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Resolución 089 de 2021 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
03/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7163 del 17 de junio de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 089 DEL 2021

 

(Junio 3)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2021

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., los Acuerdo 001 de 2007, 006 de 2016, 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva del IDT, y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.


Que de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.


Que el artículo 9° del Decreto Distrital 777 de 2019 dispone que las modificaciones al anexo del decreto de liquidación de los Establecimientos Públicos del Distrito se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Sobre la necesidad de concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en su parágrafo se señala que “se exceptúan del concepto previo y favorable de la secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario, contribuciones inherentes a la nómina, remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales)”.


Que, según lo estipulado en circular externa expedida por la Dirección Distrital de Presupuesto No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, “…NO se requerirá trámite habitual ante la Dirección Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda, cuando se trate de traslados en gastos de funcionamiento al interior de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales.”


Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al Director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir, que para la vigencia 2021, la autorización es hasta CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($183.522.252) PESOS M. CTE, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.


Que, de conformidad con el literal b) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016, expedido por la Junta Directiva del Instituto, en desarrollo de las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del IDT, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de TREINTA Y UN MILLONES DE PESOS MCTE ($31.000.000), fundamentado en la necesidad de cubrir el pago del valor de la prima semestral de los funcionarios de planta del IDT para la vigencia 2021.


Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TREINTA Y UN MILLONES DE PESOS MCTE ($31.000.000).


 

                                                                                              222- INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO-01 

CODIGO

CRÉDITOS

VALOR

1310101010203

Prima semestral

31.000.000

 

TOTAL CREDITOS

31.000.000

 

                                                                                             222- INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO-01 

CODIGO

CONTRACRÉDITOS

VALOR

1310101010201

Prima de antigüedad

7.490.032

1310101010202

Prima técnica

23.509.968

 

TOTAL CREDITOS

31.000.000


Artículo 2. REMISIÓN: Remítanse copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de junio del año 2021.

 

KAROL FAJARDO MARIÑO

 

Directora General