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Circular 003 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
15/01/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Memorando

 CIRCULAR 003 DE 2021

 

(Enero 15)

 

Para:   SERVIDORES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL.

 

De:      SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL.

 

Asunto: MEDIDAS TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA DECRETO 018 DEL 14 DE ENERO 2021 “Por medio del cual se adoptan medidas para conservar la seguridad, preservar el orden público, y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19).”

 

En consideración a la situación epidemiológica existente en la ciudad de Bogotá D.C., mediante el Decreto Distrital 018 del 14 de enero de 2021 “Por medio del cual se adoptan medidas para conservar la seguridad, preservar el orden público, y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-I9)”, se ordenó, restringir la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá desde las 8:00 p.m. del 15 de enero de 2021 hasta las 4:00 a.m. del día 18 de enero de 2021, y así mismo, limitar totalmente la libre circulación de vehículos y personas en las localidades de San Cristóbal, Usme, Bosa, Tunjuelito, Puente Aranda, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar entre las 8:00 p.m. del 15 de enero de 2021 y hasta las 11:59 p.m. del 28 de enero de 2021.

 

Las determinaciones adoptadas en el Decreto Distrital 018 del 14 de enero de 2021, con relación a la aplicación, modificación o supresión de medidas en salud pública y social están fundamentadas en estudios de riesgos específicos, observando en Bogotá D.C., el 11 de enero de 2021 el siguiente panorama:  

 

“Que al 11 de enero de 2020 el Distrito acumuló 522.621 casos confirmados de COVID-19, lo que refleja un aumento acelerado de los casos durante las últimas semanas, que se distribuyen así: Suba (70995), Kennedy (64705), Engativá (54085), Bosa (37839), Usaquén (33738), Ciudad Bolívar (31251), Fontibón (24459), Rafael Uribe Uribe (23882), San Cristóbal (23.711), Puente Aranda (20323), Usme (18121), Tunjuelito (12384), Chapinero (12341), Teusaquillo (10951), Barrios Unidos (10304), Santa Fe (8451), Antonio Nariño (6949), Los Mártires (6560), La Candelaria (2214) y Sumapaz (13).”

 

El secretario jurídico distrital, alineado con las disposiciones de la Administración Distrital, profirió las Circulares No. 001 del 06 de enero de 2021 y No. 002 del 08 de enero de 2021, adoptando medidas transitorias y excepcionales en el marco del Estado Sanitaria, con ocasión de lo dispuesto en el Decreto 007 de 2021 y en el Decreto 010 de 2021, estableciendo que los servidores de esta Secretaría, debían cumplir con las medidas señaladas en las disposiciones normativas en aras de preservar la vida y la salud.

 

Por lo anterior, los servidores de esta Secretaría, residentes en las localidades de San Cristóbal, Usme, Bosa, Tunjuelito, Puente Aranda, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar deberán cumplir las medidas señaladas en el Decreto Distrital 018 de 2021, para sus localidades en aras de preservar la vida y la salud.

 

En consecuencia, se indica que los servidores residentes en las localidades de San Cristóbal, Usme, Bosa, Tunjuelito, Puente Aranda, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar, cuya presencia física no sean indispensable para garantizar el adecuado funcionamiento de la entidad y la prestación del servicio, deberán realizar trabajo en casa, durante la jornada laboral habitual[1], en los términos establecidos en el precitado Decreto Distrital 018 de 2021.

 

WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE

 

 Secretario Jurídico Distrital

 NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] DECRETO 842 DE 2018 “Por medio del cual se establece el horario de trabajo de los/las servidores/as públicos/as del sector central de la Administración Distrital y se dictan lineamientos sobre la flexibilización del horario para servidores/as en circunstancias especiales y se dictan otras disposiciones”.


Proyectó: Germán Eduardo Pinzón Cruz, Profesional Especializado Dirección de Gestión Corporativa.

Revisó:    María Paula Torres Marulanda. Asesora del Despacho de la Secretaría Jurídica Distrital.

Aprobó:   Camilo Andrés Peña Carbonell. Director de Gestión Corporativa (E).