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Decreto 302 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/08/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/08/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7212 del 20 de agosto de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 302 DE 2021

 

(Agosto 18)

 

Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por los numerales 1 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 41 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 y el artículo 28 del Acuerdo Distrital 788 de 2020, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital 328 del 29 de diciembre de 2020.

 

Que el Artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, compilatorio del Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, señala que cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.


Que en concordancia con la anterior norma el Artículo 65 ibídem, dispone que durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito si se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones legales.

 

Que el artículo 41 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, por medio del cual se adoptó el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020 - 2024 "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI", determina que:

 

"(...) Artículo 41. Recursos adicionales por Transferencias de la Nación y financiación Régimen Subsidiado. Los recursos adicionales a los previstos en el presupuesto aprobado de cada vigencia por concepto de Transferencias de la Nación - SGPy Rentas de destinación específica que financian el Régimen Subsidiado se incorporarán al Presupuesto Distrital mediante decreto distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de dichos recursos".

 

Que mediante los documentos de distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones SGP 52 de 2020 y SGP 55 de 2021 , el Departamento Nacional de Planeación en uso de sus facultades legales realizó la distribución de los recursos de la Ultima Doceava 2020 por la suma de Diecinueve Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve Millones Setecientos Dos Mil Novecientos Veintidós Pesos M/cte. ($19.439.702.922) y de las Once Doceavas 2021 por valor de Doscientos Veintiún Mil Doscientos Noventa Millones Ciento Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Sietes Pesos M/cte. ($221.290.154.137) de la Participación Propósito General.


Que de acuerdo con los referidos documentos los recursos distribuidos del Sistema General de Participaciones SGP - Propósito General, se destinan a los siguientes sectores: i) Cultura Diez y Seis Mil Cuarenta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta y Siete Mil Ciento Treinta y Siete Pesos M/cte. ($16.048.657.137), Recreación y Deporte Veintiún Mil Trescientos Noventa y Ocho Millones Doscientos Nueve Mil Quinientos Dieciséis Pesos M/cte. ($21.398.209.516) y ii) Libre Inversión Doscientos Tres Mil Doscientos Ochenta y Dos Millones Novecientos Noventa Mil Cuatrocientos Seis Pesos M/cte. ($203.282.990.406).

 

Que, con los recursos programados de la participación de Propósito General en la vigencia 2021, se financian inversiones por Catorce Mil Ochenta y Siete Millones Ochocientos Ochenta Mil Pesos M/cte. ($ 14.087.880.000), de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, Dieciocho Mil Setecientos Ochenta y Tres Millones Ochocientos Cuarenta Mil Pesos M/cte. ($18.783.840.000 del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, y Doscientos Un Mil Novecientos Veintiséis Millones Doscientos Ochenta y Tres Mil Pesos M/Cte. ($201.926.283.000) de la Secretaría de Integración Social.

 

Que comparativamente con el valor apropiado de esta fuente de financiación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones por Doscientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Noventa y Ocho Millones Tres Mil Pesos M/cte. ($234.798.003.000) en el presente año, se asigna un mayor valor a Bogotá D.C., por Cinco Mil Novecientos Treinta y un Millones Ochocientos Cincuenta y Cuatro Mil Cincuenta y Nueve Pesos M/cte. ($5.931.854.059).

 

Que por lo anterior, se hace necesario adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones al valor asignado a Bogotá D.C., por concepto de esta participación, así: i) Mil Novecientos Sesenta Millones Setecientos Setenta y Siete Mil Ciento Treinta y Siete Pesos M/cte. ($1.960.777.137) en la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, ii) Dos Mil Seiscientos Catorce Millones Trescientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Dieciséis Pesos M/cte. ($2.614.369.516) en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, y iii) Mil Trescientos Cincuenta y Seis Millones Setecientos Siete Mil Cuatrocientos Seis Pesos M/cte. ($l .356.707.406) en la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

