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Resolución 1091 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
23/08/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/08/2021
Medio de Publicación:
.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1091 DE 2021

 

(Julio 23)

 

Por la cual se modifican los artículos 2 de las Resoluciones 862 y 970 de 2021 en el sentido de autorizar la reasignación de vacunas dentro de un mismo departamento

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante los artículos 2 de las Resoluciones 862 y 970 de 2021 se asignaron 235.300 y 1.000.000 de dosis de vacuna del laboratorio Janssen Pharmaceutica Ny, respectivamente, para la inmunización de todas las personas mayores de 18 años, pertenecientes a las etapas del Plan Nacional de vacunación establecidas en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 del presente año, en municipios específicos definidos por el anexo que hace parte integral de los referidos actos administrativos.

 

Que, según los reportes realizados por las entidades territoriales a este Ministerio, con corte al 23 de julio de 2021, estas cuentan con inventario de vacunas del laboratorio Janssen Pharmaceutica Ny, según la siguiente relación:

 

 

Que mediante Resolución 1054 de 2021 se actualizó el listado de municipios objeto de unificación de fases y etapas del Plan Nacional de Vacunación, ampliando el número de municipios que pueden realizar vacunación contra el COVID-19 a mayores de dieciocho (18) años.

 

Que, en sesión del 22 de julio de 2021, el comité asesor del Ministerio de Salud y Protección Social, creado para analizar la estrategia de vacunación contra el COVID - 19, recomendó la apertura de vacunación de la población mayor de 30 años en aquellas ciudades que aún no cuentan con autorización de unificación del Plan Nacional de vacunación establecido en el artículo 7 del decreto 109 modificado por los decretos 466 y 630 de 2021.

 

Que las capitales y áreas metropolitanas concentran grandes cantidades de población en donde se ha evidenciado un mayor riesgo de enfermar o morir a causa del COVID-19 y en donde aún se cuenta con una gran cantidad de personas susceptibles que deben ser vacunadas para reducir el riesgo de adquirir esta enfermedad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el artículo 2 de Resolución 862 del 23 de junio de 2021, el cual quedará así:

 

"Artículo 2. Asignación de dosis para inmunizar a personas que pertenecen a las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación. Asignar 235.300 dosis de la vacuna de/laboratorio Janssen Pharmaceutica Ny, entregadas al Estado Colombiano el 23 de junio de 2021 para inmunizar a la población perteneciente a todas las de etapas del Plan Nacional de Vacunación establecidas en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021, en los siguientes departamentos y distritos.

 

 

Para la asignación y distribución de estas dosis al interior de cada departamento o distrito, se tendrá en cuenta:

 

2.1. La vacuna Janssen Pharmaceutica NV se encuentra disponible en viales de 5 dosis y se debe aplicar a mayores de 18 años.

 

2.2. Las vacunas se asignarán en las cantidades, municipios y distritos definidos en el anexo que hace parte de la presente resolución.

 

2.3. Las cantidades contenidas en el anexo podrán ser reasignadas por los departamentos a otros municipios de su jurisdicción.

 

2.4. En aquellos municipios que no se encuentren incluidos en la Resolución 1054 de 2021 podrán ser usadas las vacunas redistribuidas para inmunizar a personas de las etapas que se encuentren abiertas en el Plan Nacional de Vacunación y conforme a las instrucciones impartidas por este Ministerio".

 

Artículo 2. Modificar el artículo 2 de Resolución 970 del 1 de julio de 2021, el cual quedará así:

 

"Artículo 2. Asignación de dosis para inmunizar a personas que pertenecen a las etapas del Plan Nacional de Vacunación. Asignar 1.000.000 dosis de la vacuna del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, entregadas al Estado Colombiano el 1 de julio de 2021, a los departamentos mencionados a continuación, para inmunizar a la población perteneciente a las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación establecidas en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021.

 

 

Para la asignación y distribución de estas dosis al interior de cada departamento o distrito, se tendrá en cuenta:

 

2.1. La vacuna Janssen Pharmaceutica NV se encuentra disponible en viales de 5 dosis y se debe aplicar a mayores de 18 años.

 

2.2. Las vacunas se asignarán en las cantidades y a los municipios definidos en el anexo que hace parte de la presente resolución

 

2.3. Las cantidades contenidas en el anexo podrán ser reasignadas por los departamentos a otros municipios de su jurisdicción

 

2.4. En aquellos municipios que no se encuentren incluidos en la Resolución 1054 de 2021 podrán ser usadas las vacunas redistribuidas para inmunizar a personas de las etapas que se encuentren abiertas en el Plan Nacional de Vacunación y conforme a las instrucciones impartidas por este Ministerio".

 

Artículo 3. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica los artículos 2 de las Resoluciones 862 y 970 de 2021.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de julio del año 2021.

 

FERNANDO RUÍZ GÓMEZ

 

Ministro de Salud y Protección Social