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RESOLUCIÓN 8936 DE 2003 (Septiembre 23) Modificada por la Resolución del D.G. IDU 5972 de 2004 , Modificada por la Resolución del D.G. IDU 6058 de 2005, Modificada por la Resolución del D.G. IDU 7253 de 2005 "Por la cual se modifica el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de los diferentes empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá D.C ¿ IDU-» LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C., en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las señaladas en el numeral 1º del artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 y en el artículo 9º de la Resolución No. 014 del 5 de noviembre de 1998 de Junta Directiva, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9º de la Resolución 014 del 5 de noviembre de 1998, expedida por la Junta Directiva del IDU, delegó en el Director General la facultad de expedir y actualizar el manual de funciones.Que mediante Resolución No. 4726 del 16 de junio de 2.003, se modificó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de los diferentes empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano. Que el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios, de acuerdo con los requerimientos de la entidad. Que se requiere modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos vigentes, con el fin de hacer más eficientes las funciones encomendadas a la Subdirecciones Técnicas de Recursos Humanos, Recursos Físicos y Mantenimiento del Espacio Público. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 252, en el sentido de adicionar en el cargo de Subdirector Técnico código 088 grado 01 de la Subdirección Técnica de Recursos Humanos la siguiente función: - Coordinar con la Dirección Técnica de Apoyo Corporativo y la Subdirección Técnica de Recursos Físicos, la ejecución e implementación de las estrategias de comunicación interna orientadas al fortalecimiento y consolidación de la cultura organizacional del Instituto. ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 258, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Especializado código 335 grado 04 de la Subdirección Técnica de Recursos Humanos como requisito mínimo de educación, los títulos profesionales en Comunicación Social y Diseño Gráfico. ARTÍCULO TERCERO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 260, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Especializado código 335 grado 04 de la Subdirección Técnica de Recursos Humanos la siguiente función: - Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y campañas de divulgación y motivación, tendientes al fortalecimiento de la cultura organizacional del Instituto. - Preparar los contenidos y mantener actualizados los medios de divulgación internos corporativos tales como carteleras, boletines, folletos y demás que utilice el IDU. ARTÍCULO CUARTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 267, en el sentido de adicionar en el cargo de Subdirector Técnico código 088 grado 01 de la Subdirección Técnica de Físicos las siguientes funciones: - Coordinar con la Dirección Técnica de Apoyo Corporativo y la Subdirección Técnica de Recursos Humanos, la ejecución e implementación de las estrategias de comunicación interna orientadas al fortalecimiento y consolidación de la cultura organizacional del Instituto. - Coordinar las actividades de diseño y producción de elementos, piezas y/o materiales de comunicación interna y externa, así como logística necesaria para la participación del IDU en ferias, foros, entre otros eventos, y campañas de promoción y divulgación. - Coordinar y responder por la ejecución de los trámites necesarios para adelantar la publicación en prensa de los procesos licitatorios adelantados por el IDU. (SIC) ARTÍCULO CUARTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 276, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Especializado código 335 grado 04 de la Subdirección Técnica de Recursos Físicos como requisito mínimo de educación, los títulos profesionales en Comunicación Social y Diseño Gráfico. ARTÍCULO QUINTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 278, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Especializado código 335 grado 04 de la Subdirección Técnica de Recursos Físicos las siguientes funciones: - Responder por el diseño y producción de los elementos, piezas y/o material de comunicación requeridos por los programas y estrategias de divulgación de la gestión, tanto hacia fuera como al interior del IDU. - Establecer la logística requerida para desarrollar las estrategias de comunicación a través de la participación del IDU en ferias, foros, entre otros eventos, y campañas de promoción y divulgación. - Realizar los trámites necesarios para adelantar la publicación en prensa de los procesos licitatorios adelantados por el IDU ARTÍCULO SEXTO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 571, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Universitario código 340 grado 01 de la Subdirección Técnica de Mantenimiento del Espacio Público como requisito mínimo de educación el título profesional en Ingeniería Catastral y Geodesia. ARTÍCULO SEPTIMO.- Modificar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos a folio 572, en el sentido de adicionar en el cargo de Profesional Universitario código 340 grado 01 de la Subdirección Técnica de Mantenimiento del Espacio Público las siguientes funciones: - Responder por la actualización del sistema de información especializado en cartografía digital con que cuenta la Subdirección Técnica, el cual es utilizado para programar y priorizar el monitoreo a las diferentes zonas que se encuentra dividido el Distrito de Bogotá para atender el espacio público. - Responder por el análisis de datos capturados en terreno que se encuentran en las bases de datos de la Subdirección Técnica, con el fin de generar, analizar y administrar la información necesaria para la gestión del área. - Responder por la preparación y programación del monitoreo a desarrollar por los vigías urbanos del IDU en las diferentes zonas del Distrito Capital. - Efectuar el seguimiento y control de costos y de presupuesto, destinados al mantenimiento de los diferentes frentes de trabajo ya asignados por la Subdirección Técnica de Mantenimiento del Espacio Público. - Coordinar la intervención operativa del mantenimiento correctivo del espacio público del Distrito Capital. ARTÍCULO OCTAVO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición, y modifica en lo pertinente a la Resolución 4726 del 16 de junio de 2.003. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de Septiembre de 2003 MARIA ISABEL PATIÑO OSORIO Directora General Nota: Publicada en el Registro Distrital 2961 de Octubre 6 de 2003. Los anexos pueden ser consultados en el registro indicado o en las oficinas de la entidad que expide el presente acto administrativo. |