por la cual se efectúa la liquidación del presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2025 de la Agencia Regional de Movilidad y se dictan otras disposiciones".

 

Que se hace necesario contar con la apropiación presupuestal suficiente en el rubro de servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanísticos, jurídicos y de contabilidad), para poder suscribir y pagar los contratos de prestación de servicios que se requieren para el desarrollo del proyecto de inversión BPIN 20241400230006.

 

Que en consideración a la revisión de necesidades sobre los gastos de inversión para lo que resta del año en curso, se ha identificado que se cuentan con remanentes de recursos en su asignación y que no se comprometerán en la presente vigencia, dentro de los cuales se encuentra el de Servicios Jurídicos y Contables, del cual se puede descontar para hacer el traslado al rubro servicios profesionales, científicos y técnicos, por valor de sesenta y cinco millones de pesos ($65.000.000).

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectuar un traslado entre los rubros presupuestales de los GASTOS DE INVERSIÓN para la vigencia fiscal de 2025, en la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($65.000.000) MONEDA LEGAL COLOMBIANA, así:

 

RUBRO

DESCRIPCIÓN

CRÉDITO

CONTRACRÉDITO

2.3.2.02

Adquisiciones Diferentes de Activos

 

 

2.3.2.02.02.008

Servicios Prestados a Las Empresas y Servicios de Producción

 

 

2.3.2.02.02.00802

Servicios Jurídicos y Contables

 

65.000.000

2.3.2.02.02.00803

Servicios de Consultoría En Administración y Servicios de Gestión; Servicios de Tecnología de La Información

65.000.000

 

TOTAL

65.000.000

65.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Dado que los rubros se encuentran en el mismo nivel de clasificación es pertinente realizar internamente dichas modificaciones presupuestales.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de marzo del año 2025.

 

CLARA INÉS MÁRQUEZ VÁSQUEZ

 

Directora Ad Hoc

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.