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Decreto Local 014 de 2021 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
23/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/01/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7337 del 1 de diciembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 DECRETO LOCAL 014 DE 2021

 

(Diciembre 23)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal 2021

 

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo 31 estipula:

 

Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.F

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:

 

“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.

 

Que, dando cumplimiento a la Circular conjunta 009 de 2011 y Circular conjunta 012 de 2011, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría de Hacienda Distrital, se requiere realizar en cada vigencia la depuración de las Obligaciones por Pagar, ya sea a través de la liquidación de compromisos, fenecimiento y/o anulación de saldos de estas, para el respectivo saneamiento financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo cual da lugar a la liberación de recursos que permiten la optimización en la ejecución de inversiones.

 

Que, en el acta de liberación No. 9, suscrita el 16 de diciembre de 2021, se liberan los saldos sin ejecutar a favor del FDLF, por valor de NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y UN PESOS M/CTE ($97.628.141), recursos que en la actualidad, hacen parte de la apropiación disponible del presupuesto de obligaciones por pagar de inversión de la vigencia 2021.

 

Que, en el presupuesto de Inversión Directa del FDLF existen saldos disponibles por valor de CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE ($187.578.617), correspondientes a los proyectos de inversión que posterior a los procesos de formulación y contratación son libres de afectación a las metas PDL y por lo tanto susceptibles de traslado.

Que el Fondo de desarrollo local de Fontibón cuenta con un total de recursos disponibles por DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($285.206.758)

 

Que, en consideración a lo expuesto la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 285.206.758) a los Proyectos de Inversión así: 1783 Un nuevo contrato para fortalecimiento institucional en Fontibón por valor de CIENTO SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($107.328.55), 1757 Un nuevo contrato para el deporte en Fontibón por valor de  CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y UN PESOS M/CTE ($4.585.081), 1759 Un nuevo contrato para el fomento de la agricultura en Fontibón por valor de SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($67.239.333), 1775 Un nuevo contrato para la seguridad y convivencia en Fontibón por valor de  CINCO MILLONES SESENTA

 

Y NUEVE MIL CIENTO VENTICINCO PESOS M/CTE ($5.069.125), y 1758 Un nuevo contrato para la cultura en Fontibón por valor de CIEN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($100.985.064).

 

Que mediante oficios No. 2-2021-115752 del 17 de diciembre de 2021, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 2021EE306330O1 del 23 de diciembre de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado dentro del agregado de Inversión de la vigencia 2021, por valor DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE

($285.206.758).

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

13

GASTOS

285.206.758

133

INVERSIÓN

285.206.758

13301

DIRECTA

187.578.617

1330116

Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI

187.578.617

133011601

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

8.478.989

13301160101

Subsidios y transferencias para la equidad

3.815.260

133011601010000001752

Un nuevo contrato para garantizar el ingreso mínimo en Fontibón

3.815.260

13301160106

Sistema Distrital del Cuidado

4.579.583

133011601060000001761

Un nuevo contrato para la reactivación económica de Fontibón

4.140.140

133011601060000001762

Un nuevo contrato para dotación social, prevención y atención de la violencia intrafamiliar y sexual en Fontibón

439.443

13301160112

Educación inicial: Bases sólidas para la vida

32.597

133011601120000001753

Un nuevo contrato para la educación inicial en Fontibón

32.597

13301160117

Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI

51.549

133011601170000001755

Un nuevo contrato para educación superior en Fontibón

51.549

133011602

Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática

14.296.186

13301160227

Cambio cultural para la gestión de la crisis climática

11.348.850

133011602270000001766

Un nuevo contrato para reverdecer Fontibón

11.348.850

13301160230

Eficiencia en la atención de emergencias

2.947.336

133011602300000001768

Un nuevo contrato para prevenir y atender riesgos en Fontibón

2.947.336

133011603

Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación

56.437.153

13301160339

Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado

46.688.880

133011603390000001773

Un nuevo contrato para construir paz y reconciliación en Fontibón

46.688.880

13301160340

Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia

1.453.668

133011603400000001774

Un nuevo contrato por los derechos de las mujeres en Fontibón

1.453.668

13301160348

Plataforma institucional para la seguridad y justicia

8.294.605

133011603480000002007

Un nuevo contrato para la justicia y la resolución de conflictos en Fontibón

8.294.605

133011605

Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

108.366.289

13301160555

Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad

102.565.681

133011605550000001782

Un nuevo contrato para la participación ciudadana en Fontibón

102.565.681

13301160557

Gestión Pública Local

5.800.608

133011605570000001784

Un nuevo contrato para acciones de inspección vigilancia y control en Fontibón

5.800.608

13306

OBLIGACIONES POR PAGAR

97.628.141

1330615

Bogotá Mejor para todos

7.887.891

133061501

Pilar Igualdad de calidad de vida

2.901.068

13306150103

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

2.901.068

133061501030000001453

Fontibón, incluyente, digno y feliz para personas mayores y en condición de discapacidad

2.901.068

133061507

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

4.986.823

13306150745

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

4.986.823

133061507450000001474

Fontibón, gestión pública eficiente y transparente

4.986.823

1330690

Obligaciones por pagar vigencias anteriores

89.740.250

TOTAL CONTRACREDITOS

285.206.758

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

13

GASTOS

285.206.758

133

INVERSION

285.206.758

13301

DIRECTA

285.206.758

1330116

Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI

285.206.758

133011601

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política

172.809.478

13301160120

Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud

4.585.081

133011601200000001757

Un nuevo contrato para el deporte en Fontibón

4.585.081

13301160121

Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural

100.985.064

133011601210000001758

Un nuevo contrato para la cultura en Fontibón

100.985.064

13301160124

Bogotá región emprendedora e innovadora

67.239.333

133011601240000001759

Un nuevo contrato para el fomento de la agricultura urbana en Fontibón

67.239.333

133011603

Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación

5.069.125

13301160343

Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana

5.069.125

133011603430000001775

Un nuevo contrato para la seguridad y convivencia en Fontibón

5.069.125

133011605

Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente

107.328.155

13301160557

Gestión Pública Local

107.328.155

133011605570000001783

Un nuevo contrato para fortalecimiento institucional en Fontibón

107.328.155

 

TOTAL CRÉDITOS

285.206.758

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad de Fontibón a los 23 días del mes de diciembre del año 2021.

 

ANDERSON ACOSTA TORRES

 

Alcalde Local de Fontibón (E)