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RESOLUCIÓN 004 DE 2021 (Enero 19) Derogada por el art. 8, Resolución 264 de 2022 Por la cual se modifica parcialmente el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO – IDT En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos Nro. 01 de 2007 y 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva, y CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente. Que conforme con lo establecido por la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley No.785 de 2005 y el Decreto Nacional No.1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 815 del 8 de mayo de 2018, los organismos públicos deben adoptar sus manuales específicos de funciones y de competencias comunes y comportamentales de los empleos que conforman la planta de personal. Que el Decreto No. 989 del 9 de Julio de 2020, expedido por el Gobierno Nacional, establece las competencias y requisitos específicas para ocupar el cargo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el nivel de los cargos, la naturaleza de las funciones y sus responsabilidades. Que conforme a lo determinado en el Decreto No.498 de 2020, la entidad realizó el proceso de socialización con la Organización sindical ASOGOBIERNO Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario presentado para el perfil del empleo de Asesor de Control Interno el ajuste en las competencias y requisitos específicos, recibiendo el pronunciamiento de la organización sindical en el marco de la norma. Que conforme a lo determinado en el Decreto No.498 de 2020 y según lo establecido en el numeral 8º del artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011, la entidad procedió a publicar en la página web el proyecto de modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales en los términos establecidos en la norma. Que en la Resolución No.265 del 27 de diciembre de 2019 se encuentra contenido el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales vigente para los empleos del Instituto Distrital de Turismo. Que para efectos de la presente modificación parcial a la Resolución No. 265 de 2019 de la Dirección General del Instituto, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD-, emitió concepto técnico favorable a la modificación parcial del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo Instituto, mediante oficio número 2020EE4286 del 31 de diciembre de 2020. Que la Directora General goza de las facultades legales para esta modificación en especial la que le confiere el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública 1083 de 2015, así como las otorgadas por el literal e) del Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., el literal e) del Artículo 18 del Acuerdo Nro. 01 de 2007, y el literal s) del Artículo 4º del Acuerdo 008 de 2016 de la Junta Directiva. Que, de acuerdo con las disposiciones y lineamientos legales anteriores, se hace necesario modificar el perfil del empleo Asesor de Control Interno, con el fin de ajustar las competencias y requisitos establecidos para su desempeño. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1º. Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales vigente del Instituto Distrital de Turismo, respecto del siguiente empleo cuyas funciones deberán ser cumplidas por el funcionario con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan, así: DESPACHO DEL DIRECTOR
Artículo 3º. Entrega de Funciones. A través de la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario, se entregará copia de la funciones y competencias determinadas en el presente Manual al momento de la posesión del servidor público, por cambio de funciones o requisitos establecidos en el mismo. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de estas. Artículo 4º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente la Resolución No. 265 de 2019 y demás normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2021. KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General |