Que de igual manera, mediante los documentos de distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones SGP 52 de 2020 y SGP 57 de 2021, se realizó la distribución de los recursos de la Ultima Doceava 2020 por la suma de Dos Mil Ciento Ochenta y Ocho Millones Setecientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Veintisiete Pesos M/cte. ($2.188.767.427) y de las Once Doceavas 2021 por valor de Veinticinco Mil Veinte Millones Quinientos Veintinueve Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro Pesos M/cte. ($25.020.529.944) correspondientes al 15% de la Participación de Agua Potable y Saneamiento Básico, de la distribución departamental que recibe el Distrito Capital. Comparando el valor apropiado en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del presente año, por esta fuente de financiación el cual asciende a la suma de Veintiséis Mil Seiscientos Treinta y Un Millones Setecientos Cuarenta y Seis Pesos M/cte. ($26.631.746.000), se asigna a Bogotá D.C., un mayor valor por Quinientos Setenta y Siete Millones Quinientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Setenta y Un Pesos M/cte. ($577.551.371).

 

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Parágrafo del artículo 6 de la Ley 1176 de 2007, estos recursos deben destinarse exclusivamente para el programa de saneamiento ambiental del río Bogotá, por lo cual deben incorporarse en el presupuesto de transferencias de inversión en la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que el artículo 28 del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020, “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020”, indica:

 

 “(…) ARTICULO 28.- INCORPORACION DE RECURSOS ADICIONALES. Los recursos adicionales de Otras Transferencias de la Nación provenientes del Fondo de mitigación de Emergencia FOME, así como los provenientes de la firma de convenios con entidades del nivel nacional a territorial, a asignaciones del Presupuesto General de la Nación, siempre y cuando tengan destinación específica, deberán incorporarse por Decreto Distrital. La Secretaria Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones al Concejo Distrital, dentro de los 30 días siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo.”

 

Que se estimó en Transferencias de Capital en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos la suma de Cincuenta Mil Millones de Pesos M/cte ($50.000.000.000)., recursos que financian el presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Integración Social, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, correspondiente al convenio interadministrativo a realizarse entre esta entidad distrital y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, para la asistencia de la niñez y las madres gestantes.

 

Que en el presente año, se suscribió el convenio interadministrativo Nº SDIS: 5460/ICBF: 11007072021, entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y la Secretaría Distrital de Integración Social, por la suma de Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Dos Millones Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Cuarenta y Un Pesos M/cte ($52.142.478.941), cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos y recursos técnicos, físicos, administrativos y económicos para promover el desarrollo integral de las niñas y niños de primera infancia desde la gestación a través del servicio de educación inicial en el marco de la atención integral de Bogotá Distrito Capital, en respuesta a la política pública de infancia y adolescencia de Bogotá D.C., la política de estado “de cero a siempre” y en coherencia con los lineamientos, modelos y estándares técnicos aprobados por la Secretaría Distrital de Integración social para la atención a la primera infancia”, el cual aporta a la atención integral de hasta 48.877 niños, niñas y madres gestantes de Bogotá D.C., por lo que se hace necesario incorporar al presupuesto los recursos adicionales por Dos Mil Ciento Cuarenta y Dos Millones Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Cuarenta y Un Pesos M/cte. ($2.142.478.941).

 

Que de conformidad con lo anteriormente enunciado es necesario adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones con el mayor valor asignado a Bogotá D.C. del Sistema General de Participaciones SGP y los recursos provenientes del convenio interadministrativo Nº SDIS: 5460/ICBF: 1100707202 suscrito entre Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y la Secretaría Distrital de Integración Social.

 

En virtud de lo anterior,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Administración Central, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021, en la suma de Ocho Mil Seiscientos Cincuenta y Un Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Un Pesos M/cte. ($8.651.884.371) según el siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021, en la suma de Ocho Mil Seiscientos Cincuenta y Un Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Un Pesos M/cte ($8.651.884.371) según el siguiente detalle:

 

 

 


 

Artículo 3. Una vez expedido el presente Decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.

 

Parágrafo. En cumplimiento de las políticas de manejo y control del PAC, la Secretaría Distrital de Hacienda deberá ajustar el Programa Anual de Caja de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia.

 

Artículo 4. La Secretaría Distrital de Hacienda informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición del presente acto administrativo.

 

Artículo 5. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de agosto del año 2021.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda